Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de febrero de 2016 /

El Peruano

concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 471-2015-OCAJUNFV de fecha 04.09.2015, a lo señalado por la Vicerrectora Académica en Informe Nº 388-2015-VRACUNFV de fecha 11.09.2015 y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 03586-2015-R-UNFV de fecha 15.09.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 118 de fecha 22.09.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, a favor de doña MARIBEL GIOVANNA ARTICA GAMARRA; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV de fecha 09.11.2011, Resolución R. Nº 8239-2015-CU-UNFV de fecha 20.07.2015 y Resolución R. Nº 8361-2015-UNFV de fecha 07.08.2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Ingeniería de Sistemas, a favor de doña MARIBEL GIOVANNA ARTICA GAMARRA, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 68, Folio Nº 199 y Registro Nº 49729 y fecha de expedición 29.04.1998, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Ingeniería Industrial y de Sistemas, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector FEDERICO ALEXIS DUEÑAS DÁVILA Secretario General 1345853-30 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8940-2015-CU-UNFV San Miguel, 6 de noviembre de 2015 Visto, el expediente con NT. 50680 de fecha de recepción 05.08.2015, seguido por doña EDITH SORAYA RIOS SANTI, egresada de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y

22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 05.08.2015, doña EDITH SORAYA RIOS SANTI, solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Educación, el cual fue expedido por esta Universidad el 18.02.2011, señala que el día 26.05.2015 sufrió la pérdida de su diploma de Grado de Bachiller en Educación; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la copia de la denuncia policial, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Resolución Nº 088-2011-CU-COGUNFV de fecha 18.02.2011 se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 18.02.2011 expidió el Diploma de Grado de Bachiller en Educación a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 120, Folio Nº 160 y Registro Nº 89912, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, la ex Jefa de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 1084-2015-OGTSG-UNFV de fecha 10.08.2015, señala que lo solicitado por doña Edith Soraya Rios Santi, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 472-2015-OCAJUNFV de fecha 04.09.2015, a lo señalado por la Vicerrectora Académica en Informe Nº 386-2015-VRACUNFV de fecha 11.09.2015 y estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 03588-2015-R-UNFV de fecha 15.09.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 118 de fecha 22.09.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, a favor de doña EDITH SORAYA RIOS SANTI; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV de fecha 09.11.2011, Resolución R. Nº 8239-2015-CU-UNFV de fecha 20.07.2015 y Resolución R. Nº 8361-2015-UNFV de fecha 07.08.2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Educación, a favor de doña EDITH SORAYA RIOS SANTI, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 120, Folio Nº 160 y Registro Nº 89912 y fecha de expedición 18.02.2011, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Educación, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General,