Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

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NORMAS LEGALES

330765

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Aprueban regularizacion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 00303-2006-MDR MORDAZA, 4 de agosto de 2006 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTOS; El Expediente Nº 8036-03 de fecha 16.09.03 y anexos promovido por la COOPERATIVA DE VIVIENDA NUEVE DE DICIEMBRE LTDA., solicitando aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, en los terrenos calificados con una Zonificacion de RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA (R-4); y, CONSIDERANDO: Que los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA CHICANA MORDAZA, en representacion de la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre Ltda., inscrita la personeria juridica en la Partida Nº 01722816 de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, solicitan aprobacion de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, del Area Pendiente de Habilitar inscrita en la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos con codigo de Predio PO2151901, asiento 00009, en merito a la Resolucion de Gerencia de Titulacion Nº 2605-2000-COFOPRI-GT de fecha 28.06.2000, se aprueba para su inscripcion en el registro predial MORDAZA el Plano de Modificacion de trazado y lotizacion Nº 2143-COFOPRI-2000-GT, correspondiente a la Cooperativa de Vivienda Nueve de Diciembre LTDA, del terreno ubicado en la Prolongacion Av. Amancaes cuadra 10 del distrito del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, adjuntando documentacion de acuerdo al Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2005-Vivienda; Que el Art. 195º Inc. 6) de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley Nº 27680 senala que los Gobiernos Locales son componentes para planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones incluyendo la zonificacion, urbanismo y acondicionamiento territorial; Que la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, senala en su Articulo 79º Inc. 3.6.1 que en materia de organizacion del Espacio Fisico y Uso del Suelo las Municipalidades Distritales ejercen funciones especificas exclusivas: normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de Habilitaciones Urbanas; Que la Ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, en su articulo 3º establece que las Municipalidades Distritales en el ambito de su jurisdiccion les compete conocer y aprobar las solicitudes de Habilitacion MORDAZA para que en las municipalidades conformaran una Comision Tecnica; Que, el articulo 4º de la citada Ley de habilitacion MORDAZA, senala que el procedimiento para la regularizacion de habilitaciones urbanas, solo seran exigibles documentos publicos o privados en el que conste la transferencia de la propiedad a favor del solicitante de la habilitacion, los requisitos previstos para la aprobacion, plano de ubicacion, el plano de lotizacion y memoria descriptiva, Certificado de Zonificacion y Vias aprobado por la Municipalidad provincial, Declaracion Jurada de la reserva de areas para los aportes reglamentarios y una Declaracion Jurada suscrita por el representante de la habilitacion y el profesional responsable de la obra, en la que conste que las obras han sido ejecutadas total o parcialmente; Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Transitoria complementaria de la Ley, las areas de apor tes

destinados para recreacion publica y otros o servicios publicos complementarios corresponden a las Municipalidades Distritales; Que, obra en el Expediente de autos las factibilidades de servicios otorgados por las empresas prestadoras de servicios SEDAPAL y EDELNOR; Que, mediante el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, aprobado por medio de la Ordenanza Nº 104-2005-MDR publicada el 06-06-05 contempla el procedimiento de Habilitacion MORDAZA a cargo del Departamento y Patrimonio Historico, el cual es organo de linea de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, el mismo que contempla los requisitos que se requieren para iniciarse el procedimiento mencionado; Que, de la revision de los actuados se puede observar que el administrado ha cumplido con presentar los requisitos previstos en la Ley Nº 26878 publicada el 20 de noviembre de 1997, los mismos que senala el reglamento de la Ley de Habilitaciones Urbanas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-98-MTC publicado el 5 de junio de 1998, y derogado por Decreto Supremo Nº 010-05-MTC publicado el 5 de junio del 2005 ar ticulo 10º y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital del MORDAZA, aprobado por Ordenanza Nº 104-2005-MDR y demas normas de la materia; Que, con fecha 2 de junio del 2006 la Comision Tecnica Calificadora de Habilitaciones Urbanas del distrito del MORDAZA, conformada de acuerdo a la Resolucion De Alcaldia Nº 00175-2006-MDR de fecha 4-4-2006 la misma que acordo aprobar la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada sobre el Predio citado, emitio dictamen FAVORABLE; que previamente a la independizacion del lote 16-A de la manzana E, se regularice la afectacion de las redes aereas electricas; Que, el recurrente presenta el Plano de Lotizacion, al cual se asigna el Nº 006-2006-MDR-DDU-DCPH, denominado L- 02 Plano de Lotizacion, el mismo que ha sido visado por la Directora de Desarrollo MORDAZA y el Jefe del Departamento de Catastro y Patrimonio Historico; Que, el recurrente ha cumplido con cancelar mediante Recibo de pago Nº 0000269129, por concepto de Derecho de Tramite de S/. 1,500.00, Recibo de pago Nº 0000269130, por concepto de Inspeccion Ocular de S/.90.00, Recibo de pago Nº 0000269415 por concepto de revision de Proyecto de S/. 1,300.00; Q u e, l a s e s p e c i f i c a c i o n e s T e c n i c a s d e conformidad con la Ley Nº 26878 se encuentran contenidas en el Informe Nº 296-2005-DCPH-DDUMDR y el Informe Nº 245-2006-DCPH-DDU-MDR del Departamento de Catastro y Patrimonio Historico, de la Direccion de Desarrollo MORDAZA que forma parte del expediente; Que, con relacion a los aportes, senalado en el Reglamento Nacional de Construcciones en Residencial de Densidad Media, senala que las Habilitaciones Urbanas de conformidad con su area bruta habitable deberan efectuar los siguiente aportes: Recreacion Publica once por ciento (11%), Ministerio de Educacion dos por ciento (2%); en el Proyecto el area de Recreacion Publica del area pendiente de Habilitar de 4,828.50m2 esta comprometida dentro del area Bruta total de 26,285.05 m2 que contiene el area de aporte de Recreacion Publica de 12.97% con superavit de 1.97%. No se ha considerado en el Proyecto el aporte de Educacion el mismo que, al no cumplir con las areas minimas exigidos por la MORDAZA de la materia, seran redimidos en dinero; De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento Nacional de Construcciones, la Ley Organica de Municipalidades, Nº 27972, Ley General de Habilitaciones Urbanas, Nº 26878, modificado por la Ley Nº 27135, Decreto Supremo Nº 011-98-MTC Texto Unico Ordenado de la Ley, Decreto Supremo Nº 010-2005-VIVIENDA; Estando a lo expuesto e informado por el Departamento de Catastro y Patrimonio Historico, el Informe de la Oficina de Asesoria Juridica, contando con el visto MORDAZA de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Direccion de Desarrollo MORDAZA, y estando a lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y Ley Nº 27444, Ley General del Procedimiento Administrativo;