Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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migrantes, trabajo forzoso, trabajo infantil, discriminacion, estafa o falsificaciones. c) El cobro a los buscadores de empleo, sea en dinero, servicios o especie, MORDAZA, durante o despues de la colocacion laboral. d) El descuento parcial o total de las remuneraciones o compensaciones del buscador de empleo colocado, realizadas por los empleadores a beneficio de la agencia. e) La retencion de los documentos de identidad personal, nacional o extranjero, objetos personales, objetos de valor o similares, de los buscadores de empleo. f) La convocatoria de ofertas de empleo y/o la colocacion laboral, que constituyan, en cualquier medida, un engano para los buscadores de empleo o que encubran la trata de personas, trafico de migrantes, el trabajo forzoso o trabajo infantil. g) Incurrir o mantener conductas que impliquen discriminacion, anulacion, alteracion de igualdad de oportunidades o de trato en las ofertas de empleo. h) Otras causales establecidas por MORDAZA expresa. Tambien procedera la cancelacion de la inscripcion en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo RENAPE en caso de reincidencia en el incumplimiento de alguna de las obligaciones a que se refiere el articulo 6° de la presente norma. La infraccion reiterada se configura cuando en un MORDAZA procedimiento inspectivo se acredita la existencia de infracciones a las referidas obligaciones, sin que sea necesario que los procedimientos inspectivos MORDAZA del mismo tipo. El Organo Responsable del Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo ­ RENAPE, dispone la cancelacion del registro mediante resolucion motivada, remitiendo una MORDAZA de la misma a la Autoridad Municipal para la clausura transitoria o definitiva del establecimiento de la Agencia Privada de Empleo, de conformidad con el articulo 49º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. La Agencia Privada de Empleo cuyo registro hubiera sido cancelado se encuentra impedida de solicitar MORDAZA registro, por un plazo de seis (06) meses de expedido el pronunciamiento definitivo respectivo. Articulo 16°.- Obligacion de publicar el domicilio y numero de inscripcion en el RENAPE Las Agencias Privadas de Empleo indicaran en las publicaciones sobre ofertas de empleo que efectuen por cualquier medio de difusion, el numero de inscripcion en el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo ­ RENAPE y el domicilio de la agencia. TITULO III SISTEMA VIRTUAL DE REGISTRO DE OFERTANTES Y BUSCADORES DE EMPLEO Articulo 17°.- Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo. El Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo proporciona informacion estadistica sobre el comportamiento del MORDAZA de trabajo derivado de la colocacion laboral que realizan las Agencias Privadas de Empleo y constituye una herramienta de utilidad para disenar las politicas nacionales o regionales de empleo. Asimismo, el Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo contribuye al cumplimiento de la funcion de las Agencias Privadas de Empleo de dinamizar el MORDAZA de trabajo, y facilita la vinculacion de los ofertantes de empleo con los buscadores de empleo. Articulo 18°.- Obligaciones de las Agencias Privadas de Empleo relativas al Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo La informacion relacionada a la gestion de la colocacion laboral en el territorio nacional o en el extranjero, es ingresada por las Agencias Privadas de Empleo en el Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo, la cual debera contener los siguientes datos: a) En el caso de la colocacion en el territorio nacional: - Datos de la agencia.

- Datos de los ofertantes de empleo: nombre o razon social, documento de identidad del representante legal, numero de RUC. - Datos de la oferta de empleo: Temporal o a plazo indeterminado, sector de la actividad, puesto, lugar en que se desarrollara la prestacion. - Datos del buscador de empleo colocado: nombres y apellidos, documento nacional de identidad, sexo, edad, nivel educativo, profesion, ocupacion del trabajador colocado, estado civil. - Datos del puesto solicitado: sector de la actividad economica, puesto u ocupacion. - Colocaciones realizadas: fecha de colocacion, remuneracion ofrecida, sector de la actividad economica, lugar en el que se desarrollara la prestacion efectiva del trabajo. - N° de colocaciones realizadas. - N° de trabajadores colocados y fecha de colocacion. - N° de ofertas registradas. - N° de ofertantes atendidos. - N° de solicitudes enviadas. - N° de buscadores atendidos. - N° de solicitudes rechazadas detallando el motivo b) En el caso de la colocacion para el extranjero, ademas de los datos anteriores: - Periodo de contratacion. - Fecha de viaje al MORDAZA de destino. El acceso de las agencias privadas al Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo se realiza mediante la clave SOL. La informacion debe ser remitida al Organo Responsable del Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo con periodicidad mensual dentro de los cinco (5) dias habiles del mes siguiente, con excepcion de la informacion relativa a las colocaciones en el extranjero, las mismas que deberan ser informadas dentro del MORDAZA dia de realizada la colocacion. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Lo senalado en la presente MORDAZA se aplica, en todo lo que fuera pertinente, a las modalidades formativas laborales o instituciones analogas en el extranjero. Segunda.- La informacion contenida en el Sistema Virtual de Registro de Ofertantes y Buscadores de Empleo referida a colocaciones laborales, en el ambito nacional y extranjero, debera ser procesada y sistematizada por los organos competentes del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. En el caso de colocaciones realizadas para el extranjero, el organo competente debera informar al Ministerio de Relaciones Exteriores para las acciones que considere pertinentes. Tercera.-La Direccion General del Servicio Nacional del Empleo en coordinacion con la Direccion General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo o dependencias que MORDAZA sus veces en los gobiernos regionales, a traves de las Direcciones Regionales de Trabajo y Promocion del Empleo, o las que MORDAZA sus veces, desarrollaran cursos gratuitos de capacitacion y medios de difusion dirigidos a informar sobre ofertas de empleo discriminatorias asi como a detectar ofertas de empleo que puedan encubrir actos vinculados con trata de personas, trafico de migrantes, trabajo forzoso o trabajo infantil. Cuarta.- Se entiende por condenas penales vinculadas a la trata de personas, trafico de migrantes, trabajo forzoso, trabajo infantil, discriminacion, estafa o falsificaciones; a aquellas condenas por los delitos contenidos en el Capitulo III del Titulo III, capitulos I, VII, IX, X, XI y XII del Titulo IV, capitulos V y VII del Titulo V, capitulo IV del Titulo XII, capitulo IV del Titulo XIV ­ A y capitulos I, II y III del Titulo XIX del Libro MORDAZA del Codigo Penal aprobado por Decreto Legislativo N° 635. Quinta.- Para el otorgamiento de la Licencia Municipal de Funcionamiento a las Agencias Privadas de Empleo, los Gobiernos Locales deben solicitar la MORDAZA de inscripcion expedida por el Organo Responsable del Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo ­RENAPE, debiendo ser incorporado este tramite en el