Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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LICA DEL P E

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330666

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, presentada por el Movimiento Regional "Alianza Revolucionaria Integracionista Moralizadora", para las Elecciones Municipales del 2006; debido a que el candidato a regidor, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no ha presentado el documento que acredite haber solicitado licencia sin goce de haber al cargo de Oficinista II en el Ministerio de Educacion; o en su defecto, estar tramitando dicho requisito para postular al cargo, conforme a ley; Que, el articulo 8º inciso e) de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, establece que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los Poderes Publicos, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) dias naturales MORDAZA de la eleccion; precisando la Resolucion Nº 860-2006-JNE que la mencionada solicitud debe realizarse con la suficiente anticipacion, a fin de acreditar que MORDAZA fue otorgada como fecha limite el 20 de octubre de 2006 para quedar expeditos para postular; Que, a fojas 70, obra el original del cargo de la solicitud de licencia sin goce de haber, con firma legalizada, presentada el 28 de agosto de 2006, por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al Director de la Institucion Educativa "Santa MORDAZA Huancayo", documento que ha sido adjuntado al recurso de apelacion interpuesto por el recurrente; por lo que el citado ciudadano ha cumplido con el requisito de ley; Que, si bien es MORDAZA que el articulo 5º del Reglamento de Recepcion, Calificacion e Inscripcion de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del 2006, establece los requisitos que deben acompanar la solicitud de inscripcion, no es menos MORDAZA que conforme se aprecia en autos, la finalidad que persigue el mismo, es satisfecha con el cumplimiento en via de apelacion por el recurrente, por lo que debe ampararse su pretension; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral, RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular del Movimiento Regional "Alianza Revolucionaria Integracionista Moralizadora", en consecuencia REVOCAR la Resolucion 216-2006-JEE/H de fecha 6 de setiembre de 2006, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Huancayo, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite la inscripcion de la lista integral de candidatos a MORDAZA y Regidores de dicha organizacion politica, al Concejo Distrital de Huayucachi, provincia de Huancayo, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del 2006. Articulo Segundo.- Se invoca a las entidades de la administracion publica, con el fin de dar cumplimiento a la MORDAZA prevista en el articulo 8.1 inciso e) de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26964, ejerzan una funcion de vigilancia sobre aquellos candidatos que se encuentran inmersos en esta clase de impedimentos. Articulo Tercero.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3230-2006-JNE Exp. Nº 3128-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006

VISTO, en Audiencia Publica del 25 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personera Legal Titular del partido politico "Union por el Peru", contra la Resolucion Nº 259-2006-JEE-CH de fecha 12 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo; CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Nº 259-2006-JEE-CH el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo admitio a tramite la inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores para el Concejo Distrital de Picsi, provincia de Chiclayo, departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Union por el Peru, excluyendo de la lista a MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidatos a regidores, por no acreditar su domicilio de cuando menos dos anos continuos en el distrito donde postula; Que, con el fin de demostrar el domicilio de cuando menos dos anos continuos de los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se adjunta al recurso de apelacion, MORDAZA de residencia emitida por el Gobernador del Distrito de Picsi del mes de MORDAZA de 2006, con la cual se pretende demostrar el domicilio de los ciudadanos en mencion en el distrito de Picsi por dos anos continuos; Que, los documentos presentados por los ciudadanos en mencion no aportan por si solos, prueba de continuidad en el tiempo, pues esa no es su finalidad; MORDAZA, en su correspondiente DNI, no consigna domiciliar en el distrito de Picsi, por lo que no causa conviccion a este Colegiado sobre la condicion que se alega; en consecuencia, no se cumple con lo establecido en el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales - Nº 26864, que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar en la provincia o el distrito donde se postule, cuando menos dos anos continuos Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA y definitiva instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal titular partido politico "Union por el Peru"; en consecuencia, CONFIRMAR la Resolucion Nº 259-2006-JEE-CH de fecha 12 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Chiclayo, para las Elecciones Municipales del 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3246-2006-JNE Exp. Nº 3144-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 VISTO: En audiencia publica de fecha 25 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Padron, personero legal titular del partido politico "Partido Nacionalista Peruano", contra la Resolucion Nº 00184-2006-63 de fecha 16 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Sur;