Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330665

titular del movimiento regional "Alianza Revolucionaria Integracionista Moralizadora" acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Resolucion Nº 182-2006-JEE/ H de fecha 06 de setiembre del 2006 emitida por dicho MORDAZA Electoral Especial, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho partido politico para el Concejo distrital de Huachac, provincia de Chupaca, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galvan y Geovany MORDAZA MORDAZA, candidatos a regidores, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3219-2006-JNE Expediente Nº 3116-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 25 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del partido politico "Partido Justicia Nacional", contra la Resolucion Nº 229-2006-JEE/H, de fecha 07 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 229-2006-JEE/H, de fecha 07 de septiembre de 2006, se denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, presentada por el partido politico "Partido Justicia Nacional", debido a que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cachuan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no acreditan domiciliar por mas de dos anos continuos en el distrito por el cual postulan y que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra afiliado al partido politico "Peru Posible", no habiendo presentado el documento que acredite su renuncia o la autorizacion respectiva, en el plazo establecido por ley; Que, el apelante manifiesta que con el recurso de apelacion adjunta cer tificados domiciliarios de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cachuan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la finalidad de acreditar su residencia en el distrito de MORDAZA, precisando que respecto de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA si se adjunto dichos documentos en su oportunidad; de otro lado manifiesta que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA tiene autorizacion del partido politico al cual se encuentra afiliado y que adjunta con su escrito de apelacion la autorizacion correspondiente; finalmente expresa que si solo algunos de los candidatos se encontraban incursos en algun impedimento, no debio denegarse la admision de toda la lista; Que, los DNI de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cachuan MORDAZA senalan que domicilian en el distrito de Huancayo los dos primeros y en el distrito de El Tambo el ultimo; adjuntandose con la apelacion certificados domiciliarios de cada uno de dichos ciudadanos, emitidos todos ellos por la Municipalidad Distrital de MORDAZA el 28

de agosto de 2006; certificados que al constituir una verificacion efectuada en la fecha que se indica en los mismos, no aportan prueba de continuidad en el tiempo pues esa no es su finalidad, concluyendose que no se ha llegado a acreditar la continuidad del domicilio, incumpliendose el requisito establecido en el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, que dispone que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos; Que, con relacion al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adjunta con el recurso de apelacion, el cargo de recepcion de su solicitud de autorizacion para participar como candidato por otra organizacion politica, dirigida al partido politico "Peru Posible", documento que no constituye una autorizacion expresa, en consecuencia se incumple con lo previsto en el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094 que prescribe, respecto de la autorizacion, que esta debe ser expresa y que ademas la oportunidad de su MORDAZA es con la solicitud de inscripcion, en consecuencia subsiste el impedimento; Que conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a los candidatos que incumplan los requisitos legales; El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones y de conformidad con los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica, Ley Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del partido politico "Partido Justicia Nacional"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 229-2006-JEE/ H, de fecha 07 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos del mencionado partido politico, para el Concejo Distrital de MORDAZA, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo de la misma al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a MORDAZA y a los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cachuan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos a regidor, sin afectar la participacion del resto de los candidatos de la lista. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3222-2006-JNE Exp. Nº 3119-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 25 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular del Movimiento Regional "Alianza Revolucionaria Integracionista Moralizadora" contra la Resolucion Nº 2162006-JEE/H de fecha 6 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion apelada, el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, denego la admision a tramite de la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores al Concejo Distrital de