Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2020 (06/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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ACTIVIDAD FECHA DE INICIO FECHA DE TERMINO LUGAR Agencia Municipal de Canto Grande Palacio Municipal (Sala Oval) Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande Agencia Municipal de Canto Grande

NORMAS LEGALES
RESPONSABLES COMITÉ ELECTORAL

Jueves 6 de febrero de 2020 /

El Peruano

Artículo Cuarto.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1852802-1

Publicación del padrón electoral 18/02/2020 provisional

Taller informativo 19/02/2020 Presentación de Recursos Impugnativo al padrón Descargo a los recursos impugnativos Resolución de recursos impugnativos

COMITÉ ELECTORAL

20/02/2020

22/02/2020

COMITÉ ELECTORAL

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), la Estructura Orgánica y Organigrama de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 289-MDSL/C San Luis, 31 de enero de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS.

22/02/2020

24/02/2020

COMITÉ ELECTORAL

24/02/2020

26/02/2020

COMITÉ ELECTORAL

Publicación del Padrón definitivo

26/02/2020

COMITÉ ELECTORAL

POR CUANTO: El Concejo Municipal de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha. VISTO: El Informe Nº 146-2019-MDSL/GPEP de la Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, Informe Legal Nº 504-2019-MDSL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; entre otros, sobre la Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de San Luis; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, "Ley de Reforma de los artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Perú sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los gobiernos regionales y de los Alcaldes" establece que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...); Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que "Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, el artículo 28º de la norma citada, señala que la estructura orgánica básica de la municipalidad comprende en el ámbito administrativo, a la gerencia municipal, el órgano de auditoría interna, la procuraduría pública municipal, la oficina de asesoría jurídica y la oficina de planeamiento y presupuesto; conforme a su disponibilidad económica y los límites presupuestales asignados para gasto corriente; precisándose que los demás órganos de línea, apoyo y asesoría se establecen conforme lo determina cada gobierno local; Que, el numeral 3) del artículo 9º de la misma Ley, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma que señala que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las

Inscripción de Candidaturas

27/02/2020

(08:00 -16:00Hrs.)

COMITÉ ELECTORAL

Publicación de listas inscritas

( a partir de las 27/02/2020 18:00 Hrs.)

COMITÉ ELECTORAL

Tachas a las candidaturas

28/02/2020

( de 08:00 ­ 16:00 Hrs.)

COMITÉ ELECTORAL

Resolución de tachas

28/02/2020

( a partir de las 18:00Hrs.)

COMITÉ ELECTORAL

Publicación de listas

29/02/2020

COMITÉ ELECTORAL

Proceso de votación

15/03/2020 ( 09:00 a 13:00 horas)

TEATRO COMITÉ MUNICIPAL ELECTORAL TEATRO COMITÉ MUNICIPAL ELECTORAL TEATRO COMITÉ MUNICIPAL ELECTORAL

Impugnación de 15/03/2020 resultados Resolución de impugnaciones Proclamación de los representantes de la sociedad civil ante el CCLD 15/03/2020

15/03/2020

TEATRO COMITÉ MUNICIPAL ELECTORAL

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Gerencia de Desarrollo Social, la Subgerencia de Participación Vecinal, la Subgerencia de Tecnologías de la Información, la Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional y al Comité Electoral, respectivamente. Artículo Tercero.- DISPONER que la Secretaría General efectúe la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; asimismo a la Secretaria de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el Portal institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho.