Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2018 (13/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Jueves 13 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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a fin de realizar las adecuaciones correspondientes respecto a la Educación Técnico-Productiva; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en el marco de la potestad reglamentaria del Presidente de la República, los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo y por no menos de 5 (cinco) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se aprobó el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, cuyo artículo 14 señala, entre otros aspectos, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio; Que, a través del Informe N° 139-2018-MINEDU/VMGPDIGESUTPA la Dirección General de Educación TécnicoProductiva y Superior Tecnológica y Artística sustenta la necesidad de publicar el proyecto de "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, y lo adecúa a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1375, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28044 sobre Educación Técnico - Productiva y dicta otras disposiciones"; a fin de recibir los comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general, por un plazo de 5 (cinco) días calendario; ya que dicho proyecto es una norma de carácter general que tiene como finalidad fortalecer la Educación Técnico-Productiva a fin de elevar la empleabilidad y competitividad, especialmente de los jóvenes; Que, el citado proyecto normativo ha sido socializado con actores involucrados en la Educación TécnicoProductiva en diferentes espacios de diálogo a nivel nacional promovidos por el Ministerio de Educación y el Congreso de la República, habiéndose desarrollado en varias regiones un total de 16 mesas de trabajo, conversatorios y reuniones, donde los actores principales de la comunidad educativa de los Centros de Educación Técnico-Productiva proporcionaron diversos aportes. Además, se realizaron dos Mesas de Trabajo en el Congreso de la República, donde se recogieron aportes de los participantes; por lo que, corresponde efectuar la publicación del Proyecto normativo en mención en el portal electrónico del Ministerio de Educación por un plazo de 5 (cinco) días calendario; Con el visado del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, de la Secretaría General, de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de "Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED, y lo adecúa a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1375, que modifica diversos artículos de la Ley N° 28044 sobre Educación Técnico-Productiva y dicta otras disposiciones" y de su Exposición de Motivos, los cuales como anexos forman parte de la presente resolución, en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Establecer el plazo de 5 (cinco) días calendario contados a partir del día siguiente de la

publicación de la presente resolución, para recibir los comentarios y/o sugerencias de las entidades públicas y privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 3.- Los comentarios y/o sugerencias podrán ser presentados a través del siguiente enlace: http:// www.minedu.gob.pe/proyecto-reglamento-educaciontecnico-productiva, del portal institucional del Ministerio de Educación. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística, la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y/o sugerencias que se presenten. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1722864-1

Aceptan renuncia de Secretaria Nacional de la Juventud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 681-2018-MINEDU Lima, 12 de diciembre 2018 VISTOS, el Expediente N° OGRH2018-INT-0241584 y el Informe N° 365-2018-MINEDU/SG-OGRH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 642-2018-MINEDU, se designó a la Secretaria Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que resulta necesario aceptar la referida renuncia; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora GABRIELA JUDITH HUARI ESCURRA al cargo de Secretaria Nacional de la Juventud del Ministerio de Educación, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL ALFARO PAREDES Ministro de Educación 1722864-2

Designan Coordinadora de Equipo de la Unidad Gerencial de Estudios y Obras del Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 171-2018-MINEDU/VMGI-PRONIED Lima, 12 de diciembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura