Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2018 (13/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Jueves 13 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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Título Preliminar de la Ley Nº 27972-Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 8 del Artículo 9º de la Ley 27972Ley Orgánica de Municipalidades establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; así mismo en su numeral 9 señala que son atribuciones del Concejo Municipal, crear, modificar, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a Ley; Que, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas mediante Informe Nº 193-2018-MDC/GATR, considera importante crear una cultura de pago e incentivar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, por lo que es de opinión que debe premiarse la puntualidad de los contribuyentes en el pago del impuesto predial y arbitrios municipales, y que se beneficien participando en el sorteo denominado "La Municipalidad de Cieneguilla Premia tu Puntualidad". Que la Gerencia de Asesoría jurídica, mediante Informe Nº 279-2018-MDC/GAJ, de fecha 29 de noviembre de 2018, emite opinión favorable a la propuesta de Ordenanza que establece la premiación "La Municipalidad de Cieneguilla Premia tu Puntualidad". Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Memorando Nº 095-2018-MDC/GPP, otorga la disponibilidad presupuestal para la realización del sorteo denominado "La Municipalidad de Cieneguilla Premia tu Puntualidad". Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD, lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA PREMIACIÓN AL CONTRIBUYENTE CIENEGUILLANO PUNTUAL Artículo Primero.- Apruébese la realización del sorteo denominado "La Municipalidad de Cieneguilla Premia tu Puntualidad" con el objetivo de reconocer y estimular el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias, que consistirán en el sorteo de artefactos electrodomésticos, dirigido a aquellos contribuyentes que se encuentren al día en el pago del impuesto predial y arbitrios municipales, de acuerdo a lo establecido en las bases del sorteo, que se aprobarán mediante Decreto de Alcaldía. DISPOSICIONES FINALES Artículo Primero.- APROBAR LAS BASES DEL SORTEO DENOMINADO "LA MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA PREMIA TU PUNTUALIDAD'' que en anexo forma parte integrante de la presente ordenanza y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de la entidad www.municieneguilla.gob.pe. Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planificación y Presupuesto, Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación y a las demás Unidades Orgánicas, el cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza; a Secretaria General su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Subgerencia de

Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusión de la misma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA Alcalde 1722146-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza que aprueba la Política Ambiental Local del distrito de Independencia
ORDENANZA Nº 000385-2018-MDI Independencia, 26 de octubre del 2018 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTOS: En Sesión Ordinaria del Concejo de la fecha, Informe Técnico Nº 09-2018-JASG-GGA-MDI de la Gerencia de Gestión Ambiental, Memorando Nº 613-2018-GPPRMDI de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Racionalización, Informe Legal Nº 312-2018-GALMDI de la Gerencia de Asesoría Legal, Memorando Nº 1866-2018-GM-MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú establece sobre Política Ambiental en su artículos 67º de la Constitución Política del Perú, establecen que el Estado determina la Política Nacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú; modificado mediante Ley 28607 que aprueba la reforma constitucional XIV y del título XV sobre descentralización, establece que las municipalidades distritales son órganos de gobierno local, tiene autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido por el articulo II del título preliminar de la ley orgánica de municipalidades Nº 27972. Que, la Ley Nº 28611, ley general del ambiente, en su artículo 3º indica que el Estado a través de sus entidades y órganos diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos incentivos y sanciones que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha norma. Que, los numerales 24.1 y 24.2 del artículo 24º de la Ley Nº 28245 de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, precisa con relación al ejercicio de las funciones ambientales, que los gobiernos locales ejercen sus funciones ambientales sobre la base de sus leyes correspondientes, en concordancia con las políticas, normas y planes nacionales, sectoriales y locales y que corresponde a los gobiernos locales implementar el sistema local de gestión ambiental. Que, el sistema local de gestión ambiental (SLGA), constituye un conjunto de componentes humanos, administrativos y normativos que llevan a cabo la formulación de la política ambiental, así como la planificación, instrumentación, control, evaluación y seguimiento de las acciones de protección, conservación del ambiente y el manejo sostenible de los recursos naturales. Que, teniendo en cuenta la creación del Ministerio del Ambiente y la aprobación del D.S. Nº 012-2009-MINAM, política nacional del ambiente, como instrumento orientador y director en materia de gestión ambiental nacional, se establece una nueva estructuración de lineamientos, principios y objetivos.