Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Viernes 23 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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cada entidad debe designar fedatarios institucionales adscritos a sus unidades de recepción documental, en número proporcional a sus necesidades de atención; Que el numeral 2 del mencionado artículo precisa que el fedatario tiene como labor personalísima comprobar y autenticar la fidelidad del contenido de las copias presentadas para su empleo en los procedimientos de la entidad, cuando en la actuación administrativa sea exigida la agregación de los documentos o el administrado desee agregados como prueba; Que con Resolución de Superintendencia Nº 089-2016-SUNAT/800000 se designó a los trabajadores Alvaro César Postigo Castro y Paola Teresa Zeballos Albán como Fedatario Administrativo Titular y Alterno de la Intendencia Regional Arequipa; Que se ha estimado conveniente dejar sin efecto las designaciones de los trabajadores a que se refiere el considerando precedente y proceder a designar a los trabajadores que ejercerán dicha función en la citada Intendencia; En uso de la facultad conferida en el inciso j) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto las designaciones como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular - ALVARO CESAR POSTIGO CASTRO Fedatario Administrativo Alterno - PAOLA TERESA ZEBALLOS ALBAN Artículo 2°.- Designar como Fedatarios Administrativos de la Intendencia Regional Arequipa, a los trabajadores que a continuación se indican: Fedatario Administrativo Titular - PAOLA TERESA ZEBALLOS ALBAN Fedatario Administrativo Alterno - LILIANA MERCEDES GAMERO TRONCOSO Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO Superintendente Nacional Adjunto de Administración y Finanzas 1466026-3

VISTO: El Informe N° 00041-2016-SUCAMECGSSP de fecha 20 de octubre de 2016, Memorando N° 03106-2016-SUCAMEC-GSSP de fecha 04 de noviembre de 2016, el Informe N° 322-2016-SUCAMEC-OGAJ de fecha 10 de noviembre de 2016, el Informe Técnico N° 114-2016-SUCAMEC-OGPP de fecha 12 de diciembre de 2016, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 116-2015-SUCAMEC-SN de fecha 22 de abril de 2015 se aprobó la Directiva N° 002-2015-SUCAMEC denominada "Directiva que establece el proceso de selección y acreditación de instructores", la misma que tiene por objeto establecer un sistema para la selección y acreditación de instructores, de acuerdo a los lineamientos que se formulen para tal fin, conforme a la normativa de seguridad privada, así como asegurar que los instructores acreditados se encuentren debidamente preparados para el desarrollo de los cursos que forman parte del Plan de Estudios de Formación Básica y Perfeccionamiento para agentes de seguridad privada; Que, mediante Informe N° 00041-2016-SUCAMECGSSP de fecha 20 de octubre de 2016, e Informe N° 03106-2016-SUCAMEC-GSSP de fecha 04 de noviembre de 2016, la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada, como parte de las labores de evaluación de las solicitudes de acreditación de instructores, ha recogido propuestas de mejora que optimizarán el indicado procedimiento, por lo que manifiesta la necesidad de actualizar la indicada Directiva; Que, con Informe N° 322-2016-SUCAMEC-OGAJ de fecha 10 de noviembre de 2016, la Oficina General de Asesoría Jurídica, es de la opinión que resulta legalmente viable aprobar una nueva directiva denominada "Directiva que establece el proceso de selección y acreditación de instructores", conforme al proyecto que adjunta, el mismo que ha sido elaborado en coordinación con la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada y teniendo en cuenta lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1246, que aprueba diversas medidas de Simplificación Administrativa; Que, a través del Informe Técnico N° 114-2016-SUCAMECOGPP de fecha 12 de diciembre de 2016, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable a la aprobación del proyecto de Directiva; Con el visado del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con el literal h) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1127, concordado con el artículo 11 literal j) del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, que establecen como una de las funciones del Superintendente Nacional emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia; SE RESUELVE:

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Aprueban la Directiva N° 008-2016-SUCAMEC "Directiva que establece el proceso de selección y acreditación de instructores"
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 909-2016-SUCAMEC Lima, 22 de diciembre de 2016

Artículo 1.APROBAR la Directiva N° 008-2016-SUCAMEC "Directiva que establece el proceso de selección y acreditación de instructores", conforme al texto que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Encárguese a la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada la difusión de la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente resolución, a todas las unidades orgánicas de la SUCAMEC. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC (www.sucamec.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBEN ORLANDO RODRIGUEZ RABANAL Superintendente Nacional