Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Jueves 18 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ingeniería Civil, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 1345853-12 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7632-2015-CU-UNFV San Miguel, 20 de abril de 2015 Visto, el expediente con NT. 04172 de fecha de recepción 15.01.2015, seguido por don HUGO RAÚL BARTUREN BECERRA, egresado de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil de la Facultad de Ingeniería Civil, mediante el cual solicita el duplicado de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante la cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 15.01.2015, don HUGO RAÚL BARTUREN BECERRA, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil, el cual fue expedido por esta Universidad el 08.08.2000, señala que el día 05.01.2015 sufrió la pérdida de documentos y otros en el distrito de Zárate, entre los que se encontraba la pérdida de su diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la copia de la denuncia policial y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Resolución C.R. Nº 2342-2000UNFV de fecha 09.08.2000, expedida por la Secretaría General de esta Casa de Estudios Superiores con fecha 09.08.2000, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 08.08.2000 expidió el Diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 77, Folio Nº 180 y Registro Nº 57249, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad;

Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 0053-2015-OGTSG-UNFV de fecha 20.01.2015, señala que lo solicitado por don Hugo Raúl Barturen Becerra, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 020-2015-OCAJUNFV de fecha 26.01.2015, estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 00319-2015-R-UNFV de fecha 27.01.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 101 de fecha 29.01.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil, a favor de don HUGO RAÚL BARTUREN BECERRA; y De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV del 09.11.2011; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería Civil, a favor de don HUGO RAÚL BARTUREN BECERRA, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 77, Folio Nº 180 y Registro Nº 57249 y fecha de expedición 08.08.2000, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ingeniería Civil, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 1345853-13 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8031-2015-CU-UNFV San Miguel, 16 de junio de 2015 Visto, el expediente con NT. 006245 de fecha de recepción 27.01.2015, seguido por doña ROSANNA CAMPOS BENAVENTE, egresada de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Arquitecto, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones