Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 18 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

578327

PRODUCE
Autorizan viaje de profesionales del IMARPE a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2016-PRODUCE Lima, 17 de febrero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE es una persona jurídica de derecho público interno que depende sectorialmente del Ministerio de la Producción. Asimismo, tiene por finalidad realizar investigaciones científicas y tecnológicas del mar y de las aguas continentales y de los recursos de ambos, con el objeto de lograr el racional aprovechamiento de los mismos y sin que en el cumplimiento de sus fines incida o duplique las investigaciones que realicen otras instituciones similares, con las cuales mantendrá la debida y adecuada coordinación, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú; Que, mediante Oficio Nro. MAGAP-INP-2015-1515OF,de fecha 09 de diciembre de 2015, la Dirección General del Instituto Nacional de Pesca ­ INP de Ecuador comunica a la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE su interés en desarrollar el "Segundo taller Binacional para la Estandarización Metodológica de Variables Biológico Pesqueras de Merluza (Merluccius gayi peruanus)" del 23 al 25 de febrero del 2016, en las instalaciones del Instituto Nacional de Pesca ­ INP de Ecuador, en la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador; Que, el Instituto Nacional de Pesca - INP de Ecuador es una entidad de derecho público creada el 5 de diciembre de 1960, con personería jurídica, patrimonio y recursos propios, adscrito al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP). Es un organismo especializado dedicado a la investigación biológica, tecnológica y económica, tendiente a la ordenación y desarrollo de las pesquerías, tiene como objetivo principal realizar investigaciones científicas y tecnológicas de los recursos bioacuáticos, basadas en el conocimiento del medio ambiente y de los organismos que lo habitan con la finalidad de evaluar su potencial, diversificar la producción, propender al desarrollo de la actividad pesquera y lograr su óptima y racional utilización; asimismo, prestar asistencia científica y técnica a las actividades relacionadas con la investigación de los recursos bioacuáticos y sus actividades conexas; Que, con el Oficio N° PCD-300-583-2015-PRODUCE/ IMP, de fecha 28 de diciembre de 2015, la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE comunica a la Dirección General del Instituto Nacional de Pesca ­ INP de Ecuador su interés en participar en el "Segundo taller Binacional para la Estandarización Metodológica de Variables Biológico Pesqueras de Merluza (Merluccius gayi peruanus)" y que los profesionales designados para participar en el citado evento son la ingeniera Jacqueline Palacios León y los biólogos Edward Barriga Rivera y Jorge Andrés Mostacero Koc; Que, la participación del Instituto del Mar del Perú -IMARPE en el "Segundo taller Binacional para la Estandarización Metodológica de Variables Biológico Pesqueras de Merluza (Merluccius gayi peruanus)" reforzará la visión integral de la pesquería de este recurso contando con mejores elementos para la adopción de recomendaciones que permitan su manejo adecuado en nuestro país. Asimismo, se recibirá información actualizada sobre el desarrollo de la pesquería de Merluza en Ecuador, la cual será útil para complementar la información existente sobre la pesquería de este recurso en nuestro país; promoverá la cooperación binacional entre Perú y Ecuador, con la finalidad que el IMARPE fortalezca la cooperación con el Instituto Nacional de Pesca - INP del Ecuador; establecerá contactos con su personal científico a fin de conseguir fondos económicos y apoyar la investigación de Merluza y otras especies asociadas y/o dependientes;

Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que el requerimiento de autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debe canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante Resolución Suprema; Que, mediante Acuerdo N° 005-2016-CD/O del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, de fecha 18 de enero de 2016, se aprobó el viaje en comisión de servicios de los profesionales Edward Barriga Rivera, Jacqueline Palacios León y Jorge Andrés Mostacero Koc, para que participen en el "Segundo taller Binacional para la Estandarización Metodológica de Variables Biológico Pesqueras de Merluza (Merluccius gayi peruanus)" a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 23 al 25 de febrero de 2016; Que, conforme al itinerario de viaje que obra en los antecedentes, resulta pertinente autorizar el viaje en comisión de servicios de los profesionales Edward Barriga Rivera, Jacqueline Palacios León y Jorge Andrés Mostacero Koc, para que participen en el "Segundo taller Binacional para la Estandarización Metodológica de Variables Biológico Pesqueras de Merluza (Merluccius gayi peruanus)" del 22 al 25 de febrero de 2016, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador; Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatorias; y en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los señores EDWARD BARRIGA RIVERA, JACQUELINE PALACIOS LEÓN y JORGE ANDRÉS MOSTACERO KOC, profesionales del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, a la ciudad de Guayaquil, República de Ecuador, del 22 al 25 de febrero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo al presupuesto del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, debiendo presentar los comisionados la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Edward Barriga Rivera Pasajes aéreos Viáticos US $ 370.00 x 3 días 01 día de instalación TOTAL Jacqueline Palacios León Pasajes aéreos Viáticos US $ 370.00 x 3 días 01 día de instalación TOTAL Jorge Andrés Mostacero Koc Pasajes aéreos Viáticos US $ 370.00 x 3 días 01 día de instalación TOTAL $ $ $ 849.94 1,110.00 370.00 ------------------$ 2,329.94 849.94 1,110.00 370.00 ------------------$ 2,329.94

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