Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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solicitado por los Gobiernos Regionales, informacion que se encuentra detallada en el Anexo A; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 235-2012-EF se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 786 184.00 (SETECIENTOS OCHENTA YSEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atencion de desastres se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, las mismas que seran obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo A; De conformidad con la Ley Nº 29813 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modificatorias, la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012", aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 001-2012EF/63.01; Con la visacion de la Sub Jefatura, de las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto, Administracion y de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs 005-2003-PCM y 095-2005PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion, la Transferencia Financiera de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de S/. 786 184.00 (SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES), con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 235-2012-EF, a favor de las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo A para la ejecucion de las Actividades de Emergencia, respectivamente, que forman parte integrante de la presente Resolucion. El monto total transferido a las Unidades Ejecutoras conforme aparece en el Anexo A, deben ser respetados en la etapa de ejecucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion del INDECI, el tramite de la Transferencia Financiera aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas fisicas y financieras materia de la presente Resolucion. Articulo 4º.- La Unidad Ejecutora reportara mensualmente al INDECI los avances hasta la culminacion de la Actividad de Emergencia. Articulo 5º.- La Unidad Ejecutora beneficiada debera sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos en la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, aprobada por Resolucion Directoral Nº 001-2012-EF/63.01 para la ejecucion de las Actividades de Emergencia, autorizadas por el Ministerio de Economia y Finanzas con el Decreto Supremo Nº 235-2012-EF, cuyo incumplimiento derivara en las responsabilidades y acciones legales a las que hubiere lugar. Articulo 6º.- Encargar a la Direccion Nacional de Logistica la publicacion de la presente Resolucion Jefatural en el Diario Oficial "El Peruano". Adicionalmente, encargar a la Oficina de Estadistica y Telematica la publicacion en

el MORDAZA Institucional (www.indeci.gob.pe), del Anexo A, referidos a la ejecucion de las Actividades de Emergencia, el mismo dia de publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 7º.- Disponer que la Secretaria General e Imagen Institucional registre la presente Resolucion en el Archivo General del INDECI, y remita MORDAZA autenticada por Fedatario a las Unidades Ejecutoras descritas en el Anexo A, a la Sub Jefatura, a las Oficinas de Asesoria Juridica, de Planificacion y Presupuesto y de Administracion y a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA E. MURGUEYTIO MORDAZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 883266-2

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Prorrogan vigencia de la designacion de cinco Vocales de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU
RESOLUCION DEL CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 273-2012-OS/CD MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 067-2007-OS/CD, se aprobo el Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN que rige el funcionamiento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios ­ JARU, tribunal administrativo que en MORDAZA y MORDAZA instancia se encarga de atender las apelaciones inherentes a los reclamos de usuarios de los servicios publicos energeticos; Que, posteriormente, mediante resoluciones del Consejo Directivo numeros 477-2008-OS/CD, 175-2010OS/CD y 227-2012-OS/CD, el Consejo Directivo aprobo modificaciones al MORDAZA mencionado Reglamento de los Organos Resolutivos de OSINERGMIN; Que, el proximo 24 de enero de 2013 se cumplira el periodo de vigencia de cinco (5) de los Vocales integrantes de la JARU, resultando por tanto necesario que el Consejo Directivo de OSINERGMIN se pronuncie sobre el particular a fin de que el mencionado organo continue operando con normalidad; Que, a la fecha se estan analizando los posibles mecanismos para la futura eleccion de los Vocales de JARU, con el fin de establecer un procedimiento que permita una seleccion transparente e idonea de los mismos, aspecto que debera ser evaluado y aprobado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN; Que, atendiendo a lo expuesto, se dispone prorrogar de forma excepcional y temporal el periodo de vigencia de los cinco (5) Vocales anteriormente referidos hasta el 31 de marzo de 2013; Que adicionalmente, resulta oportuno consignar en la presente resolucion, el periodo de vigencia de los otros dos (2) Vocales de JARU, designados por el Consejo Directivo de OSINERGMIN mediante Resolucion N° 0442012-OS/CD; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores