Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2016 (23/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

El Peruano / Viernes 23 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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en la Ley Nº 30220, Ley Universitaria y la Resolución Nº 002-2015-SUNEDU/CD del Consejo Directivo, que aprueba la Guía para la Adecuación de Gobierno de las Universidades Públicas al amparo de la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30220, de acuerdo a lo resuelto por la autoridad judicial correspondiente; Que, con la Resolución Nº 0001-2016-UNHEVALAE, de fecha 15.FEB.2016, se resuelve: declarar la vacancia del cargo de Rector del Dr. Guillermo Augusto Bocangel Weydert, y la vacancia del cargo de Vicerrector Académico del Dr. Lorenzo Pasquel Loarte, de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán, con mandatos vencido al 01 de enero de 2016. Encargar interinamente el cargo de Rector al Doctor David Alcides Maquera Lupaca por ser el docente más antiguo en la categoría de Principal de la UNHEVAL, de acuerdo al informe escalafonario de la Oficina de Personal, a partir del 15 de febrero de 2016 hasta la elección del Rector de acuerdo a lo establecido por la Ley Universitaria Nº 30220. Encargar interinamente el cargo de Vicerrector Académico al Doctor Marco Antonio Villavicencio Cabrera docente Principal y miembro de la Asamblea Estatutaria de la UNHEVAL, a partir del 15 de febrero de 2016 hasta la elección del Vice Rector Académico de acuerdo a lo establecido por la Ley Universitaria Nº 30220. Encargar interinamente el cargo de Vicerrector de Investigación a la Doctora Mélida Sara Rivero Lazo docente Principal y miembro de la Asamblea Estatutaria de la UNHEVAL, a partir del 15 de febrero de 2016 hasta la elección del Vice Rector de Investigación de acuerdo a lo establecido por la Ley Universitaria Nº 30220; Que la Resolución Nº 0468-2016-UNHEVAL-CUI, de fecha 20.ABR.2016l, dispuso: 1. ELEVAR a la Asamblea Estatutaria de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco la renuncia al cargo de Vicerrector Académico Interino de la UNHEVAL formulada por el Dr. Marco Antonio Villavicencio Cabrera. 2. ENCARGAR, a partir del 20.ABR.2016, las funciones de Vicerrector Académico Interino a la Dra. Mélida Sara Rivero Lazo, Vicerrectora de Investigación Interina, para garantizar el normal funcionamiento académico y de gobierno de la UNHEVAL en tanto se pronuncie la Asamblea Estatutaria de la UNHEVAL. Que el Jefe Encargado de la Oficina de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 441-2016-UNHEVAL/AL, de fecha 14.JUN.2016, manifiesta que el administrado Jhoel Lincoln Matos Guzman, solicita duplicado de título por pérdida, adjuntado para tal efecto copia certificada de la denuncia policial, en la que consta que se ha extraviado el original de su título profesional y copia de la Resolución Nº 02903-2015-UNHEVAL-CU, con la que se le otorgó dicho título; asimismo, adjunta la publicación de dicha pérdida en el diario Ahora. Analizado el caso, opina que el Consejo Universitario otorgue el duplicado del diploma solicitado; que se precise que la expedición del duplicado de diploma a favor del administrado automáticamente anula el diploma original, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento de título profesional; que la resolución que expida el Consejo Universitario aprobando la expedición del duplicado, por pérdida, del diploma de título profesional de Abogado, sea publicado en el diario Oficial El Peruano y que la UNHEVAL, a través de Secretaría General, remita a la SUNEDU la información del duplicado del diploma expedido en el presente caso, para el registro correspondiente. Que en la quinta sesión extraordinaria del Consejo Universitario Interino, del 01.JUL.2016, estando a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Registro Nacional de Grados y Títulos, aprobado con la Resolución Nº 009-2015-SUNEDU/CD, de fecha 18.DIC.2015, de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, que precisa que la emisión de duplicados de diplomas de grados académicos y títulos profesionales se rige por lo establecido en la Ley Nº 28626, del 28.OCT.2005, que faculta a las universidades públicas y privadas de expedir duplicados de los diplomas de grados académicos y títulos profesionales y el TUO

del Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país aprobado por Resolución Nº 15032011-ANR, el pleno acordó: 1. Otorgar el duplicado del Diploma del Título Profesional de Abogado al administrado Jhoel Lincoln Matos Guzman, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, por motivo de pérdida del diploma original. 2. Precisar que la expedición del duplicado del Diploma del Título Profesional de Abogado a favor del administrado Jhoel Lincoln Matos Guzman, anula automáticamente el diploma original, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento del título profesional. 3. Disponer que la Dirección General de Administración adopte las acciones correspondientes para que la resolución a emitirse sea publicada en el diario oficial El Peruano. 4. Remitir, a través de la Oficina de Secretaría General de la UNHEVAL, a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria, la información del duplicado del diploma expedido, para el registro correspondiente. Que el Rector Interino mediante Proveído Nº 0617-2016-UNHEVAL-CUI/RI, remite el presente caso a Secretaría General para que se emita la resolución correspondiente; Estando a lo acordado y a las atribuciones conferidas al Rector Interino, por la Ley Universitaria Nº 30220, al segundo numeral de la parte resolutiva de la Resolución 0001-2016-UNHEVAL-AE y al artículo primero de la Resolución Nº 161-2016-SUNEDU-15-15.02; SE RESUELVE: 1º. OTORGAR el duplicado del Diploma del Título Profesional de Abogado al administrado Jhoel Lincoln Matos Guzman, expedido por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, por motivo de pérdida del diploma original, por lo expuesto en los considerandos precedentes. 2º. PRECISAR que la expedición del duplicado del Diploma del Título Profesional de Abogado a favor del administrado Jhoel Lincoln Matos Guzman, anula automáticamente el diploma original, manteniéndose la validez legal del acto jurídico del otorgamiento del título profesional. 3º. DISPONER que la Dirección General de Administración adopte las acciones correspondientes para que la resolución a emitirse sea publicada en el diario oficial El Peruano. 4º. REMITIR, a través de la Oficina de Secretaría General de la UNHEVAL, a la Superintendencia Nacional de Educación Universitaria, la información del duplicado del diploma expedido, para el registro correspondiente. 5º. DAR A CONOCER esta Resolución a los órganos competentes. Regístrese, comuníquese y archívese. DAVID A. MAQUERA LUPACA Rector Interino JUAN ESTELA Y NALVARTE Secretario General (E) 1465372-1

Aprueban expedición de duplicado de diplomas de grado académico de bachiller en ciencias con mención en Ingeniería Civil otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1957 Lima, 16 de diciembre de 2016