Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2016 (18/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de febrero de 2016 /

El Peruano

por don Henry Alberto Martinez Solis, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Bachiller en Administración, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 15032011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 230-2015-OCAJUNFV de fecha 11.05.2015, estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 01789-2015-R-UNFV de fecha 13.05.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 111 de fecha 27.05.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Administración, a favor de don HENRY ALBERTO MARTINEZ SOLIS; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General y la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV del 09.11.2011; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Administración, a favor de don HENRY ALBERTO MARTINEZ SOLIS, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 115, Folio Nº 26 y Registro Nº 85375 y fecha de expedición 30.09.2009, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Administración, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ Rector ECKERMAN PANDURO ANGULO Secretario General 1345853-22 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 8388-2015-CU-UNFV San Miguel, 10 de agosto de 2015 Visto, el expediente con NT. 19804 de fecha de recepción 08.04.2015, seguido por doña LILIANA ALVAREZ VALDIVIEZO, egresada de la Escuela Universitaria de Post Grado, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado Académica de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626 de fecha 28.10.2005, la misma que fuera publicada con fecha 18.11.2005, mediante el cual se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previsto por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nos. 1256 y 1634-2013-ANR de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión

de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Maestría o Doctorado en la Escuela Universitaria de Post Grado de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 08.04.2015, doña LILIANA ALVAREZ VALDIVIEZO, solicita duplicado de diploma de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia, el cual fue expedido por esta Universidad el 21.10.2010, señala sufrió la pérdida de su diploma de Grado Académico de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta la Declaración Jurada Simple y la publicación de la pérdida del referido diploma, así como los recibos de pago de los derechos correspondientes; Que, mediante Resolución R. Nº 12292-2010-CUUNFV de fecha 12.11.2010, expedida por la Secretaría General de esta Casa de Estudios Superiores, se acredita que la Universidad Nacional Federico Villarreal, el 21.10.2010 expidió el Diploma de Grado Académico de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 04, Folio Nº 114 y Registro Nº 1410, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General de esta Universidad; Que, el ex Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Oficio Nº 0417-2015-OGTSG-UNFV de fecha 14.04.2015, señala que lo solicitado por doña Liliana Alvarez Valdiviezo, cumple con los requisitos exigidos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado Académico de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 206-2015-OCAJUNFV de fecha 29.04.2015, estando a lo dispuesto por el señor Rector según Proveído Nº 01656-2015-R-UNFV de fecha 05.05.2015; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 111 de fecha 27.05.2015, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado Académico de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia, a favor de doña LILIANA ALVAREZ VALDIVIEZO; De conformidad con la Ley Nº 30220 ­ Ley Universitaria, el Estatuto y Reglamento General de la Universidad, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, la Resolución Nº 2149-2011-R-COG-UNFV de fecha 09.11.2011, Resolución R. Nº 8239-2015-CU-UNFV de fecha 20.07.2015 y Resolución R. Nº 8261-2015-UNFV de fecha 07.08.2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado del diploma de Grado Académico de Maestra en Conducta Adictiva y Violencia, a favor de doña LILIANA ALVAREZ VALDIVIEZO, el mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 04, Folio Nº 114 y Registro Nº 1410 y fecha de expedición 21.10.2010, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con la disposición Complementaria del Reglamento de la Ley Nº 28826, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Escuela Universitaria de Post Grado, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría