Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Informatica la publicacion del presente dispositivo en el MORDAZA institucional de la Municipalidad. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RODA SCHEUCH DE MORDAZA Alcaldesa 883207-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Fijan tope en el incremento del arbitrio municipal de recoleccion de residuos solidos (Limpieza publica) para el Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 266-2012/MVES MORDAZA El MORDAZA, 11 de diciembre de 2012 POR CUANTO; El Concejo Distrital de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, VISTO: El Proyecto de Ordenanza que "Fija Tope en el Incremento del Arbitrio Municipal de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el Ejercicio 2013", el Informe N° 272-2012-GR/MVES de la Gerencia de Rentas, el Informe N° 461-2012-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe N° 218-2012GM/MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 072012 -CRF/MVES emitido por la Comision de Rentas y Fiscalizacion, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades; establece que los gobiernos locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, la autonomia MORDAZA indicada y las funciones de gobierno de las Municipalidades, son ejercidas por los Concejos Municipales a traves de la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado en el articulo 39° de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia con lo establecido en el articulo 200° numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, que otorga el rango de ley a las Ordenanza Municipales; Que, el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, asi como exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, al respecto la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo N° 156-2004-EF, establece en su articulo 69°, que la determinacion por servicios publicos o Arbitrios debe sujetarse a los criterios de racionalidad que permitan determinar el monto por el servicio prestado; Que, en merito a las normas legales expuestas la Municipalidad de MORDAZA El MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 258-MVES, modificada por la Ordenanza Nº 263MVES que aprobo el regimen tributario de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013, la misma que a la fecha se encuentra en MORDAZA de Ratificacion ante el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ordenanza N°1533MML;

Que, la Ordenanza Nº 258-MVES modificada por la Ordenanza Nº 263-MVES han sido emitidas considerando los parametros de caracter vinculante establecidos por el Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaidas en los expedientes Nº 041-2004-AI/TC y N° 053-2004-AI/TC; sin embargo la Gerencia de Rentas en su Informe Nº 2722012 GR/MVES; hace notar la necesidad de subvencionar parte de los costos de Arbitrios de los predios que reflejan un incremento sustancial en el presente ejercicio, a efectos de que el impacto sea asumido progresivamente en cada ano por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel optimo que evite perjuicios economico para los mismos. En tal sentido se propone fijar un tope del 20% en el incremento las Tasas de los Arbitrios Municipales de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica), respecto a las Tasas aplicadas por dicho concepto en el ano 2012 (Limpieza Publica), para todos los predios que excedan el porcentaje de incremento ya estimado; Que, la Comision de Rentas y Fiscalizacion del Concejo Municipal de MORDAZA El MORDAZA, en Sesion de Fecha 10 de Diciembre de 2012, y luego de la evaluacion de la propuesta efectuada con Informe N° 272-2012-GR/ MVES de la Gerencia de Rentas, considera pertinente proponer al Pleno de Concejo topes diferenciados de acuerdo a la actividad que sea destinado el predio, siendo asi opina recomendar un Tope en el Incremento del Arbitrio Municipal de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) para el Ejercicio 2013 de 20% para los predios destinados Actividades Industriales y 10% para predios destinados Actividades Comerciales, emitiendo bajo dichos parametros su Dictamen Nº 07-2012-CRF/ MVES; considerando que son las unicas Actividades que Registran Incrementos sustanciales en sus tasas de aplicacion; Que, en virtud de las normas legales glosadas y de las facultades otorgadas a las municipalidades en materia tributaria, se observa que se encuentra dentro de las competencias del corporativo fijar el tope propuesto por la Comision de Rentas y Fiscalizacion con Dictamen N° 07-2012-CRF/MVES, al incremento de Arbitrios de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) a fin de no perjudicar a los contribuyentes del distrito y de esta forma coadyuvar a promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias y por ende obtener una mayor recaudacion que permita financiar este servicio municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los articulos 40° y 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, contando con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 461-2012-OAJ/MVES, de la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 272-2012GR/MVES y la Comision de Rentas y Fiscalizacion mediante Dictamen Nº 07-2012 -CRF/MVES; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, el Pleno del Concejo Municipal aprobo POR MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA TOPE EN EL INCREMENTO DEL ARBITRIO MUNICIPAL DE RECOLECCION DE RESIDUOS SOLIDOS (LIMPIEZA PUBLICA) PARA EL EJERCICIO 2013 Articulo Primero.- FIJAR el Tope del 20% a los predios destinados a las Actividades Industriales y 10 % a los predios destinados a las Actividades Comerciales, en cuanto a los incrementos por las Tasas del Arbitrio Municipal de Recoleccion de Residuos Solidos (Limpieza Publica) establecidas en la Ordenanza Nº 258-MVES, modificada por la Ordenanza Nº 263-MVES respecto a las aplicadas en el ano 2012, para dicho Arbitrio, beneficiando a los predios que registran incrementos en sus Tasas de afectacion. Articulo Segundo.- FACULTESE al Sr. MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda dictar las normas complementarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el Subsidio generado por la aplicacion de la presente Ordenanza sera asumido integramente por la Municipalidad. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, a la Oficina General de Administracion y a la Sub Gerencia de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnologia de la Informacion y Estadistica, el cumplimiento