Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 883936-1

2º. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 883220-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican Ordenanza de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA que aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recojo de Residuos Solidos, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 2013
ACUERDO DE CONCEJO Nº 163-2012 Callao, 21 de diciembre de 2012 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 98-2012-MPC/SR-CAM de la Comision de Administracion, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en el articulo 40 tercer parrafo y su Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 065-2012/GSG-MDLP la Municipalidad Distrital de La MORDAZA solicita la ratificacion de la Ordenanza Municipal Nº 014-2012-MDLP del 29 de octubre de 2012, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de barrido de calles, recojo de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo, para el ejercicio 2013, senalando que ha cumplido con remitir la documentacion que se detalla en la Ordenanza Nº 0000332005, que aprueba el procedimiento de ratificacion de ordenanzas distritales; Que, la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas, mediante Memorando Nº 2316-2012MPC-GGATR que hace MORDAZA el Informe Nº 1236-2012MPC-GGATR-GAT de la Gerencia de Administracion Tributaria y la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion, mediante Memorando Nº 826-2012-MPCGGAJC, son de opinion favorable a la ratificacion de la precitada ordenanza de la Municipalidad Distrital de la Perla; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 40 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y la Ordenanza Municipal Nº 000033 del 26 de octubre de 2005, que aprobo el Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales, el Concejo Municipal Provincial del Callao; ACUERDA: 1º. Ratificar la Ordenanza Municipal Nº 014-2012MDLP del 29 de octubre de 2012 de la Municipalidad Distrital de la MORDAZA, que aprueba el Regimen Tributario de los Arbitrios de barrido de calles, recojo de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo, para el ejercicio 2013.

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban beneficios para pensionistas y descuento por pronto pago de las tasas de arbitrios municipales establecidas para el ejercicio 2013
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 023-2012-CDB Bellavista, 23 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesion de fecha 23 de diciembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en su articulo 194º, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, asimismo en su articulo 74º les otorga la potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdiccion; concepto rescatado en la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, segun lo establece la MORDAZA MORDAZA del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, los arbitrios son tasas que se MORDAZA por la prestacion o mantenimiento de un servicio publico; Que, de acuerdo a lo establecido en la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida sobre el expediente Nº 0042-2004-AI/TC (...) los beneficios tributarios constituyen aquellos tratamientos normativos mediante los cuales el Estado otorga una disminucion, ya sea total o parcialmente, del monto de la obligacion tributaria, o la postergacion de la exigibilidad de dicha obligacion (...); Que, es el fin supremo de esta gestion brindar y ofrecer una buena calidad de MORDAZA a sus vecinos, asi como, fomentar la cultura tributaria fortaleciendo y premiando la iniciativa de los vecinos de cumplir con sus obligaciones tributarias de forma voluntaria, asimismo, velar por los vecinos que cuentan con la condicion de pensionistas de nuestra jurisdiccion; Que, el articulo 19º de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Legislativo Nº 776 y su Texto Unico Ordenado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 1562004-EF, establece que: "Los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que este destinado a vivienda de los mismos y cuyo ingreso MORDAZA este constituido por la pension que reciben y esta no exceda de 1 UIT mensual (...), considerandose que se cumple el requisito de unica propiedad, cuando ademas de la vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria constituida por la cochera; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º y articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y considerando los informes de la Gerencia de