Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2020 (06/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Jueves 6 de febrero de 2020

NORMAS LEGALES

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Determinados, a favor de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 2 de la presente Resolución no deben ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Publíquese la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Artículo 5.- Presentación de la Resolución Copia de la presente Resolución se remite a la Oficina General de Infraestructura, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior para que efectúen las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1852983-1

Aprueban el Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto "Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2020-IN Lima, 5 de febrero de 2020 VISTOS: El Memorando N° 000169-2020/IN/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000067-2020/IN/OGPP/OCRI, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales, el Informe N° 000013-2020/IN/OGPP/OMD, de la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000195-2020/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 368-2019-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo -BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (Cuarenta Millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente el proyecto "Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú", y se autorizó a la Ministra de Economía y Finanzas la suscripción del contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo; Que, en los literales (i) y (ii) de la Cláusula 3.01 del Contrato de Préstamo N° 4873/OC-PE suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo con fecha 27 de diciembre de 2019, se estableció que el Organismo Ejecutor (Ministerio del Interior) debe cumplir a satisfacción del Banco, en adición a las condiciones previas estipuladas en el artículo 4.01 de las Normas Generales, con la creación de la Unidad Ejecutora del Proyecto (UEP) y la aprobación del Manual Operativo del Proyecto (MOP), en los términos acordados previamente con el Banco; asimismo, el inciso (b) de la Cláusula 4.07 del referido Contrato de Préstamo, se precisa que: "b) El MOP deberá incluir, entre otros, los siguientes elementos; (i) esquema detallado de ejecución: (ii) roles y responsabilidades institucionales de las unidades beneficiarias; (iii) estrategia de intervención en

los diferentes componentes del Proyecto; (iv) normas y procedimientos para la selección y contratación de obras, bienes, servicios y consultoría; (v) los flujos de procesos fiduciarios de gestión financiera y adquisiciones, así como las normas y procedimientos para la gestión administrativa y financiera; (vi) aplicación de las medidas de mitigación de potenciales riesgos ambientales y sociales; y (vii) procedimientos para seguimiento y monitoreo"; Que, a través del Informe N° 000013-2020/IN/ OGPP/OMD, la Oficina de Modernización y Desarrollo Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable a la propuesta de Manual Operativo del Proyecto, y recomienda que la propuesta sea remitida al Banco Interamericano de Desarrollo para su revisión y emisión de No Objeción; Que, mediante Carta N° 123/2020 de fecha 28 de enero de 2020, el representante del Banco Interamericano de Desarrollo -BID comunica la No Objeción a la propuesta de Manual Operativo del Proyecto (MOP); Que, a través del Oficio N° 0064-2020-EF/50.06 de fecha 27 de enero de 2020 la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas comunica al Ministerio del Interior la creación de la Unidad Ejecutora "PERÚ SEGURO 2025", la misma que ha sido formalizada a través de la Resolución Ministerial N° 114-2020-IN, publicada en el diario oficial El Peruano el 04 de febrero de 2020; Con los vistos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 3682019-EF, que aprueba la operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo; y, la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto (MOP) del proyecto "Mejoramiento de los Servicios de Prevención del Delito en la Población más Vulnerable al Crimen y la Violencia en el Perú", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/ mininter). Regístrese y comuníquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1852908-1

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Acceden a solicitudes de extradición activa y pasiva de ciudadanos peruanos y ecuatoriano
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 018-2020-JUS Lima, 5 de febrero de 2020 VISTO; el Informe Nº 053-2016/COE-TC, del 6 de mayo de 2016, de la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DANIEL FREDDY SILVA VARGAS al Reino de España, formulada por la Primera Sala Penal para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito de robo agravado, en agravio de Lizeth Evelyn Ruiz Villegas;