Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2006 (18/10/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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LICA DEL P E

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330672

NORMAS LEGALES

El Peruano miercoles 18 de octubre de 2006

denegar la admision a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por tal agrupacion, para el Concejo Municipal Provincial de Tocache, departamento de San MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006, advirtiendo que dicha lista no cumple con el numero de candidatos determinado por el MORDAZA Nacional de Elecciones en la resolucion Nº 12292006-JNE; Que, el recurrente admite la omision que motiva la resolucion denegatoria, expone que recien acompana a su escrito de apelacion la lista completa de candidatos; Que, la MORDAZA de la lista completa de candidatos constituye requisito indefectible a acompanarse a la solicitud de inscripcion, como dispone el articulo 10 de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, pues solo en tal etapa se comprueba si la lista y las personas consignadas reunen los requisitos y las condiciones para postular, exigencia que ha sido incumplida en el presente caso al presentar un numero inferior de candidatos al establecido en la resolucion Nº 1229-2006-JNE de 10 de MORDAZA de 2006; Que, el MORDAZA Nacional de Elecciones tiene como una de sus funciones administrar justicia en MORDAZA instancia, en los procesos electorales, conforme lo senalan sus atribuciones establecidas por los incisos a) y f) del articulo 5º de su Ley Organica Nº 26486; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el personero legal de la organizacion politica "Union por el Peru"; en consecuencia CONFIRMAR la Resolucion Nº 087-2006-JEE-MCAL.C/ JNE, de fecha 03 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial Mariscal MORDAZA, que resuelve denegar a tramite la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos presentada por esta agrupacion, para el Concejo Municipal Provincial de Tocache, departamento de San MORDAZA, en el MORDAZA de Elecciones Municipales del ano 2006; Articulo Segundo.- Poner en conocimiento del MORDAZA Electoral Especial de origen, la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3293-2006-JNE Exp. Nº 3191-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006

que al momento de inscribir la lista del partido politico "PARTIDO NACIONALISTA PERUANO", se ha omitido suscribir la declaracion Jurada del candidato a regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moscol, situacion que ha sido subsanada en su recurso de apelacion respectivo, anexandose en su recurso, la Hoja de MORDAZA debidamente suscrita y legalizada por el candidato en mencion; Que, si bien el articulo 5º inciso 4º del Reglamento de recepcion, calificacion e inscripcion de listas de candidatos para las Elecciones Regionales y Municipales del 2006, establece los requisitos que deben acompanar la solicitud de inscripcion de lista de candidatos, es de verse que, la finalidad que persigue el mismo, es satisfecha con el cumplimiento en via de apelacion por el recurrente, por lo que debe amparase su pretension; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando Justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por la personera legal alterna del partido politico "PARTIDO NACIONALISTA PERUANO" en consecuencia REVOCAR la Resolucion Nº 1662006JEE/S-ERM de fecha 04 de septiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana, y REFORMANDOLA disponer la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a MORDAZA y Regidores de dicho partido politico para el Concejo Provincial de Paita, departamento de MORDAZA, para las Elecciones Municipales del 2006. Articulo Segundo.- Devolver al MORDAZA Electoral Especial de origen, en el dia, el presente expediente, para la prosecucion del tramite. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA PENARANDA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA FALCONI MORDAZA, Secretario General (e) RESOLUCION Nº 3297-2006-JNE Exp. Nº 3195-2006 MORDAZA, 25 de setiembre de 2006 VISTO, en audiencia publica de fecha 25 de setiembre de 2006, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal del partido politico "Union por el Peru", contra la Resolucion Nº 146-2006-JEE-PUNO de fecha 11 de septiembre de 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Puno; CONSIDERANDO:

VISTO, en Audiencia Publica del 25 de septiembre del 2006, el recurso de apelacion interpuesta por Frescia MORDAZA Troncoso MORDAZA, personero legal alterna del "Partido Nacionalista Peruano" contra la Resolucion Nº 166-2006-JEE/S-ERM de fecha 04 de septiembre del 2006, expedida por el MORDAZA Electoral Especial de Sullana; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 166-2006-JEE/Sultana del 04 de septiembre del 2006, el MORDAZA Electoral Especial de Sullana denego la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos a los cargos de MORDAZA y Regidores para el Concejo Provincial de Paita, departamento de MORDAZA, al partido politico "PARTIDO NACIONALISTA PERUANO", ya que la declaracion jurada de MORDAZA del candidato a Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Moscol, no habia sido suscrita por el mencionado candidato, conforme a lo exige la normatividad electoral vigente; Que, la recurrente senala en su recurso de apelacion

Que, mediante Resolucion de Vista, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA resuelve denegar la admision a tramite de inscripcion de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Tinicachi, presentada por el partido politico "Union por el Peru", senalando que las candidatas MORDAZA Siquita MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no han cumplido con acreditar residencia por dos anos continuos en el distrito de Tinicachi; Que, el recurrente expone que las candidatas observadas por el JEE son nacidas, y con asentamiento permanente en el distrito de Tinicachi, adjunta partida de nacimiento de la ciudadana MORDAZA Siquita MORDAZA en la que figura como distrito de nacimiento Tinicachi y un certificado emitido por el Jefe de los Registros del Estado Civil de la Municipalidad de Tinicachi en el que suscribe que en el mismo consta la partida de nacimiento de la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paredes; Que, el numeral 2) del articulo 6º de la Ley de Elecciones Municipales - Ley Nº 26864, establece que para ser elegido MORDAZA o regidor se requiere domiciliar