Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

330743

De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, y el Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS - Reglamento para la Designacion de Procuradores Publicos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA Charapaqui MORDAZA, como Procurador Publico Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en los asuntos judiciales que se deriven de la aplicacion de la Ley Nº 27803, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida la designacion del senor abogado MORDAZA MORDAZA Umeres MORDAZA, como Procurador Publico Adjunto Ad Hoc, para que asuma la representacion y defensa de los derechos e intereses del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en los asuntos judiciales que se deriven de la aplicacion de la Ley Nº 27803. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Justicia y la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 03220-7 FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 518-2006-JUS Mediante Oficio Nº 2075-2006-JUS/SG, el Ministerio de Justicia solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 518-2006-JUS, publicada en la edicion del dia 11 de octubre de 2006. DICE: Articulo 2º.- Designar al senor abogado WILLIAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. DEBE DECIR: Articulo 2º.- Designar al senor abogado WILIAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario Especializado de MORDAZA Presidenciales de la Secretaria Ejecutiva del Consejo Nacional de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia. 03162-1

Que, mediante la Ley Nº 28779, del 13 de MORDAZA de 2006, se regula el derecho de cobertura de salud para las personas que se encuentran tramitando su reconocimiento de derecho de pension y que no le asiste el periodo de latencia; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28779 senala que el Poder Ejecutivo deberia aprobar las normas reglamentarias necesarias, en tal sentido, resulta necesario emitir las normas reglamentarias que permitan una adecuada aplicacion de la citada Ley; De conformidad con lo regulado en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, en el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Normas reglamentarias Apruebese el Reglamento de la Ley Nº 28779, Ley que regula el derecho de cobertura de salud para las personas que se encuentran tramitando su reconocimiento de derecho de pension y que no les asiste el periodo de latencia, que forma parte del presente Decreto Supremo, el mismo que consta de siete (7) Titulos, doce (12) Articulos y dos (2) Disposiciones Complementarias. Articulo 2º.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Normas Derogatorias Las disposiciones del reglamento aprobado por el Decreto Supremo dejan sin efecto todas las normas que se le opongan. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de octubre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA PINILLA MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas REGLAMENTO DE LA LEY Nº 28779, LEY QUE REGULA EL DERECHO DE COBERTURA DE SALUD PARA LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTRAN TRAMITANDO SU RECONOCIMIENTO DE DERECHO DE PENSION Y QUE NO LES ASISTE EL PERIODO DE LATENCIA TITULO I GENERALIDADES Articulo 1º.- Definiciones Para los fines del presente Reglamento se entiende por: a.)Aporte: Al pago mensual voluntario que realiza el solicitante de pension que, encontrandose comprendido en los alcances de la Ley Nº 28779, desee acceder al derecho de cobertura de salud. b.)Derecho de cobertura: Al acceso a las prestaciones preventivas, promocionales y de recuperacion de la salud que se precisan en los articulos 11º y 12º del Decreto Supremo Nº 009-97-SA, Reglamento de la Ley Nº 26790, Ley de Modernizacion de la Seguridad Social en Salud, que EsSalud otorgara

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28779
DECRETO SUPREMO Nº 017-2006-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA