Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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LICA DEL P E

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330668

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal alterno del movimiento regional "Inka Pachacutec"; en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 186-2006-JEE-Cusco de fecha 8 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en el extremo que excluye al ciudadano MORDAZA MORDAZA Nahui de la lista de candidatos del referido movimiento regional para el Concejo Distrital de Zurite, Provincia de Anta, Departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del ano 2006, y REFORMANDOLA disponer se incluya al ciudadano MORDAZA MORDAZA Nahui, candidato a MORDAZA, en la lista de candidatos referida. Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3251-2006-JNE Exp. Nº 3149-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 VISTO: En audiencia publica de fecha 25 de septiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por Guyen MORDAZA Aucca, personero legal del movimiento regional "Movimiento Politico Independiente MORDAZA en Accion", contra la Resolucion Nº 136-2006-JEE-Cusco, de fecha 07 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion materia de la vista, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resuelve excluir a los candidatos MORDAZA Ancalle Qqecho y MORDAZA Hanampa MORDAZA de la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Distrital de Ccorca, provincia y departamento de MORDAZA, senalando que los mencionados candidatos, encontrandose afiliados a los partidos politicos "Peru Posible" y "Accion Popular" respectivamente, han incumplido adjuntar su renuncia o permiso para postular conforme lo senala la legislacion de la materia, y en el caso del candidato MORDAZA Ancalle Qquecho la autorizacion presentada no surte efectos porque en el VI Congreso extraordinario del 2006 el partido politico "Peru Posible" acordo no autorizar a sus militantes para participar por otras organizaciones; Que, el recurrente expone que MORDAZA Ancalle Qqecho, ha gestionado y obtenido la autorizacion de "Peru Posible", autorizacion que ha presentado conjuntamente con la solicitud de inscripcion de la lista; y en cuanto a MORDAZA Hanampa MORDAZA, el recurrente no expresa agravio alguno; Que, efectivamente a fojas 37 y 38 se ve que se acompano a la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos, la solicitud y el permiso respectivamente otorgado a MORDAZA Ancalle Qqecho por el Secretario Provincial MORDAZA del partido "Peru Posible"; sin embargo dicha autorizacion ha sido otorgada contraviniendo lo acordado por ese partido politico en el "VI Congreso Nacional Extraordinario - Ano 2006", realizado el 26 de MORDAZA de 2006, respecto de no otorgar autorizaciones a sus afiliados para que participen por otras organizaciones

politicas en el MORDAZA electoral municipal y regional del ano 2006, al ser posterior en el tiempo al comunicado efectuado al JNE mediante documento de fecha 22 de agosto de 2006 por el senor MORDAZA MORDAZA Rosello, Secretario General del "Peru Posible"; en consecuencia no se ha dado cumplimiento a lo previsto en el articulo 18 de la Ley de Partidos Politicos Nº 28094; El MORDAZA Nacional de Elecciones administrando justicia en MORDAZA instancia, en materia lectoral conforme a sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion inter puesto por el personero legal movimiento regional "Movimiento Politico Independiente MORDAZA en Accion"; en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 136-2006-JEE-Cusco, de fecha 07 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Cusco; que resuelve excluir a los candidatos MORDAZA Ancalle Qqecho y MORDAZA Hanampa MORDAZA de la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Distrital de Ccorca, provincia y departamento de MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; Articulo Segundo.- Devolver el expediente en el dia al MORDAZA Electoral Especial de origen, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3322-2006-JNE Expediente Nº 3252-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 VISTO, en Audiencia Publica de fecha 25 de setiembre del 2006, el recurso de apelacion presentado por el Personero Legal del partido politico "Alianza para el Progreso", contra la Resolucion Nº 105-2006, de fecha 4 de setiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de Tayacaja, deniega la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos para MORDAZA y regidores presentada por partido politico "Alianza para el Progreso", para el Concejo Distrital de Nahuimpuquio, provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, para las Elecciones Municipales del ano 2006, sin embargo, mediante Resolucion Nº 146-2006, de fecha 5 de setiembre de 2006, se declara nula la resolucion apelada, y mediante Resolucion Nº 222-2006, de fecha 5 de setiembre de 2006, se admite a tramite de inscripcion la referida la lista de candidatos, excluyendo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse afiliada al partido politico "Peru Posible" y no haber adjuntado la documentacion requerida por la legislacion electoral de la materia; por lo cual, en aplicacion del MORDAZA "iura novit curia", se adecua el recurso de apelacion submateria, entendiendose que se formula contra la Resolucion Nº 222-2006, de fecha 5 de setiembre del 2006, en el extremo que excluye a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Calderon. Que, el recurrente sostiene, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cumplio con renunciar oportunamente al par tido politico "Peru Posible", adjuntando los documentos correspondientes;