Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

incorporan conforme al numeral 41.2 del articulo 41 de la Ley General. En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales dichos intereses se incorporan en los respectivos presupuestos, en la fuente que los genera salvo que se este ejecutando la garantia de aval por parte del Estado, en cuyo caso los intereses deben ser depositados en el Tesoro Publico, los cuales seran devueltos por este ultimo al respectivo Gobierno Regional o Local, segun sea el caso, a la cancelacion del prestamo avalado. 43.3 Los fondos publicos provenientes de intereses correspondientes a Donaciones y Transferencias se utilizan de acuerdo a los terminos establecidos en los respectivos Convenios y Contratos que hubieren dado lugar a dichas operaciones. Subcapitulo IV Reserva de Contingencia. Articulo 44.- Reserva de Contingencia Las Leyes de Presupuesto del Sector Publico consideran una Reserva de Contingencia que constituye un credito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas, destinada a financiar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos. El importe del credito presupuestario global no sera menor al uno por ciento (1%) de los ingresos correspondientes a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que financia la Ley de Presupuesto del Sector Publico. Articulo 45.- Modificaciones con cargo a la Reserva de Contingencia Las Transferencias o Habilitaciones que se efectuen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Las modificaciones presupuestarias destinadas a la distribucion interna se autorizan por Resolucion del Titular del Pliego Presupuestario. CAPITULO V EVALUACION PRESUPUESTARIA Articulo 46.La Fase de Evaluacion Presupuestaria En la fase de Evaluacion Presupuestaria, en adelante Evaluacion, se realiza la medicion de los resultados obtenidos y el analisis de las variaciones fisicas y financieras observadas, en relacion a lo aprobado en los presupuestos del Sector Publico, utilizando instrumentos tales como indicadores de desempeno en la ejecucion del gasto. Esta evaluacion constituye fuente de informacion para fase de programacion presupuestaria, concordante con la mejora de la calidad del gasto publico. Articulo 47.- Evaluacion a cargo de las Entidades 47.1 Las Entidades deben determinar los resultados de la gestion presupuestaria, sobre la base del analisis y medicion de la ejecucion de ingresos, gastos y metas asi como de las variaciones observadas senalando sus causas, en relacion con los programas, proyectos y actividades aprobados en el Presupuesto. 47.2 La Evaluacion se realiza en periodos semestrales, sobre los siguientes aspectos: a) El logro de los Objetivos Institucionales a traves del cumplimiento de las Metas Presupuestarias previstas. b) La ejecucion de los Ingresos, Gastos y Metas Presupuestarias. c) Avances financieros y de metas fisicas. 47.3 La Evaluacion del primer semestre se efectua dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendario siguientes al vencimiento del mismo. La Evaluacion de los dos semestres se realiza dentro de los cuarenta y cinco (45) dias calendario siguientes de culminado el periodo de regularizacion. 47.4 En la evaluacion presupuestal de ejecucion del Presupuesto del Sector Publico, las entidades publicas incorporaran, en el analisis, la incidencia en politicas de equidad de genero.

El Poder Ejecutivo definira, progresivamente, las entidades publicas, y los programas, actividades y proyectos que incorporen en la evaluacion presupuestal dicha incidencia. 47.5 Este enfoque se incorpora como criterio de analisis en las evaluaciones del Sistema Nacional de Inversion Publica, en los casos de proyectos productivos y de promocion para acceder al MORDAZA, credito, trabajo y, a servicios sociales basicos de educacion, salud y justicia. Articulo 48.- Evaluacion en terminos financieros a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas 48.1 El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General del Presupuesto Publico, efectua la Evaluacion en terminos financieros y en periodos trimestrales, la cual consiste en la medicion de los resultados financieros obtenidos y el analisis agregado de las variaciones observadas respecto de los creditos presupuestarios aprobados en la Ley de Presupuesto del Sector Publico. 48.2 Dicha Evaluacion se efectua dentro de los treinta (30) dias calendario siguientes al vencimiento de cada trimestre, con excepcion de la evaluacion del MORDAZA trimestre que se realiza dentro de los treinta (30) dias siguientes de culminado el periodo de regularizacion. Articulo 49.- Evaluacion Global de la Gestion Presupuestaria 49.1 La evaluacion global de la Gestion Presupuestaria se efectua anualmente y esta a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General del Presupuesto Publico, la que a su vez realiza las coordinaciones necesarias con la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico y la Direccion General de Asuntos Economicos y Sociales, entre otras dependencias y Entidades. 49.2 La evaluacion global consiste en la revision y verificacion de los resultados obtenidos durante la gestion presupuestaria, sobre la base de los indicadores de desempeno y reportes de logros de las Entidades. 49.3 La Evaluacion global se efectua dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al plazo de la evaluacion de los dos semestres al que se hace referencia en el articulo 46.3. Articulo 50.- Remision y Publicacion Las evaluaciones MORDAZA indicadas se presentan, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes de vencido el plazo para su elaboracion, a la Comision de Presupuesto y Cuenta General de la Republica del Congreso de la Republica y a la Contraloria General de la Republica. En el caso de las evaluaciones a cargo del Ministerio de Economia y Finanzas, se presenta dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de vencido el plazo para su elaboracion. La Evaluacion Global de la Gestion Presupuestaria sera publicada por el Ministerio de Economia y Finanzas en el MORDAZA de Transparencia Economica. Articulo 51.- Suministro de Informacion Todas las Entidades Publicas estan obligadas a brindar la informacion necesaria para la medicion del grado de realizacion de los objetivos y metas que les correspondan alcanzar, conforme lo solicite el Ministerio de Economia y Finanzas a afectos de desarrollar las evaluaciones que le compete. CAPITULO VI DE LOS PRESUPUESTOS DE LOS GOBIERNOS REGIONALES, GOBIERNOS LOCALES, SUS ORGANISMOS PUBLICOS DESCENTRALIZADOS Y SUS EMPRESAS, FONAFE Y SUS EMPRESAS Y ESSALUD Articulo 52.- Programacion y Formulacion 52.1 La programacion de los presupuestos en los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, FONAFE y sus empresas se rige por el criterio de estabilidad en base a las reglas fiscales y el MORDAZA Macroeconomico Multianual a que se refiere la Ley de Responsabilidad