Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2012 (30/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 30 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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a) El respeto por los principios de legalidad, transparencia, buena fe, imparcialidad, participacion y respeto. b) Cada usuario de agua emitira su MORDAZA en forma libre, directa y secreta. Se garantiza la participacion de todos los usuarios de agua habiles. c) El estatuto de las juntas, comisiones y comites de usuarios estableceran si existe la reeleccion inmediata de los directivos en ejercicio. En este caso la reeleccion solo podra ser establecida para un periodo adicional. d) Las autoridades elegidas gozaran de autonomia en su actuacion e independencia en sus decisiones, dentro del MORDAZA de sus funciones y las disposiciones del presente Reglamento y sus estatutos. Articulo 29.- Duracion del mandato del consejo directivo 29.1 El mandato de los consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua tendra una duracion de tres (03) anos y su eleccion sera a traves de procesos democraticos, que se regiran por las disposiciones contenidas en este Titulo y el estatuto de la organizacion. 29.2 Vencido el mandato del Consejo Directivo, este se entiende si legitimado unicamente para convocar el MORDAZA eleccionario. En este supuesto, los directivos en ejercicio asumiran la responsabilidad, civil o penal por el incumplimiento en las funciones de la organizacion de usuarios. Articulo 30.- Plazos Las elecciones para elegir los consejos directivos de las organizaciones de usuarios de agua se realizaran en el MORDAZA semestre del ano en que vence el mandato y en los plazos maximos siguientes: a) Para consejo directivo de comites de usuarios, hasta el MORDAZA MORDAZA del mes de diciembre del ano electoral. b) Para consejo directivo de comisiones de usuarios, hasta el MORDAZA MORDAZA de octubre del ano electoral. c) Para consejo directivo de la Junta de Usuarios, hasta el MORDAZA MORDAZA de noviembre del ano electoral. Articulo 31.- Asignacion de Votos Todo usuario de agua tiene derecho a un MORDAZA en la eleccion de sus directivos, salvo que el estatuto de la organizacion establezca otra modalidad para la asignacion de votos. Articulo 32.- Requisitos para postular a un cargo directivo Los usuarios de agua que postulen a cargos directivos deberan cumplir los siguientes requisitos: a) Ser usuario habil, conforme a lo establecido en el articulo 3, numeral 3.2 del presente reglamento. b) Tratandose de personas naturales ser mayor de 18 anos y tener como minimo educacion primaria. c) Ejercer el derecho de uso de agua de manera directa y residir en el ambito de la junta de usuarios a la que pertenece. d) De haber sido directivo de la organizacion a la que postula en un periodo anterior, debera presentar MORDAZA del acta de entrega de cargo de su gestion. e) Declaracion jurada de no haber sido sancionado con resolucion firme, por infraccion a la Ley y su Reglamento en los ultimos tres (03) anos. El plazo se computa a partir de la fecha en que la resolucion quedo consentida administrativa o judicialmente. f) Declaracion jurada de no haber sido condenado por delito doloso durante los ultimos cinco (05) anos. g) Las demas que se establezcan en el estatuto de la organizacion. Articulo 33.- MORDAZA y entrega de cargo 33.1 Al asumir el cargo, los directivos de las comisiones y juntas de usuarios deberan presentar a la organizacion de usuarios sus declaraciones juradas de bienes y rentas, con firma legalizada notarialmente o a falta de este ante el Juez de Paz Letrado del ambito de la organizacion. 33.2 Dentro de los quince (15) dias habiles, la directiva saliente debera hacer entrega de cargo de bienes

patrimoniales, documentacion, y estados financieros y otros aspectos relacionados con la organizacion, suscribiendose el acta respectiva. El incumplimiento MORDAZA merito a la interposicion de las acciones legales, civiles o penales, por la organizacion afectada. Articulo 34.- Inscripcion de los consejos directivos electos 34.1 La Autoridad Nacional del Agua inscribe en el Registro Nacional de Organizaciones de Usuarios de Agua a los consejos directivos de las organizaciones de usuarios con el solo merito de la MORDAZA de la MORDAZA de inscripcion registral en el Registro de Personas Juridicas ­ Libro Asociaciones. 34.2 Por ser las organizaciones de usuarios de agua asociaciones civiles, la Administracion Local de Agua, carece de facultades para modificar los resultados de las elecciones de los consejos directivos; por tal razon cualquier impugnacion contra dichos acuerdos tendra que resolverse en la via judicial. Articulo 35.- Inicio de funciones de los directivos electos Los directivos electos se integraran a las sesiones del consejo directivo saliente, para efectos de tomar conocimiento del funcionamiento organizacional, sin voz ni MORDAZA y coordinar acciones necesarias para la transferencia del cargo, la que se efectuara a mas tardar el 31 de diciembre del ano en que culmina el mandato. Articulo 36.- Elecciones del Consejo Directivo de los comites de usuarios Los directivos de los comites de usuarios seran elegidos a traves de procesos democraticos que se realizaran de acuerdo con las disposiciones establecidas en su estatuto y en el presente Reglamento en lo que corresponda. CAPITULO II ELECCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO DE LAS COMISIONES DE USUARIOS Articulo 37.- Convocatoria a elecciones 37.1 El MORDAZA de elecciones del consejo directivo de la comision de usuarios se inicia con la convocatoria efectuada por el presidente del consejo directivo en ejercicio, con una anticipacion no menor de noventa (90) dias naturales a la fecha de la eleccion. 37.2 La convocatoria sera efectuada a traves del diario de mayor circulacion o de otros medios de comunicacion masiva de la localidad y a traves de avisos colocados en los locales del Ministerio de Agricultura, Direcciones o Gerencias Regionales de Agricultura, de la Administracion Local de Agua y de las organizaciones de usuarios. 37.3 Asimismo, la convocatoria debera indicar la fecha, hora y lugar de la asamblea general extraordinaria para la eleccion del Comite Electoral, la que se realizara en un plazo no mayor a diez (10) dias naturales de efectuada la convocatoria. Articulo 38.- Del Comite Electoral 38.1 El Comite Electoral es el responsable de conducir el MORDAZA para la eleccion del consejo directivo de la comision de usuarios. A tal efecto, aprueba el cronograma electoral, de acuerdo con las etapas del MORDAZA y plazos maximos establecidos en el presente Reglamento. Sus decisiones se registraran en el Libro de Actas del Comite Electoral, legalizado por notario publico o juez de paz del ambito de la comision de usuarios, en caso de ausencia del primero. 38.2 El Comite Electoral esta integrado por tres miembros, un Presidente, un Secretario y un Vocal y tres suplentes, elegidos entre los usuarios habiles de la asamblea general que no postulen a un cargo directivo, quienes asumiran el cargo a partir de su eleccion. En caso de ausencia o renuncia de algun miembro titular, dicha vacante sera asumida por los miembros suplentes. 38.3 La eleccion de los miembros del Comite Electoral, sera en asamblea general extraordinaria que se llevara a cabo en la fecha establecida en la convocatoria a elecciones indicada en el numeral 37.3 del articulo 37