Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2018 (13/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de diciembre de 2018 /

El Peruano

empresa hasta por el monto de S/ 7'774,954.00 (Siete millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles); Que, mediante Informe N° 173-2018-OTASS/OPP de fecha 26 de noviembre 2018, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del OTASS emitió opinión favorable para la indicada transferencia financiera; Que, con el Informe Legal N° 391-2018-OTASS/OAJ de fecha 10 de diciembre de 2018, la Oficina de Asesoría Jurídica del OTASS se pronuncia sobre la viabilidad legal de la transferencia solicitada; Que, con fecha 11 de diciembre de 2018, se suscribe el Convenio N° 041-2018/OTASS- EPS EMAPA CAÑETE S.A., entre el OTASS y la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., mediante el cual OTASS se obliga a efectuar una transferencia por el monto de S/ 7'774,954.00 (Siete millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), para el financiamiento de las fichas que se encuentran detalladas en el Anexo del citado Convenio; Que, en consecuencia y en aplicación con el numeral 220.1 del artículo 220 del Reglamento de la Ley Marco, y de la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, es necesario autorizar la transferencia financiera de recursos presupuestales del Pliego Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., mediante Resolución del Titular; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 25 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, es una función de la Dirección de Operaciones conducir la implementación del Régimen de Apoyo Transitorio, por lo que corresponde encargar a dicha Dirección el cumplimiento de la presente Resolución; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección de Operaciones y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1280, que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2018, Decreto Supremo Nº 019-2017-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo N° 017-2014-VIVIENDA, y la Resolución de Consejo Directivo N° 006-2018-OTASS/CD, que aprueba la Directiva N° 001-2018-OTASS/CD, Directiva para las Transferencias Financieras realizadas por el Organismos Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento ­ OTASS a las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal; SE RESUELVE: Artículo 1. Transferencia financiera a favor de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. Autorizar la transferencia financiera del Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, hasta por la suma de S/ 7'774,954.00 (Siete millones setecientos setenta y cuatro mil novecientos cincuenta y cuatro con 00/100 Soles), con cargo a los recursos asignados en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Municipal de Agua Potable y Alcantarillado de Cañete S.A., destinada a la ejecución de las acciones que se detallan en las fichas indicadas en el anexo de la presente resolución. Artículo 2. Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal 2018 de la Sección Primera: Gobierno central, del

Pliego 207: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Actividad 5.005678: Incorporación al régimen de apoyo transitorio y reflotamiento, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución deberán ser destinados exclusivamente, bajo responsabilidad, a los fines para los cuales son transferidos. Artículo 4. Monitoreo y seguimiento Encargar a la Dirección de Operaciones del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento o al órgano que haga sus veces, supervisar la correcta ejecución de los recursos transferidos y verificar el cumplimiento de los fines y metas para los cuales fueron entregados. Artículo 5. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y en el Portal Institucional del OTASS (www.otass.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR ANDRÉS PASTOR PAREDES Director Ejecutivo ANEXO ESTRUCTURA DE FINANCIAMIENTO DE ACCIONES INMEDIATAS­EMPRESA PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO MUNICIPAL DE AGUA POTABLE Y ALCANTARRILLADO DE CAÑETE S.A.
CAPACIDAD CÓDIGO DE FICHAS DESCRIPCIÓN Adquisición e implementación de Software Administrativo para la gestión de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. MONTO S/

F-01-GI

94,400

Comercial

F-09-GC

Ampliación del parque de micromedidores en el ámbito de la 3,477,803 EPS EMAPA CAÑETE S.A. Adquisición e implementación de Software comercial para la gestión de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. Adquisición de equipamiento para detección de fugas y reparación de redes en el ámbito de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. Renovación de unidades móviles para EMAPA CAÑETE S.A. Renovación de los sistemas de cloración del sistema de agua potable en el ámbito de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. Adquisición de equipo de bombeo de las estaciones de bombeo de agua para las localidades de Mala, San Antonio y Santa Cruz de Flores de la EPS EMAPA CAÑETE S.A. 165,200

F-10-GC

F-07-GO

888,177

F-08-GO

949,583

F-09-GO Operacional

545,971

F-10-GO

582,440

F-11-GO

Renovación de la línea de impulsión de la cámara de bombeo de desagüe 1,071,380 La Huaca ­ Mala EPS EMAPA CAÑETE S.A. 7,774,954

MONTO TOTAL A TRANSFERIR

1722614-3