Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de febrero de 2016 /

El Peruano

y Presupuesto que hayan sido seleccionados por el Consejo de Coordinación Local Distrital. El Equipo Técnico tendrá como responsabilidad: 1. Conducir el proceso del Presupuesto Participativo. 2. Brindar soporte técnico durante el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo. 3. Realizar el trabajo de evaluación técnica de los problemas priorizados y dar planteamiento de alterativas de solución. 4. Coordinar y desarrollar la evaluación técnica y financiera de los proyectos priorizados 5. Preparar y presentar la Lista de Proyectos que aprobaron la evaluación técnica y financiera. 6. Elaborar el documento final de "Documento del Presupuesto Participativo para del Año Fiscal 2017" 7. Presentar y sustentar ante el CCLD los resultados del Presupuesto Participativo. d) Plan de Desarrollo Concertado.- Instrumento de Gestión, que contiene la visión desarrollo de la Ciudad, sus objetivos estratégicos y las metas por cumplir a corto y mediano plazo; así como las actividades y proyectos a realizar; todo esto deberá ser concertado entre las autoridades y la sociedad civil. e) Plan Estratégico Institucional.- Es un instrumento orientador de la Gestión o que hacer institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, formulado desde una perspectiva Multianual que contiene la Visión de Desarrollo de la Ciudad, sus Objetivos Estratégicos y acciones a realizar concertadas en el Plan de Desarrollo Concertado y Presupuesto Participativo. f) Objetivos del Presupuesto Participativo.­ Hacer más eficiente la asignación y ejecución en el gasto de los recursos municipales y regionales en base a resultados de acuerdo a las prioridades consideradas en los objetivos de los Planes de Desarrollo Concertado y en los Programas Estratégicos del Presupuesto por Resultados, teniendo como valor principal el involucrar a la población en una perspectiva de participación, pero también haciéndola responsable de mejorar los ingresos, es decir un participación con responsabilidad tributaria. ­ Reforzar la relación entre la municipalidad y sus ciudadanos y organizaciones a fin de que los proyectos de inversión estén orientados y claramente articulados a productos y resultados específicos que la población necesite. ­ Involucrar y participar a la sociedad civil en la gestión municipal y regional. g) Talleres de Trabajo.- Son las reuniones de Trabajo convocadas por la corporación municipal, con la participación de los Agentes Participantes, en la cual, y sobre la base de la Visión y los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado y el Plan Bicentenario al 2021; se analizan los problemas y potencialidades, y se plantean las acciones a realizar. h) Comité de Vigilancia.- Está compuesto por cuatro (4) miembros que representan a la sociedad civil, debiendo ser de diferentes zonas, elegidos por los agentes participantes y se encargarán de hacer acciones de vigilancia ciudadana en el proceso Tendrán vigencia durante el ejercicio fiscal para el cual fueron elegidos. Su trabajo es Ad-Honoren, por tanto no recibirán retribución pecuniaria alguna. Los miembros del Comité de Vigilancia son elegidos por los agentes participantes en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos, debiendo ser reconocidos formalmente por el Concejo Distrital de Puente Piedra, para lo cual deberán cumplir con los requisitos establecidos en la normativa legal vigente. TÍTULO II CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 6º.- Procedimiento El Proceso del Presupuesto Participativo será dirigido por funcionarios de la Municipalidad Distrital de Puente

Piedra, que conforma el Equipo Técnico, procederán a las siguientes etapas: 1. Etapa de la Preparación.- El Proceso estará a cargo del Equipo Técnico; en tanto que la Convocatoria estará a cargo del Alcalde en su calidad de presidente del Concejo de Coordinación Local Distrital, la convocatoria se inicia con la apertura del Libro de Agentes Participantes, así como, la invitación respectiva para inscribirse y participar al Proceso Participativo, debiendo utilizarse los medios de comunicación que aseguren la participación de los representantes de las distintas entidades del estado y de la sociedad civil de todos los sectores del distrito debidamente acreditadas. 2. Etapa de Convocatoria.- Se publicará la Ordenanza que aprueba el Proceso Participativo en el Diario Oficial "El Peruano" y otro de circulación masiva, convocando a la población debidamente organizada y las organizaciones públicas y privadas que ejecutan acciones en el Distrito de Puente Piedra, entidades y organismos de cooperación técnica y autoridades del distrito a participar del Proceso de Programación y Aprobación del Presupuesto Participativo de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. El aviso detallará el procedimiento a desarrollar en las etapas del Proceso, a saber la Capacitación de los Agentes Participantes, y la celebración de los Talleres de Trabajo, el que contendrá la agenda temática a desarrollarse en esas etapas; de manera de alcanzar la mayor intervención participativa posible, y permitir luego al Equipo Técnico evaluar las propuestas y proceder a formalizar los Acuerdos, mediante la elaboración de las Actas respectivas, y demás documentación que demanda el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01. 3. Etapa de Identificación y Registro de Agentes Participantes.- Se registrarán los interesados en las fechas que oportunamente se señalen en el aviso de convocatoria, para participar en el Proceso del Presupuesto Participativo; inscribiéndose en la Gerencia de Participación Vecinal o en la página web de la Municipalidad de Puente Piedra y/o acercándose a las oficinas que se indiquen en dicho aviso; en donde deberán de acreditar su participación. 3.1 Requisitos Participantes: para Acreditación de Agentes

Para la acreditación de los agentes participantes es necesario ser representante de una Organización de la Sociedad Civil, acreditados por la Gerencia de Participación Vecinal; Los requisitos que deberán presentar los representantes de la sociedad civil, son de carácter obligatorio y serán los siguientes: a) Ficha de Inscripción, con carácter de Declaración Jurada. b) Fotocopia fedateada o legalizada del documento registral con antigüedad no mayor a tres meses o del libro de Actas de la Organización que demuestre ser una organización de alcance Distrital y acredite vida institucional no menor de doce meses antes de la fecha de la solicitud de inscripción. c) Constancia de inscripción de la organización en Registros Públicos y/o Registro Municipal. d) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI) del Agente Participante. 3.2 Son responsabilidades Participantes las siguientes: de los Agentes

a) Asistir puntualmente y participar responsablemente en las diferentes actividades programadas según la secuencia del proceso. b) Contribuir con opiniones y aportes. c) Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos, en la cual se recopilan las propuestas deliberadas y aprobadas en los talleres. 3.3 De los Agentes Participantes representantes de organizaciones inscritas en el proceso Los agentes participantes podrán: a) Participar en los diferentes talleres de trabajo, capacitación y coordinación, planteando sus propuestas, iniciativas y aportes para el desarrollo del proceso.