Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

y políticas sectoriales del MIDIS, y en el marco de la legislación vigente; Que, el artículo 4, numeral 2, de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, establece que el empleado de confianza es: El que desempeña cargo de confianza técnico o político, distinto al del funcionario público. Se encuentra en el entorno de quien lo designa o remueve libremente (...); Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de estas; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1189-2019-MIDIS/PNCM, se encarga al señor Oscar Manuel Espejo Fernández como Coordinador de Servicios Diferenciados de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más; Que, mediante el Memorando N° 1746-2019-MIDIS/ PNCM/UGTH, de la Unidad de Gestión del Talento Humano, solicita se designe en el cargo de Coordinadora de Servicios Diferenciados de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más, a la señora Saraí Sirley Valdivia Zapana, de acuerdo a la propuesta de la Dirección Ejecutiva efectuada por Memorando N° 440-2019-MIDIS/PNCM/DE, precisando que se ha procedido a verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el cargo en mención, conforme al Manual Clasificador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 1603-2017-MIDIS/PNCM, el cual se encuentra conforme; Que, teniéndose en cuenta el memorando del Visto, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable, señalando que corresponde se emita el acto resolutivo que designe, a la señora Saraí Sirley Valdivia Zapana en el cargo de Coordinadora de Servicios Diferenciados de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano, y de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, Que, de conformidad con el Decreto Supremo N° 003-2012-MIDIS y sus modificatorias, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 011-2018-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 082-2019-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA, con fecha 17 de setiembre de 2019, la encargatura del señor OSCAR MANUEL ESPEJO FERNANDEZ, de las funciones como Coordinador de Servicios Diferenciados de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR a la señora SARAÍ SIRLEY VALDIVIA ZAPANA, en el cargo de Coordinadora de Servicios Diferenciados de la Unidad Operativa de Atención Integral del Programa Nacional Cuna Más, a partir del 18 de setiembre de 2019. Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a los citados servidores y a la Unidad de Gestión del Talento Humano, para conocimiento y fines. Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente, en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob. pe). Regístrese, notifíquese y publíquese. MARÍA MÓNICA MORENO SAAVEDRA Directora Ejecutiva Programa Nacional Cuna Más 1808024-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN y dictan otra disposición
DECRETO SUPREMO Nº 297-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución del gasto público y dicta otras medidas, autoriza, durante el Año Fiscal 2019, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 3 703 623,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, a fin de asegurar la sostenibilidad de la supervisión de las obras que se encuentran en ejecución, correspondientes a la Segunda Etapa del Tramo AncónHuacho-Pativilca de la Carretera Panamericana Norte, así como para financiar los pagos vinculados a la supervisión de obra del "Consorcio Ancón 5"; precisándose que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de esta última; Que, con Memorando Nº 1566-2019-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adjunta el Informe Nº 361-2019-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, a favor del OSITRAN, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 30970, en virtud de lo cual, con Oficio Nº 2188-2019-MTC/04, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de partidas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, hasta por la suma de S/ 3 703 623,00 (TRES MILLONES SETECIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a favor del OSITRAN, para los fines señalados en el primer considerando; Que, de otro lado, resulta necesario autorizar a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público a abonar directamente a la cuenta recaudadora del Fideicomiso de Administración de Recursos, constituido por el Decreto Supremo Nº 137-2006-EF, con parte de los recursos provenientes de la retribuciones efectuadas por la Sociedad Concesionaria Lima Airport Partner S.R.L. (LAP), en la oportunidad y montos que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones requiera para el cumplimiento de obligaciones y compromisos contractuales de las concesiones del Aeropuerto Internacional "Jorge Chávez" y del Primer y Segundo Grupo de Aeropuertos de Provincias del Perú; en virtud de ello, con Memorando Nº 1238-2019-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público solicita la autorización legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 30970, Ley que aprueba diversas medidas presupuestarias para coadyuvar a la calidad y la ejecución