Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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330714

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

Peruano" contra la Resolucion Nº 0426-2006-JEE de fecha 13 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion materia de la vista el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, denego la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Matara, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica "Partido Nacionalista Peruano" indicando que la candidata MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA encontrandose afiliada a la organizacion politica "Fuerza Democratica" no ha acompanado renuncia ni autorizacion, quien ademas conjuntamente con el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA han incumplido con presentar el documento de residencia habitual de cuando menos dos anos continuos en el distrito donde postulan; Que, el recurrente manifiesta haber omitido acompanar la renuncia que efectuo la candidata MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA a su partido de origen, y que tambien omitio acompanar las certificaciones domiciliarias de los candidatos mencionados, todo lo que adjunta; Que, en lo que se refiere a la omision de acompanar la renuncia a su agrupacion politica por parte de la candidata MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, debe darse por subsanada con la carta de renuncia adjuntada al medio impugnatorio, cumpliendose de esa manera lo dispuesto por el articulo 18 de la Ley Nº 28094 (Ley de partidos politicos); y en cuanto al incumplimiento del domicilio por mas de dos anos continuos, debe tenerse en cuenta que el DNI es el documento publico que constituye prueba privilegiada de domicilio y habitualidad; y siendo que en sus DNI los ciudadanos mencionados tienen como su domicilio real el distrito de Matara, se presume, salvo prueba en contrario, que dichos ciudadanos cumplen con el requisito establecido en el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales - Nº 26864; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como una de sus funciones administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de "Partido Nacionalista Peruano"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 0426-2006-JEE de fecha 13 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que deniega la inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Matara, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica "Partido Nacionalista Peruano"; y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos para los cargos de MORDAZA y regidores al Concejo Distrital de Matara, provincia y departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica, para las Elecciones Municipales del 2006; Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3730-2006-JNE Exp. Nº 3445-2006 MORDAZA, 27 de setiembre de 2006

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 27 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal alterno del movimiento regional "Inka Pachakuteq", don MORDAZA Ccatuari MORDAZA, contra la Resolucion Nº 182-2006-JEECusco, de fecha 08 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Especial de Cusco; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion indicada en el Visto, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, resolvio admitir a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores para el Concejo Distrital de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, del movimiento regional "Inka Pachakuteq", en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; excluyendo al ciudadano MORDAZA Chaman Cusihuaman, debido a que no adjunta documento alguno que acredite domiciliar en el distrito donde postula, cuando menos dos anos continuos, contraviniendo lo dispuesto por el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que, el apelante expresando agravios senala que el ciudadano MORDAZA Chaman Cusihuaman declara juratoriamente domiciliar en la Comunidad Campesina MORDAZA MORDAZA S/N, del distrito Cachimayo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, durante toda su MORDAZA, lo que se corrobora con su DNI, en el que se indica el mismo domicilio; anexa a su apelacion la certificacion domiciliaria expedida por el MORDAZA la Municipalidad distrital de Cachimayo y de campesinos de la Comunidad Campesina MORDAZA del MORDAZA, Cachimayo, quienes manifiestan que el candidato mencionado reside permanentemente en el citado distrito; Que, el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, establece que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos; Que, de la revision de autos, se determina que en el DNI el ciudadano MORDAZA Chaman Cusihuaman registra como domicilio en el distrito de Cachimayo, provincia de Anta, departamento de MORDAZA, Que, por lo expuesto en el considerando precedente, se presume, salvo prueba en contrario, que el candidato MORDAZA Chaman Cusihuaman cumple con el requisito MORDAZA referido para los efectos de la inscripcion de su candidatura; dandose, en consecuencia, por cumplido de esta forma con el requisito establecido por el numeral 2) del articulo 6º de la Ley Nº 26864; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del movimiento regional "Inka Pachakuteq", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 156-2006-JEE-PUNO de fecha 11 de setiembre de 2006, emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se incluya al ciudadano MORDAZA Chaman Cusihuaman, candidato a regidor, en la lista de candidatos admitidos a tramite de inscripcion a los cargos de MORDAZA y regidores, para el distrito de Cachimayo, provincia de Anta, depar tamento de MORDAZA, del movimiento regional mencionado, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e)