Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano / Jueves 18 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

578355

Visto, el expediente con NT. 58120 de fecha de recepción 15.08.2014, seguido por doña BANESA ROSARIO YUPANQUI LUQUE, egresada de la Escuela Profesional de Trabajo Social de la Facultad de Ciencias Sociales, mediante el cual solicita el duplicado de Grado de Bachiller en Trabajo Social, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante la cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 15.08.2014, doña BANESA ROSARIO YUPANQUI LUQUE, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social, el cual fue expedido por esta Universidad el 11.05.2010, señala que el día 11.11.2013 sufrió la pérdida de documentos y otros en el distrito de San Borja, entre los que se encontraba la pérdida de su diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la copia de la denuncia policial y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes, conforme a la tarifa vigente al momento de iniciarse el trámite de duplicado; Que, mediante Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Grados y Títulos, expedida por la Asamblea Nacional de Rectores con fecha 25.06.2014, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 11.05.2010 expidió el Diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 118, Folio Nº 38 y Registro Nº 87834, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 0051-2015-OGTSG-UNFV de fecha 20.01.2015, señala que lo solicitado por doña Banesa Rosario Yupanqui Luque, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Oficio Nº 4582-2014-OCAJ-UNFV de fecha 02.12.2014, a lo señalado por la Vicerrectora Académica en Informe Nº 002-2015-VRAC-UNFV de fecha 05.01.2015, estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 00264-2015-R-UNFV de fecha 23.01.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 101 de fecha 29.01.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social, a favor de doña BANESA ROSARIO YUPANQUI LUQUE; y De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV del 09.11.2011;

Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Trabajo Social, a favor de doña BANESA ROSARIO YUPANQUI LUQUE, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 118, Folio Nº 38 y Registro Nº 87834 y fecha de expedición 11.05.2010, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ciencias Sociales, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 1345853-10 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 7625-2015-CU-UNFV San Miguel, 20 de abril de 2015 Visto, el expediente con NT. 85307 de fecha de recepción 09.12.2014, seguido por don CARLOS JAVIER CAHUATA DEL CASTILLO, egresado de la Escuela Profesional de Ingeniería de Tranportes de la facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Ingeniero de Transportes, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante la cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 09.12.2014, don CARLOS JAVIER CAHUATA DEL CASTILLO, solicita duplicado de diploma de Título de Ingeniero de Transportes, el cual fue expedido por esta Universidad el 08.09.2010, señala que sufrió la pérdida de su diploma de Título de Ingeniero de Transportes;