Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 23 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1466666-8

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 169-2009-PCM, que aprobó la publicación del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado mediante Acta N° 0022009-PCM/ST-CIAS de fecha 17 de marzo de 2009, por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS). Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano"; asimismo, la presente resolución ministerial y el Reglamento Interno aprobado, se publican en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1465853-1

Aprueban publicación del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 261-2016-PCM Lima, 19 de diciembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 212-2016-MIDIS/VMPES/ST-CIAS de la Secretaría Técnica de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 20 y al numeral 3 del artículo 19 de la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) es la instancia de coordinación y de discusión de la política Social del Estado al interior del Consejo de Ministros, que se encuentra presidida por el Presidente del Consejo de Ministros y es la encargada de dirigir, articular, coordinar y establecer los lineamientos de política y del gasto social, así como supervisar su cumplimiento; teniendo como función principal reducir la pobreza y la extrema pobreza; Que, conforme al artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 0632007-PCM, y modificatorias, el Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) es aprobado por la propia Comisión; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 169-2009PCM, se aprobó la publicación del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado por la Comisión mediante Acta N° 002-2009PCM/ST-CIAS de fecha 17 de marzo de 2009; Que, mediante Acta N° 002-2016-PCM/CIAS de fecha 07 de setiembre de 2016, la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS) aprobó un nuevo Reglamento Interno de la Comisión; por lo que corresponde disponer su publicación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 ­ Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 0632007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la publicación del Reglamento Interno de la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS), aprobado mediante Acta N° 002-2016-PCM/ CIAS de fecha 07 de setiembre de 2016, por la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales (CIAS); el cual consta de siete (07) capítulos y diecinueve (19) artículos, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial.

Declaran concluido proceso de efectivización de la transferencia de funciones sectoriales en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 264-2016-PCM Lima, 19 de diciembre de 2016 VISTO: El Informe N° 256-2016-PCM/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia de Competencias Sectoriales de la Presidencia del Consejo de Ministros, referido al proceso de transferencia de funciones sectoriales, comprendidas en el artículo 53, literales a), b), c), d), e), f), g), h), i), j), de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en materia ambiental y de ordenamiento territorial, a los Gobiernos Regionales del Callao, Huánuco, Arequipa y Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 53 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley N° 27902; establece las funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial, objeto de transferencia a los Gobiernos Regionales; Que, el artículo 13 del Decreto Supremo N° 0472009-PCM ­ Decreto Supremo que aprueba el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos regionales y Locales del año 2009", y otras disposiciones para el desarrollo del proceso de descentralización; dispone que la transferencia de las funciones del artículo 53 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, referida a materia ambiental y de ordenamiento territorial, es responsabilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con el Ministerio del Ambiente; Que, la Directiva N° 001-2007-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD), la Directiva N° 006-2007PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 025-2007-PCM/SD), la Directiva N° 003-2008-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM/ SD), y la Directiva N° 004-2009-PCM/SD (aprobada por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 059-2009-PCM/SD); establecen el procedimiento de transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales que se encuentren previstos en los Planes Anuales de Transferencia;