Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

impacta en términos de eficiencia, eficacia, resultados en la lucha contra el trabajo forzoso y reconocimiento público sobre el trabajo realizado por las instituciones involucradas. Sin embargo, se requiere que las instituciones establezcan efectivos mecanismos de articulación institucional pues el fenómeno del trabajo forzoso tiene múltiples causas y demanda, por lo tanto, una respuesta articulada de todas las instituciones públicas y privadas involucradas. La corrupción y la escasa capacidad del Estado para luchar contra las actividades económicas al margen de la ley también son factores importantes en explicar el fenómeno del trabajo forzoso; así, la corrupción puede

permitir que grupos económicos subterráneos operen en un determinado territorio y que se vulneren derechos de determinados grupos poblacionales, especialmente de los más vulnerables. En este contexto, el trabajo forzoso se sirve de la corrupción para operar. La lucha contra el trabajo forzoso también demanda contar con los recursos humanos y logísticos, suficientes para operar, en tal sentido, es fundamental que las instituciones cuenten con el presupuesto requerido para realizar sus funciones con efectividad. La Tabla Nº 8 presenta los factores según los niveles mencionados y se ha resaltado con negrita aquellos vinculados a los objetivos específicos del III PNLCTF.

Tabla Nº 8. Factores relevantes a nivel individual, familiar, social y económico e institucional que explican la existencia y persistencia del trabajo forzoso en Perú
Nivel individual (perfil de las víctimas) - Bajo nivel educativo / analfabetismo. - Escaso conocimiento de las personas acerca de sus derechos, en general, y laborales, en particular. - Condición de migrante. - Pertenencia a un grupo de especial protección. - Baja autoestima. Nivel familiar (perfil de las familias) - Situación de pobreza familiar. - Limitadas opciones de los miembros del hogar para insertarse en un empleo en condiciones decentes. - Bajo nivel educativo de los padres. - Hogares disfuncionales. - Violencia familiar, especialmente contra la mujer. - Vulnerabilidad familiar ante eventos inesperados (desastres naturales, muerte de un familiar, entre otros).

Nivel social y económico - Escaso conocimiento de la sociedad sobre el fenómeno del trabajo forzoso, los mecanismos de denuncia y de protección a las víctimas de trabajo forzoso. - Tolerancia social frente al fenómeno del trabajo forzoso y estigma social hacia las víctimas. - Escaso desarrollo del mercado de trabajo. - Elevada informalidad laboral y existencia de actividades económicas al margen de la ley. - Sistema de servidumbre por deudas. - Escasa cobertura y baja calidad de la educación. - Patrones culturales que estigmatizan el rol de la mujer en la sociedad. - Inaccesibilidad geográfica. - Limitada infraestructura de transporte y de comunicación en algunas zonas del país. - Escaso acceso a los medios de comunicación.

Nivel institucional - Escasa difusión del Estado para la prevención de la población frente al trabajo forzoso. - Escasa capacidad de respuesta del Estado para detectar casos de trabajo forzoso. - Escasa capacidad de respuesta institucional del Estado para la atención de las víctimas y sanción de los victimarios de trabajo forzoso. - Escasa capacidad de respuesta institucional del Estado para la reintegración de las víctimas de trabajo forzoso. - Limitada capacitación de los funcionarios públicos de los tres niveles de gobierno y de los poderes del Estado sobre los factores que explican el trabajo forzoso y sobre los mecanismos institucionales para enfrentarlo. - Limitada difusión sobre la problemática del trabajo forzoso para la sensibilización de los funcionarios públicos. - Débil articulación y compromiso de las instituciones públicas y privadas involucradas en la lucha contra el trabajo forzoso. - Escaso conocimiento de las empresas y organizaciones sindicales sobre la problemática del trabajo forzoso. - Escasa cultura institucional para generar y usar información para enfrentar el problema del trabajo forzoso. - Escasa cultura institucional para identificar buenas prácticas y lecciones aprendidas en la lucha contra el trabajo forzoso. - Escasa capacidad del Estado para luchar contra los empleadores que realizan sus actividades económicas al margen de la ley. - Corrupción. - Escaso presupuesto público para la lucha contra el trabajo forzoso.

Fuente: Elaboración para el presente Plan Nacional. De otro lado, la OIT ha identificado69, de manera general, algunos factores de riesgo asociados al trabajo forzoso, entre los que se encuentran: población en situación de pobreza, ausencia del Estado en zonas más vulnerables, discriminación y falta de oportunidades de acceso al empleo, carencias educativas, normatividad inadecuada y ausencia de un sistema estatal de protección de las víctimas, insuficiente información para las potenciales víctimas, factores de género y la migración. En el caso de Perú, a partir de investigaciones realizadas70 y de la revisión de fuentes secundarias, se identifica de manera general los siguientes "factores de riesgo" de trabajo forzoso: - Pobreza. - Bajo nivel educativo. - Ausencia del documento de identidad (DNI). - Desempleo o condiciones laborales precarias. - Discriminación a grupos en situación de especial protección71. - Condición de migrante. - Escasa presencia del Estado en zonas alejadas. 3.2.6 Población objetivo Del desarrollo de estos factores, se plantea que la población objetivo en la cual se está enfocando el III PNLCTF es la siguiente: "Población pobre y/o con empleo informal o precario". Las siguientes estadísticas brindan información sobre la población objetivo que estaría en situación o riesgo de ser víctima de trabajo forzoso:
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- Población en condición de pobreza De acuerdo con el Informe Técnico: Evolución de la pobreza monetaria 2007-2018 del INEI, en el año 2018, "la pobreza afectó al 20,5% de la población del país, que equivale a 6 millones 593 mil personas que tienen gasto per cápita por debajo de la línea de pobreza (LP)"72.

69 70 71

ILO (2014) Op. Cit. Sanz. Óp. Cit.; y Mujica. Óp. Cit. Según el Plan Nacional de Derechos Humanos 2018-2021, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2018-JUS, un grupo de especial protección "constituye un colectivo de personas que no necesariamente han entablado relaciones directas entre sí pero están vinculadas por su situación de potencial o real afectación a sus derechos, lo que puede conllevar: i) su sometimiento a un estado de vulnerabilidad temporal o permanente, ii) una necesidad de que se asegure su existencia o la preservación inmediata de su integridad física y mental a través de medidas institucionales o iii) la sujeción a condiciones de trato desigual y discriminatorio que es resultado del ejercicio de un fenómeno de abuso de poder que puede llegar a considerarse "normalizado" socialmente" (p. 20). Entre ellos se encuentran la "población afrodescendiente y otros grupos étnicos; niños, niñas y adolescentes; personas adultas mayores; personas con VIH/SIDA y TBC; personas privadas de libertad; pueblos indígenas; mujeres; personas con discapacidad; víctimas de la violencia entre 1980 y el año 2000; personas en situación de movilidad que incluye a migrantes, víctimas de trata y desplazados; personas LGTBI; trabajadoras y trabajadores del hogar y, finalmente, defensoras y defensores de derechos humanos". INEI (2019). Informe Técnico: Evolución de la pobreza monetaria 20072018. p. 57.