Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 104

R

EP

UB

LICA DEL P E

RU

330726
VISTO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

En audiencia publica de fecha 27 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Si Cumple", contra la Resolucion Nº 0407-2006-JEEC de fecha 13 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion, de la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Distrital de Oxamarca, Provincia de Celendin, Departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 0407-2006-JEEC de fecha 13 de septiembre de 2006, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Oxamarca, Provincia de Celendin, Departamento de MORDAZA, presentada por el partido politico "Si Cumple", senalando que la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA encontrandose afiliada al partido politico "Partido Nacionalista Peruano", incumple con adjuntar su renuncia o permiso para postular que refiere la legislacion de la materia; Que, el recurrente expone que si ha presentado la renuncia expresa a dicho par tido politico, dicho documento lo presenta adjunto con el recurso de apelacion. Que, con la carta de renuncia de fojas 8 presentado con el recurso impugnatorio, se demuestra la desafiliacion partidaria de la candidata MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la anticipacion prevista en el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como tarea administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, confor me lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal del partido politico "Si Cumple"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 0407-2006-JEEC de fecha 13 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos de dicha organizacion politica regional, para el Concejo Distrital de Oxamarca, Provincia de Celendin, Departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3790-2006-JNE Exp. Nº 3591-2006 MORDAZA, 27 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica del 27 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Personero Legal de la organizacion politica local "Gloriabamba" contra la Resolucion Nº 365-2006-JEEC de fecha 11 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cajamarca;

Que, mediante Resolucion materia de la vista el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA deniega la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores para el Concejo Provincial de Cajabamba, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica local "Gloriabamba", indicando: 1) que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encontrandose afiliado al partido politico "Fuerza Nacional", no ha presentado carta de renuncia o autorizacion de su partido; y 2) que todos los candidatos no han adjuntado documento probatorio de su residencia habitual del lugar al que postulan; Que el recurrente reconoce haber omitido acompanar la renuncia o autorizacion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cordova; y en que en cuanto a la MORDAZA causal refiere que todos los candidatos han presentado declaracion jurada de su residencia habitual; Que, en cuanto a la causal 1) se tiene que efectivamente MORDAZA Her nando MORDAZA MORDAZA, encontrandose afiliado a la organizacion politica "Fuerza Nacional", ha omitido adjuntar carta de renuncia o autorizacion contraviniendo el articulo 18 de la Ley Nº 28094 (Ley de partidos politicos); que, en cuanto a la causal 2) el DNI es el documento publico que constituye prueba privilegiada de domicilio y habitualidad y apreciando que en el DNI de los integrantes de la lista tienen domicilio real en la provincia de Cajabamba, se presume, salvo prueba en contrario, que dichos ciudadanos cumplen con el requisito establecido en el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Que confor me al criterio establecido por este Tribunal a fin de cautelar el derecho de participacion politica, debe admitirse a tramite la inscripcion de la lista excluyendose a los candidatos que incumplan los requisitos legales; El MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia electoral en MORDAZA y definitiva instancia conforme a sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la organizacion politica local "Gloriabamba"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 365-2006JEEC de fecha 11 de setiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que deniega la admision a tramite de inscripcion la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y regidores para el Concejo Provincial de Cajambamba, departamento de MORDAZA, presentada por la organizacion politica local "Gloriabamba"; y REFORMANDOLA disponer se admita a tramite de inscripcion la lista de candidatos para los cargos de MORDAZA y regidores al Concejo Provincial de Cajabamba, departamento de MORDAZA, presentada por la citada organizacion politica local, excluyendose de la lista al ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para las Elecciones Municipales del 2006; Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3791-2006-JNE Exp. Nº 3594-2006 MORDAZA, 27 de setiembre de 2006