Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de febrero de 2016 /

El Peruano

requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 12.08.2014, doña GLADYS FILOMENA MORÓN ESPINOZA, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Contabilidad, el cual fue expedido por esta Universidad el 16.11.1978, señala que el día 01.12.2013 sufrió la pérdida de documentos en el distrito Miraflores, entre los que se encontraba su diploma de Grado de Bachiller en Contabilidad; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la copia de la denuncia policial, la Declaración Jurada Simple y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Constancia Nº 132 ­ 2014 expedida por la Secretaría General de esta Casa de Estudios Superiores con fecha 06.08.2014, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 16.11.1978 expidió el Diploma de Grado de Bachiller en Contabilidad a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 6, Folio Nº 258 y Registro Nº 9618, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 2123-2014-OGTSG-UNFV de fecha 06.11.2014, señala que lo solicitado por doña Gladys Filomena Morón Espinoza, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Bachiller en Contabilidad, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 15032011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 708-2014-OCAJUNFV de fecha 18.11.2014, a lo señalado por la Vicerrectora Académica en Oficio Nº 1061-2014-VRACUNFV de fecha 25.11.2014, estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 05238-2014-R-UNFV de fecha 24.11.2014; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 94 de fecha 04.12.2014, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Contabilidad, a favor de doña GLADYS FILOMENA MORÓN ESPINOZA; y De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución R. Nº 7278-2015-CU-UNFV y la Resolución R. Nº 7282-2015-UNFV; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Contabilidad, a favor de doña GLADYS FILOMENA MORÓN ESPINOZA, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 6, Folio Nº 258 y Registro Nº 9618 y fecha de expedición 16.11.1978, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del

Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ciencias Financieras y Contables, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. NANCY OLIVERO PACHECO Rectora (e) ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 1345853-3 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7333-2015-CU-UNFV San Miguel, 18 de febrero de 2015 Visto, el expediente con NT. 59129 de fecha de recepción 20.08.2014, seguido por doña MIRTHA CAVERO GARRIDO, egresada de la Escuela Profesional de Psicología de la Facultad de Psicología, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Licenciada en Psicología, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 20.08.2014, doña MIRTHA CAVERO GARRIDO, solicita duplicado de diploma de Título de Licenciada en Psicología, el cual fue expedido por esta Universidad el 15.10.1998, señala que sufrió la pérdida de su diploma de Título de Licenciada en Psicología; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la Declaración Jurada Simple y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Resolución C.R. Nº 0103-98-UNFV expedida por la Secretaría General de esta Casa de Estudios Superiores con fecha 15.10.1998, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 15.10.1998 expidió el Diploma de Título de Licenciada en Psicología a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 48, Folio Nº 156 y Registro Nº 35034, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficios Nros. 1121 y 2049-2014-OGT-SG-UNFV de fechas 30.09.2014 y