Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

en la Entidad Pública", y "Norma para la Valoración Documental en la Entidad Pública", deben ser remitidos por escrito al Archivo General de la Nación, sito en Jirón Camaná 125 y Pasaje Piura s/n - Cercado de Lima; y/o a la dirección electrónica del Área de Investigación y Normas Archivísticas de Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas del AGN (aina@agn.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. OLINDA GRACIELA RENGIFO GARCÍA Jefa Institucional 1807523-1

CENTRAL DE COMPRAS PUBLICAS
Modifican el Documento de Información Complementaria del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el Listado de Bienes y Servicios Comunes
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 094-2019-PERÚ COMPRAS Lima, 16 de setiembre de 2019 VISTO: El Informe N° 000073-2019-PERÚ COMPRAS-DES, de fecha 22 de agosto de 2019, emitido por la Dirección de Estandarización y Sistematización; y, el Informe N° 000186-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, de fecha 5 de setiembre de 2019, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; y, CONSIDERANDO: Que, la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS es un Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que goza de personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; y tiene como funciones, entre otras, la de realizar las compras corporativas obligatorias, de acuerdo a lo que se establezca en el Decreto Supremo correspondiente, realizar las compras corporativas facultativas que le encarguen otras entidades del Estado, realizar las adquisiciones que le encarguen otras entidades del Estado, de acuerdo al convenio correspondiente, promover y conducir los procesos de selección para la generación de Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco para la adquisición de bienes y servicios, así como suscribir los acuerdos correspondientes, y promover la Subasta Inversa y el proceso de homologación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018, modificado por la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; Que, mediante Decreto Supremo N° 052-2019-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 012-2019PERÚ COMPRAS, se aprueba el Cuadro de Equivalencias de los órganos de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS con la nueva estructura orgánica aprobado por el nuevo ROF, en el que la Dirección de Subasta Inversa, ahora se denomina Dirección de Estandarización y Sistematización; Que, el numeral 110.2, del artículo 110, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, referido al procedimiento de Subasta Inversa Electrónica, establece que la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS genera y aprueba las fichas técnicas de los bienes y servicios a incluirse en el Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC; así como, información complementaria de los rubros a los que corresponden, a los que se accede

a través del SEACE, pudiendo ser objeto de modificación, entre otros; Que, por otro lado, el numeral 8.9 de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, denominada "Disposiciones sobre el Listado de Bienes y Servicios Comunes, y la Obligatoriedad de su Uso", aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 063-2017-PERÚ COMPRAS, en adelante "la Directiva", señala que el Documento de Orientación, contiene los requisitos mínimos obligatorios relacionados al proveedor del bien o servicio, y los aspectos relacionados a la certificación de su calidad, obligatorios o facultativos, según sea el caso, los cuales pueden incluir aspectos de muestreo y ensayos, así como las referencias normativas y/o regulatorias del mismo; Que, el numeral el numeral 8.12 de las Disposiciones Específicas de la Directiva, señala que la Dirección de Estandarización y Sistematización, es responsable de las actividades relacionadas al sostenimiento del LBSC y los Documentos de Orientación correspondientes, para lo cual deberá implementar procesos que garanticen lo siguiente: I) La verificación del uso de las Fichas Técnicas por las Entidades del Estado; ii) La verificación de la condición de común de los bienes y servicios con ficha técnica vigente; iii) La idoneidad del contenido de los Documentos de Orientación; Que, el numeral 8.10 de las Disposiciones Específicas de la Directiva señala que mediante Resolución Jefatural se aprueban o modifican los Documentos de Orientación de cada uno de los rubros de las Fichas Técnicas del Listado de Bienes y Servicios Comunes ­ LBSC; cabe señalar que, conforme el artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF, el Documento de Orientación, ahora es denominado "Documento de Información Complementaria"; Que, mediante Informe N° 000073-2019-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización fundamenta la modificación del Documento de Información Complementaria del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, en atención a lo indicado por el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ­ OSINERGMIN y en concordancia a lo establecido en la normatividad sectorial aplicable respecto de los requisitos documentarios mínimos para la comercialización del bien "Emulsión Asfáltica Catiónica de Rotura Media Grado CMS ­ 2h"; Que, mediante el Informe N° 000186-2019-PERÚ COMPRAS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que, de conformidad con el numeral 110.2 del artículo 110 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; así como, lo dispuesto en la Directiva N° 006-2016-PERÚ COMPRAS, Versión 3.0, resulta viable la modificación del referido Documento de Información Complementaria; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1018; el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018 ­EF; la Directiva N° 006-2016PERÚ COMPRAS, aprobada por Resolución Jefatural N° 042-2016-PERÚ COMPRAS, modificada y actualizada en su Versión 3.0 por Resolución Jefatural N° 0632017-PERÚ COMPRAS; y, en ejercicio de la atribución conferida por el artículo 8 y el literal d) del artículo 9, del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, aprobado por Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modificar el Documento de Información Complementaria del rubro Componentes y suministros de construcciones, estructuras y obras en el Listado de Bienes y Servicios Comunes, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.