Norma Legal Oficial del día 06 de febrero del año 2020 (06/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Jueves 6 de febrero de 2020 /

El Peruano

de los hechos constatados en campo, la indicación correspondiente a la procedencia de otorgamiento de la constancia de posesión, el número correlativo asignado a la constancia de posesión o, el acto administrativo de denegatoria de su expedición de corresponder. Artículo 9.- Responsabilidad administrativa El servidor de la agencia agraria o de la municipalidad distrital a cargo de la inspección ocular en el predio y de la emisión del respectivo informe técnico, asume responsabilidad administrativa, civil y penal por la veracidad de los hechos constatados en la diligencia de inspección ocular, los cuales deben constar en el acta de inspección. Artículo 10.- Verificación de Cumplimiento de la Normativa El Ministerio de Agricultura y Riego, en su condición de ente rector en materia del saneamiento físico legal de la propiedad agraria, realiza, a través de la Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural , la verificación de la aplicación de los presentes Lineamientos y, de ser el caso, informa a la Dirección Regional de Agricultura de los Gobiernos Regionales, al Órgano de Control Institucional correspondiente, a la Contraloría General de la República, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales o a la Procuraduría Pública competente, para las acciones legales y administrativas que pudieran corresponder. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.gob.pe/minagri) en el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.

SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido el encargo de funciones del señor Gino Garlik Bartra García, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, como Coordinador General del "Equipo Especial", efectuado mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0021-2020-MINAGRI. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor TOMAS ALFARO ABANTO en el cargo de Coordinador General del "Equipo Especial", creado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1852494-2

Aprueban Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2020
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0047-2020-MINAGRI Lima, 4 de febrero de 2020 VISTOS: El Oficio N° 002-2020-MINAGRI-DVIAR-DGA/DIA de la Dirección General Agrícola, sobre aprobación del Calendario Nacional de Ferias y Eventos Agropecuarios Año 2020; y, el Informe Legal N° 094-2020-MINAGRI-SG/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:

JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Ministro de Agricultura y Riego 1852900-1

Designan Coordinador General del "Equipo Especial" creado por R.M. N° 0228-2019-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0046-2020-MINAGRI Lima, 4 de febrero de 2020 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 0021-2020-MINAGRI, se encargó al señor Gino Garlik Bartra Garcia, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, las funciones de Coordinador General del "Equipo Especial", creado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI; Que, es pertinente designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo, motivo por el cual se da por concluida la acción de personal señalada en el considerando precedente; Con el visto del Viceministerio de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, modificado por la Ley N° 30048, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; la Resolución Ministerial N° 0228-2019-MINAGRI y la Resolución Ministerial N° 0407-2019-MINAGRI;

Que, el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificaciones, señala que la Dirección General Agrícola es el órgano de línea encargado de promover el desarrollo productivo y comercial sostenible de los productos agrícolas, su acceso a los mercados nacionales e internacionales, a los servicios financieros y de seguros, en coordinación con los sectores e instituciones competentes en la materia; así como promover una oferta agrícola nacional competitiva, con valor agregado y sostenible, en concordancia con la Política Nacional Agraria y la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los literales c) y d) del artículo 61 del citado Reglamento de Organización y Funciones, parte de las funciones de la Dirección Agrícola, es la de implementar estrategias y mecanismos para promover la oferta agrícola, en función a las oportunidades de mercado identificadas; asimismo, propiciar la articulación de los productos agrícolas con los mercados nacionales e internacionales, en coordinación con los sectores competentes; Que, el Reglamento de Ferias y Eventos Agropecuarios, aprobado por Resolución Ministerial Nº 650-2006-AG, precisa que el Ministerio de Agricultura (hoy Ministerio de Agricultura y Riego) fomenta e incentiva la libre participación de las personas naturales o jurídicas vinculadas a la producción agraria a nivel nacional, regional y local a través de ferias y eventos agropecuarios; asimismo, el artículo 9 del citado Reglamento establece que la Dirección General de Promoción Agraria (hoy Dirección General Agrícola del Ministerio de Agricultura y Riego) compilará y difundirá el Calendario Regional de Ferias y Eventos Agropecuarios; Que, mediante Oficio Múltiple Nº 081-2019-MINAGRIDVDIAR/DGA-DIA, el Director General de la Dirección General Agrícola, solicitó a los gobiernos regionales remitir sus Calendarios de Ferias y Eventos Agropecuarios para el año 2020 a desarrollarse en el ámbito de sus jurisdicciones; Que, mediante el Informe Técnico Nº 008-2019-MINAGRI-DVDIAR-DGA-DIA/JRM, la Dirección