Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

484817

No Financieros, con el objeto de habilitar recursos para la contratacion de personas bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios (CAS), regulada por el Decreto Legislativo 1057 y modificatorias. 6. MEDIDAS SERVICIOS EN MATERIA DE BIENES Y

6.1. Los gastos por viaticos o cualquier otra asignacion de naturaleza similar, por viajes dentro o fuera del MORDAZA no superaran los importes autorizados en la normativa especifica aprobada, debiendose precisar que los viaticos tienen la finalidad de sufragar los gastos de alimentacion, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar del embarque) y la movilidad utilizada para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comision de servicios. 6.2. En el caso de los viajes al exterior de funcionarios y trabajadores de SUNASS con cargo al presupuesto institucional, estos se autorizaran de acuerdo a lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013. 6.3. El gasto mensual por servicios de telefonia movil y servicio de MORDAZA multiples de seleccion automatica ("troncalizado") no excedera al monto resultante de la multiplicacion del numero de equipos por S/.200.00 (Doscientos y 00/100 nuevos soles), el cual incluye el costo por el arrendamiento de los equipos, asi como el valor agregado al servicio, segun sea el caso. La mencionada restriccion no sera aplicable al Presidente del Consejo Directivo, Gerente General ni para el ejercicio de las funciones de supervision y fiscalizacion. 6.4. Solo se permitira el fotocopiado, impresion y anillado de documentos relacionados con la labor asignada a cada trabajador como parte de las actividades que le son inherentes a la funcion que realiza. 7. DEL MECANISMO DE CONTROL INTERNO 7.1. La Gerencia de Administracion y Finanzas ejercera la supervision y coordinacion del cumplimiento de la presente directiva proponiendo a la Gerencia General las acciones correctivas que cada caso amerite. 7.2. Corresponde al Organo de Control Institucional verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente directiva, de acuerdo a sus atribuciones y MORDAZA de competencia funcional. MORDAZA MORDAZA, 26 de diciembre de 2012 883204-1

"(...) ACORDO: 1. ESTABLECER como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos juridicos 29º y 30º de la presente resolucion. (...)" 883791-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Aprueban MORDAZA Metrologica Peruana sobre medidores de gas
RESOLUCION DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA Nº 007-2012/SNM-INDECOPI MORDAZA, 27 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 45º y a la MORDAZA Disposicion complementaria de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Servicio Nacional de Metrologia, establecer y aprobar las Normas de Metrologia Legal; Que, cada vez es mas frecuente el empleo de medidores de gas, surgiendo con ello la necesidad de contar con parametros metrologicos aplicables a este MORDAZA de instrumentos de medicion; Que, tratandose de medidores de gas, en la actualidad se vienen empleando en el MORDAZA las Recomendaciones Internacionales OIML R31 y OIML R137 a la aprobacion de modelo y a la verificacion de medidores de gas; Que, a nivel internacional los paises vienen adecuando sus sistemas de supervision y control a las Recomendaciones Internacionales OIML vigentes, otorgando periodos de implementacion para su entrada en MORDAZA, por lo que la aplicacion de la Recomendacion Internacional OIML R137 aun no se hace efectiva; Que, mediante Informe Tecnico SNM Nº 0192012, del 2012-12-21 se propone la adecuacion de la Recomendacion Internacional OIML Nº 137, como MORDAZA Metrologica Peruana. Que, las empresas concesionarias o prestadoras de servicios de gas natural requieren un plazo para adecuar sus procesos de adquisicion de medidores de gas a las exigencias de la nueva MORDAZA metrologica NMP 016:2012; Que, la coexistencia en el MORDAZA de medidores de gas con parametros metrologicos distintos hace necesario dictar normas que faciliten la implementacion de la nueva MORDAZA metrologica NMP 016-2012 y precisar los terminos en que dicha implementacion debe llevarse a cabo tomando en cuenta la existencia de medidores de gas disenados bajo parametros metrologicos anteriores a la MORDAZA citada; Que, el Proyecto de MORDAZA Metrologica Peruana PNMP 016:2012 "MEDIDORES DE GAS. Parte 1: Requisitos metrologicos y tecnicos. Parte 2: Controles metrologicos y ensayos de funcionamiento" fue elaborado de acuerdo al Procedimiento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Metrologicas Peruanas y sometido a consulta publica a diversas organizaciones involucradas. Que, habiendose recibido observaciones al Proyecto de MORDAZA Metrologica Peruana, y luego de la evaluacion correspondiente, y estando en las facultades conferidas por el Decreto Legislativo 1033, la Ley 23560 y sus normas reglamentarias,

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SALA PLENA Nº 002-2012-SERVIR/TSC Mediante Oficio Nº 1826-2012-SERVIR/GG, la Autoridad Nacional del Servicio Civil solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 002-2012-SERVIR/ TSC, publicada en la edicion del dia 20 de diciembre de 2012. DICE: "(...) ACORDO: 1. ESTABLECER como precedentes administrativos de observancia obligatoria los criterios expuestos en los fundamentos juridicos 30º y 31º de la presente resolucion. (...)"