Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2020 (15/10/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano / Jueves 15 de octubre de 2020

NORMAS LEGALES
ANEXO I

95

CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS 8. URBANISMO (...) 8.6 ACCESIBILIDAD UNIVERSAL
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓN Por no aplicar el descuento del 20% sobre el valor de la entrada, para el ingreso de las personas con discapacidad debidamente acreditadas, a los espectáculos culturales, deportivos o recreativos organizados por empresas e instituciones privadas. Por impedir la entrada de las personas con discapacidad debidamente acreditadas a los espectáculos culturales, deportivos o recreativos organizados por empresas e instituciones privadas. Por contravenir las normas de accesibilidad para las personas con discapacidad en el entorno urbano y en las edificaciones privadas donde se brinden u ofrezcan servicios al público. Por contravenir las normas de accesibilidad para niños, niñas y adolescentes con discapacidad en el entorno urbano y en las edificaciones privadas de acceso y uso público con fines recreacionales que cuenten con juegos infantiles. Por estacionarse en las zonas de parqueo privado destinadas a vehículos conducidos o que transporten a personas con discapacidad. MULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTE 1.00 MEDIDA CORRECTIVA GRADUALIDAD

08-0601

G

08-0602

6.00

MG

08-0603

11.00

MG

08-0604

13.00

MG

08-0605

5% de la UIT

G

ANEXO II: RAMPÓMETRO La Municipalidad Metropolitana de Lima promueve el uso de una pendiente menor a lo establecido en el Reglamento Nacional de Edificaciones, a través del siguiente Rampómetro. Las rampas con longitudes mayores de 9.00 metros deberán tener en cuenta un descanso de 1.50 metros.
RAMPAS EN VÍA PÚBLICA Y EDIFICACIONES Altura del Desnivel Longitud de Longitud de la rampa con la rampa con una pendiente máxima de 4% una pendiente según la presente ordenanza máxima de 2% según la presente ordenanza 2.50 m. 3.00 m. 3.50 m. 4.00 m. 5.00 m. 6.00 m. 9.00 m. 10.00 m. 11.00 m. 11.50 m. 12.00 m. 12.50 m. 1.25 m. 1.50 m. 1.75 m. 2.00 m. 2.50 m. 3.00 m. 4.50 m. 5.00 m. 5.50 m. 5.75 m. 6.00 m. 6.25 m. Longitud de la rampa con una pendiente máxima de 6% según la presente ordenanza Longitud de la rampa con una pendiente máxima de 8% según la presente ordenanza Longitud de la rampa con una pendiente máxima de 10% según la presente ordenanza Longitud de la rampa con una pendiente máxima de 12% según Norma Técnica A-120 del RNE 0.42 m. 0.50 m. 0.58 m. 0.67 m. 0.83 m. 1.00 m. 1.50 m. 1.67 m. 1.83 m. 1.92 m. 2.00 m. 2.08 m.

5 cm. 6 cm. 7 cm. 8 cm. 10 cm. 12 cm. 18 cm. 20 cm. 22 cm. 23 cm. 24 cm. 25 cm.

0.83 m. 1.00 m. 1.17 m. 1.33 m. 1.67 m. 2.00 m. 3.00 m. 3.33 m. 3.67 m. 3.83 m. 4.00 m. 4.17 m.

0.63 m. 0.75 m. 0.89 m. 1.00 m. 1.25 m. 1.50 m. 2.25 m. 2.50 m. 2.75 m. 2.90 m. 3.00 m. 3.13 m.

0.50 m. 0.60 m. 0.70 m. 0.80 m. 1.00 m. 1.20 m. 1.80 m. 2.00 m. 2.20 m. 2.30 m. 2.40 m. 2.50 m.

RAMPAS EN VÍA PÚBLICA Y EDIFICACIONES Longitud de la rampa con Longitud de la rampa con del una pendiente máxima una pendiente máxima de 2% de 4% según la presente según la presente ordenanza ordenanza 13.00 m. 13.50 m. 14.00 m. 14.50 m. 15.00 m. 15.50 m. 16.00 m. 16.50 m. 17.00 m. 6.50 m. 6.75 m. 7.00 m. 7.25 m. 7.50 m. 7.75 m. 8.00 m. 8.25 m. 8.50 m. Longitud de Longitud de la rampa con la rampa con una una pendiente máxima de pendiente máxima de 8% 6% según la según la presente ordenanza presente ordenanza 4.33 m. 4.50 m. 4.67 m. 4.83 m. 5.00 m. 5.17 m. 5.33 m. 5.50 m. 5.67 m. 3.25 m. 3.38 m. 3.50 m. 3.63 m. 3.75 m. 3.88 m. 4.00 m. 4.13 m. 4.25 m. Longitud de la rampa con una pendiente máxima de 10% según Norma Técnica A-120 del RNE 2.60 m. 2.70 m. 2.80 m. 2.90 m. 3.00 m. 3.10 m. 3.20 m. 3.30 m. 3.40 m.

Altura Desnivel

26 cm. 27 cm. 28 cm. 29 cm. 30 cm. 31 cm. 32 cm. 33 cm. 34 cm.