Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 18 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS EJECUTORES

BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 016-2016-BNP Lima, 17 de febrero de 2016 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Memorándum N° 036-2016-BNP-DN, de fecha 15 de febrero de 2016, emitido por la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; y el Informe N° 049-2016-BNP/OAL, de fecha 16 de febrero de 2016, emitida por la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal de la Biblioteca Nacional del Perú, y; CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, determina que el personal establecido en los numerales 1) y 2) e inciso a) del numeral 3 del artículo 4° de la Ley 28175, Ley Marco del Empleo Público, entre ellos, el personal de confianza, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, está excluido de las reglas de acceso al empleo público establecidas en el artículo 8° de dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal - CAP de la entidad; Que, mediante Memorando N° 1453-2014-BNP/OA, de fecha 5 de noviembre de 2014, la Dirección General de la Oficina de Administración remitió el Informe N° 761-2014BNP/APER, de fecha 4 de noviembre de 2014, emitido por la Responsable de las funciones de responsabilidad del Área de Personal, adjuntando el Cuadro de Asignación de Personal de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Resolución Directoral Nacional N° 127-2011-BNP, de fecha 19 de diciembre de 2011, en el cual se precisa que el cargo de Asesor II de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, tiene la calificación de cargo de confianza; Que, mediante el Memorándum N° 036-2016-BNPDN, de fecha 15 de febrero de 2016, la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, dispone la designación del señor PABLO HELI OCAÑA ALEJO, en el cargo de Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios ­ CAS; Que, el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargo de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, todas las Resoluciones de Designación surten efectos a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; Con el visado de la Dirección General de la Secretaría General, de la Dirección General de la Oficina de Asesoría Legal, y; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 0242002-ED, Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y demás normas pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor PABLO HELI OCAÑA ALEJO como Asesor de la Dirección Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios - CAS.

Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en la página Web Institucional (http:// www.bnp.gob.pe). Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y a las instancias correspondientes, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAMÓN ELÍAS MUJICA PINILLA Director Nacional Biblioteca Nacional del Perú 1346651-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Cuba, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 028-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 12 de febrero de 2016 Visto los Sustentos Técnicos de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto conjuntamente con empresas peruanas exportadoras, realizar el evento "Misión Comercial a Cuba", a realizarse del 24 al 26 de febrero de 2016, en la ciudad de La Habana, República de Cuba, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana en el mercado cubano, contribuyendo a la generación de negocios para los empresarios peruanos participantes en esta misión comercial; Que, es importante la participación en dicho evento porque permitirá el posicionamiento de nuestras empresas y sus productos dentro de dicho mercado, mediante la identificación de potenciales compradores, importadores, distribuidores y agentes comerciales que faciliten el ingreso de nuestras mercancías, a través de un foro de oportunidades comerciales e inversión y una Rueda de Negocios; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones ha solicitado se autorice la comisión de servicios de los señores Luis Alberto Torres Paz y David Abraham Edery Muñoz, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a la ciudad de La Habana, República de Cuba, para que en representación de la entidad, participen en el evento antes señalado, realizando acciones de promoción de importancia para el país; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad;