Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2019 (18/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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NORMAS LEGALES

Miércoles 18 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo Décimo Primero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Callao y Lima, Coordinación de las Fiscalías Provinciales Corporativas Transitorias Especializadas en Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima, Sede Lima, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ZORAIDA AVALOS RIVERA Fiscal de la Nación 1808317-2

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA
Concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de enero, febrero y marzo de 2019
RESOLUCIÓN DE GERENCIA Nº 038-2019/GREM.M-GRM Moquegua, 29 de marzo de 2019 VISTO: La relación de títulos mineros otorgados durante los meses de: ENERO, FEBRERO Y MARZO DE 2019, conforme a lo informado por Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 009-2008MEM/DM publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 16.01.2008, se declaró entre otros, que el Gobierno Regional de Moquegua concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas (...), por tanto a partir de dicha fecha se tiene competencia para ejercer entre otras, la función de otorgar concesiones mineras para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional. Que, el Gobierno Regional Moquegua a través de la Gerencia Regional de Energía y Minas de Moquegua, ha iniciado el otorgamiento de títulos de concesión minera para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional, conforme a lo indicado en el párrafo anterior. Que, conforme a lo establecido por el Artículo 10 Literal n. del D.S. Nº 084-2007-EM "SIDEMCAT", concordante con el Artículo 124 del D.S. Nº 014-92 "TUO de la Ley General de Minería" y Artículo 24 del D.S. Nº 018-92-EM "Reglamento de Procedimientos Mineros", una de las funciones del Gobierno Regional integrante del SIDEMCAT, es efectuar la publicación en el Diario Oficial "El Peruano" de la relación de concesiones mineras, cuyos títulos hubiera aprobado. De conformidad con el D.S. Nº 084-2007-EM "SIDEMCAT", D.S. Nº 014-92 "TUO de la Ley General de Minería" y D.S. Nº 018-92-EM "Reglamento de Procedimientos Mineros" y Resolución Ministerial Nº 0092008-MEM/DM y Ley Nº 28926. SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLICARSE en el Diario Oficial "El Peruano", las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados durante los meses de ENERO, FEBRERO y MARZO de 2019, por la Gerencia Regional de Energía y Minas Moquegua, siendo las siguientes: 1) DENISSE, con código 680000518, mediante R.G.Nº 009-2019/GREMGRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.Ichuña, P.General Sanchez Cerro) V1:N8217 E333 V2:N8215 E333 V3:N8215 E332 V4:N8217 E332; 2) HUAYLLONI III, con

código 680000618, mediante R.G.Nº 010-2019/GREMGRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.El Algarrobal, P.Ilo)V1:N8047 E263 V2:N8046 E263 V3:N8046 E262 V4:N8047 E262; 3) PERSISTENCIA 1, con código 680001118, mediante R.G.Nº 011-2019/GREM-GRM de fecha 30 de Enero de 2019 (D.Pacocha P.Ilo)V1:N8057 E257 V2:N8056 E257 V3:N8056 E256 V4:N8057 E256; 4) FACUNDO JULIAN, con código 680001218, mediante R.G.Nº 016-2019/GREM-GRM, de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua P.Mariscal Nieto)V1:N8086 E295 V2:N8083 E295 V3:N8083 E293 V4:N8084 E293 V5:N8084 E294 V6:N8086 E294; 5) ANITA 2017 UNO, con código 680001617, mediante R.G.Nº 013-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua P.Mariscal Nieto)V1:N8079 E313 V2:N8078 E313 V3:N8078 E312 V4:N8079 E312; 6) ANDREA CAROLINA 2, con código 680001917, mediante R.G.Nº 014-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto)V1:N8091 E298 V2:N8090 E298 V3:N8090 E297 V4:N8091 E297; 7) VIRGEN DE CHAPI 2018, con código 680002317, mediante R.G.Nº 015-2019/GREM-GRM de fecha 05 de Febrero de 2019 (D.Pacocha, P.Ilo)V1:N8077 E246 V2:N8076 E246 V3:N8076 E245 V4:N8077 E245; 8) SAN PABLO 2018B, con código 680000918, mediante R.G.Nº 030-2019/GREM-GRM de fecha 13 de Marzo de 2019 (D.Moquegua, P.Mariscal Nieto)V1:N8081 E314 V2:N8079 E314 V3:N8079 E313 V4:N8081 E313. Regístrese y comuníquese. ROBERT GERMÁN CARAZAS FLORES Gerente Regional de Energía y Minas Gerencia Regional de Energía y Minas 1807520-1

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Autorizan viaje de Gobernador Regional a Bolivia, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 091-2019-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, doce de setiembre de dos mil diecinueve CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 191 establece que: "Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 8 precisa: "La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia (...)". Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15 establece como atribución del Consejo Regional: "(...) s. Las demás que les corresponda de acuerdo a Ley"; asimismo, el artículo 39 prescribe: "Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)." Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en su artículo 1 señala: "La presente Ley regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado (...)". Que, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto para el año fiscal 2019, en su artículo 10 señala: "(...) 10.1. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias.