Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

330697

Que, si bien se ha cumplido con presentar el cargo de la solicitud de a licencia sin goce de haber en tiempo oportuno, la autorizacion partidaria debio presentarse, al momento de solicitar la inscripcion y no en esta instancia; lo que constituye incumplimiento a lo expresamente establecido en el articulo 18º de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094, el cual senala que el afiliado a un partido politico podra postular por otra organizacion politica si renuncia oportunamente o cuenta con la autorizacion del partido politico al que pertenece, la cual debe adjuntarse a la solicitud de inscripcion; en tal sentido, no han cumplido con el requisito exigido por la precitada MORDAZA, al presentar extemporaneamente la autorizacion; Que, conforme al criterio establecido por este Tribunal, a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista, excluyendo a la candidata Tovalino Astuvilca; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, conforme a sus atribuciones establecidas en los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el, personero legal alterno del movimiento regional "Alianza Revolucionaria Integracionista Moralizadora", en consecuencia, REVOCAR, la Resolucion Nº 001de fecha 5 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarma, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicho movimiento regional, para el Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, en las Elecciones Municipales del ano 2006, excluyendo a la ciudadana MORDAZA Ubalda Tovalino MORDAZA, candidata a regidor sin afectar la participacion de los demas candidatos Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3630-2006-JNE Expediente Nº 2042-2006 MORDAZA, 27 de setiembre de 2006 Visto, en Audiencia Publica de fecha 27 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Brich MORDAZA MORDAZA, personero legal del movimiento regional "Movimiento MORDAZA Socialista", contra la Resolucion Nº 095-2006-JEE-SR, de fecha 06 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de San Roman; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 095-2006-JEE-SR, el MORDAZA Electoral Especial de San MORDAZA, deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos del Concejo Distrital de Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, presentada por el movimiento regional "Movimiento MORDAZA Socialista" para las Elecciones Municipales de 2006, debido a que, el candidato MORDAZA MORDAZA Ccanccapa MORDAZA, es MORDAZA del distrito al cual postula, no habiendo acompanado el documento que acredite la concesion de la licencia sin goce de haber, contraviniendo lo dispuesto en la Resolucion Nº 860-2006-JNE, y el numeral 9) del articulo 5º de la Resolucion Nº 1301-2006-JNE;

Que, el apelante indica, que de manera oportuna el candidato cuestionado ha solicitado licencia sin goce de haber, en su condicion de regidor, al presentarse como candidato a la alcaldia del mencionado concejo distrital, solicitud que fuera aprobada por la Municipalidad Distrital de Antauta, mediante Acuerdo de Concejo Nº 073-2006MDA/A de fecha 29 de agosto de 2006, documentos que adjunta con el recurso de apelacion conforme es de verse a fj. 73 y 74; Que, el articulo 6º, de la resolucion Nº 860-2006-JNE, establece que aquellos funcionarios y trabajadores de los Poderes Publicos y de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades no comprendidos en el articulo 5º de la MORDAZA, y que deseen ser candidatos en las elecciones municipales, deberan solicitar licencia sin goce de haber con la suficiente anticipacion, a fin de acreditar que MORDAZA les fue otorgada por la administracion publica, como fecha limite el 20 de octubre del presente ano para quedar MORDAZA para postular, por lo que, la solicitud de licencia sin goce de haber y el concesorio presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Ccanccapa MORDAZA, cumple con los requisitos y plazos establecidos por ley; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion inter puesto por MORDAZA Brich MORDAZA MORDAZA personero legal del movimiento regional "Movimiento MORDAZA Socialista"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 095-2006-JEE-SR, de fecha 06 de septiembre de 2006, expedida por el Ju ra d o E l e c t o ra l E s p e c i a l d e S a n R o m a n y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicha organizacion politica para el Concejo Distrital Antauta, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3632-2006-JNE Exp. Nº 2171-2006 MORDAZA, 27 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 27 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Fredy MORDAZA Caytuiro, personero legal del partido politico "Union por el Peru", acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba, contra la Resolucion Nº 219-2006 de fecha 08 de setiembre del 2006, expedida por dicho MORDAZA Electoral Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion apelada, el MORDAZA Electoral Especial de Urubamba declaro fundada la tacha interpuesta por la ciudadana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el candidato a MORDAZA del Distrito de Huayllabamba, Provincia de Urubamba, Depar tamento del MORDAZA, MORDAZA Fortunado MORDAZA MORDAZA, al encontrarse sus derechos civiles restringidos, debido a existir sentencia condenatoria en su contra por la cual se le condena a 2 anos de pena privativa de MORDAZA por la comision del delito contra el patrimonio, en su modalidad de Usurpacion de aguas;