Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

330674
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

Que, mediante Resolucion materia de la Vista, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA denego la admision a tramite de inscripcion, la lista de candidatos al Concejo Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica "Union por el Peru", senalando; 1) que MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encontrandose afiliado al partido politico "Accion Popular", no adjunto su renuncia o permiso para postular por otro partido; y 2) que MORDAZA Montalico MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Useca MORDAZA, MORDAZA Juli Quenaya y MORDAZA MORDAZA MORDAZA incumplieron acreditar residencia por dos anos continuos; Que, el recurrente reconoce haber omitido acompanar con la solicitud de inscripcion la renuncia que hizo a su partido politico de origen el candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como los DNI y certificaciones de residencia de los otros candidatos, los que cumple con adjuntar; Que, respecto al candidato MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la MORDAZA del cargo de renuncia de afiliacion politica y su aceptacion de fechas 18 y 20 febrero de 2006 respectivamente, se ha cumplido lo que dispone el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; que respecto a los candidatos MORDAZA Montalico MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Useca MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la MORDAZA de las copias de sus DNI corroborados con certificaciones domiciliarias, se ha desvirtuado la causal de denegatoria respecto de estos, presumiendose que domicilian en el distrito de Conduriri, porque en sus DNI aparece que tienen su direccion domiciliaria en este lugar, salvo prueba en contrario; exigencia que ha sido incumplida respecto de MORDAZA Juli Quenaya quien en su DNI tiene domicilio en distinto lugar del que postula, y aun cuando tuviera domicilio multiple, no acredita con el certificado domiciliario, la continuidad de dos anos que exige la norma; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que incumplan los requisitos legales; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la organizacion politica "Union por el Peru"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 176-2006JEE-PUNO de fecha 11 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA que resuelve denegar a tramite la solicitud de inscripcion la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de tal agrupacion para el Concejo Distrital de Conduriri, provincia de El Collao, departamento del MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma a la ciudadana MORDAZA Juli Quenaya, sin afectar a los demas integrantes de la lista. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3322-2006-JNE Expediente Nº 3252-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006

VISTO, en Audiencia Publica de fecha 25 de setiembre del 2006, el recurso de apelacion presentado por el Personero Legal del partido politico "Alianza para el Progreso", contra la Resolucion Nº 105-2006, de fecha 4 de setiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja, deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos para MORDAZA y regidores presentada por partido politico "Alianza para el Progreso", para el Concejo Distrital de Nahuimpuquio, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, para las Elecciones Municipales del ano 2006, sin embargo, mediante Resolucion Nº 146-2006, de fecha 5 de setiembre de 2006, se declara nula la resolucion apelada, y mediante Resolucion Nº 222-2006, de fecha 5 de setiembre de 2006, se admite a tramite de inscripcion la referida la lista de candidatos, excluyendo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse afiliada al partido politico "Peru Posible" y no haber adjuntado la documentacion requerida por la legislacion electoral de la materia; por lo cual, en aplicacion del MORDAZA "iura novit curia", se adecua el recurso de apelacion submateria, entendiendose que se formula contra la Resolucion Nº 222-2006, de fecha 5 de setiembre del 2006, en el extremo que excluye a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calderon. Que, el recurrente sostiene, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumplio con renunciar oportunamente al par tido politico "Peru Posible", adjuntando los documentos correspondientes; Que, a fojas 82, se aprecia la carta de renuncia de fecha 10 de marzo de 2006, remitida por la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al partido politico "Peru Posible, la cual fue aceptada el mismo dia por dicha agrupacion politica, como consta en el documento de fojas 81, advirtiendose que la desafiliacion politica de la candidata en cuestion, se produjo dentro del plazo de ley, esto es hasta el 20 de marzo de 2006, no existiendo contravencion a lo dispuesto por el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos, Ley Nº 28094 y lo dispuesto por el numeral 10) del articulo 5º de la Resolucion Nº 13012006-JNE, con lo que se desvirtua la observacion formulada al respecto; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Personero Legal del partido politico "Alianza para el Progreso"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 222-2006, de fecha 5 de setiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja, en el extremo que excluye a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de inscripcion de la lista de candidatos para MORDAZA y regidores presentada por el referido partido politico; y REFORMANDOLA, disponer que se admita a tramite de inscripcion en la lista de candidatos para MORDAZA y regidores presentada por partido politico "Alianza para el Progreso", para el Concejo Distrital de Nahuimpuquio, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, para las Elecciones Municipales del ano 2006 a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata a regidora, confirmandose en lo demas que contiene la Resolucion Nº 222-2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e)