Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

mundiales sobre la esclavitud moderna: trabajo forzoso y matrimonio forzoso, cuyo período de referencia es de cinco años (2012-2016), 89 millones de personas fueron sometidas a alguna de las formas de esclavitud moderna. A los fines de las estimaciones realizadas por la OIT, el trabajo forzoso abarca tres áreas: trabajo forzoso impuesto por actores privados, explotación sexual forzosa27, y trabajo forzoso impuesto por el Estado. De acuerdo con el mismo estudio, solo en el 2016, 40,3 millones de personas fueron víctimas de esclavitud moderna, de las cuales 24,9 millones estuvieron sometidas a trabajo forzoso, mientras que 15,4 millones fueron víctimas de matrimonio forzado. La duración promedio del periodo en el cual las víctimas fueron sometidas a trabajo forzoso varió de unos pocos días o semanas, en algunas formas impuestas por el Estado, a casi dos años en el caso de la explotación sexual forzada. Así, el informe de la OIT revela que de los 24,9 millones de víctimas identificadas en trabajo forzoso, 16 Protocolo Nº 001­2018-SUNAFIL/INII millones fueron explotadas en la economía privada, 4,8 Este instrumento establece las pautas para la relativo a la actuación del millones fueron sometidos a explotación sexual forzada y actuación inspectiva del grupo especializado de Grupo Especializado de 4,1 millones fueron víctimas de trabajo forzoso impuesto inspectores del trabajo en materia de Trabajo Inspectores del Trabajo por autoridades estatales. Forzoso y Trabajo Infantil, a fin de lograr una mayor en materia de Trabajo Por otro lado, se indica que la servidumbre por deudas eficacia y eficiencia en el sistema inspectivo dentro Forzoso y Trabajo afectó a 8 millones (50%) del total de víctimas explotadas de un enfoque intersectorial e intergubernamental Infantil de la SUNAFIL, en la economía privada. Entre las actividades económicas mediante coordinaciones conjuntas entre aprobado por Resolución en las que se identificaron más casos de trabajo forzoso los sectores involucrados en la prevención y de Superintendencia N° destacan el trabajo doméstico (24%), construcción (18%), erradicación del trabajo forzoso e infantil. 152-2019-SUNAFIL manufactura (15%), agricultura y pesquería (11%). (07 de mayo de 2019) Cabe señalar que, el estudio al que hacemos */ Las fechas consignadas de las normas corresponden a sus fechas de referencia determinó que la mayoría de víctimas de publicación en el diario oficial El Peruano. trabajo forzoso sufrió múltiples formas de coacción de sus empleadores o reclutadores como un mecanismo 3. Diagnóstico General para evitar que puedan salir de dicha situación. Antes de presentar el diagnóstico general, es preciso Aproximadamente la cuarta parte de las víctimas señalar que en el Perú hay un déficit de información (24%) sufrió retención de sus salarios o fue impedido cuantitativa y cualitativa del fenómeno del trabajo forzoso. Es de dejar el trabajo a través de amenazas de no pago por ello que el acercamiento al problema se realiza a través de los salarios debidos. A ello se suman amenazas de fuentes secundarias, entre ellas estudios y estimaciones de violencia (17%), violencia física (16%) y amenazas globales realizadas por la OIT sobre dicho tema y, en el ámbito contra las familias de las víctimas (12%). nacional, a través del acercamiento a diagnósticos sobre Por otro lado, las estimaciones realizadas por la fenómenos delictivos estrechamente relacionados como la OIT indican que la tasa de prevalencia de la esclavitud trata de personas, así como por medio de estudios de casos moderna es más alta en África con 7,6 víctimas por cada que se han desarrollado en sectores específicos y que revelan mil habitantes en la región (ver Gráfico Nº 1). En el caso algunas de las particularidades y características del trabajo de las Américas (que incluye América Latina y El Caribe, forzoso en el Perú. Es por ello que uno de los principales retos Estados Unidos y Canadá) había un total de 1,9 millones del presente plan es realizar estudios y encuestas que nos de víctimas de la esclavitud moderna. Al respecto es acerquen a la realidad del trabajo forzoso en el Perú. preciso señalar que a pesar de ser la más baja de todas las regiones del mundo (ver Cuadro Nº 1); se trata aún 3.1 Internacional de una cifra considerable. Debido a limitaciones en la metodología y los datos28, debe considerarse que estas Según las últimas estimaciones globales de la OIT estimaciones son moderadas. presentadas en el informe del año 2017, "Estimaciones Gráfico Nº 1
Esta normativa incorpora la sanción de multa en el delito de trabajo forzoso (artículo 168-B del Código Penal), la cual será aplicada conjuntamente con la pena privativa de libertad prevista para este ilícito, conforme a lo siguiente: 1. En el tipo penal base, se fija de 100 Ley N° 30924 ­ Ley que hasta 200 días multa. modifica los artículos 2. En el primer nivel de situaciones 168-B y 195 del Código agravantes, se fija de 200 hasta 300 Penal, incorporando la días multa. pena de multa al delito de 3. En el segundo y tercer nivel de Trabajo Forzoso situaciones agravantes, se fija de 300 a (29 de marzo de 2019) * 365 días multa. Asimismo, en el delito de receptación (artículo 195 del Código Penal), se incorpora una situación agravante, fijándose una pena privativa de libertad no menor de 6 ni mayor a 12 años, si se trata de bienes obtenidos de la comisión de delito de trabajo forzoso.

Regiones del mundo: Prevalencia de la esclavitud moderna, según región, 2016
África

7,6 6,1

Asia y el Pacífico

Europa y Asia Central

3,9
3,3

Estados Árabes

Las Américas 0

1,9
2 4 6 8

De cada 1 000

Fuente: Estimación mundial sobre el trabajo infantil y la esclavitud moderna de 2017-Hoja de datos regional de las Américas (OIT, 2017). Elaboración propia.
27 28

Cabe precisar que, en la normativa nacional, la explotación sexual se encuentra tipificada como delito en el artículo 153-B del Código Penal. Véase OIT (2017). Metodología de las estimaciones mundiales sobre la esclavitud moderna: trabajo forzoso y matrimonio forzoso. Ginebra: Organización Internacional del Trabajo (OIT) y Walk Free Foundation. Consulta: 10 de mayo de 2019. Disponible: < https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_norm/---ipec/ documents/publication/wcms_651919.pdf >