Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2018 (19/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Domingo 19 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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Resolución Suprema Nº 184-2016-IN, de fecha 21 de junio de 2016, se autorizó la ampliación de permanencia de dicho viaje al exterior, del 24 de abril al 24 de agosto de 2016, a fin que el mencionado personal policial continúe con su tratamiento médico altamente especializado en la Clínica UC San Diego Health International Patient Services; Que, con Acta de Junta Médica Inter-Institucional Nº 03-2018 DIRSAPOL CH.PNP.LNS.DIVMED.DEPNEU., de fecha 18 de mayo de 2018, la Junta Médica InterInstitucional del Hospital Nacional "Luis N. Saenz" de la Dirección de Sanidad de la Policía Nacional del Perú señala que el Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra presenta un diagnóstico de Síndrome Doloroso Regional Complejo de Pie Derecho en Resolución (M89.0) y Neuropatía Crónica Secundaria del Nervio Peroneo Profundo Derecho en Tratamiento (G58.9), por lo cual recomiendan continuar con el tratamiento en el centro especializado antes mencionado, puesto que el paciente tiene un cronograma de citas pendientes para rehabilitación del miembro inferior derecho, bloqueo simpático lumbar derecho y fluoroscopía para guía de aguja, procedimientos que no se realizan a nivel nacional; Que, mediante Oficio Nº 345-2018-SALUDPOL/GG, de fecha 27 de junio de 2018, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL solicita al Ministerio del Interior se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, del 19 de agosto al 22 de diciembre de 2018, al Estado de California ­ Estados Unidos de América, a fin que continúe con su tratamiento médico altamente especializado en la Clínica UC San Diego Health International Patient Services; Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y compensación extraordinaria, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio Nº 3577-2018-SECEJE/DIRADM-DIVECO.DEPPRE, de fecha 24 de julio de 2018, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, cuyos alcances son extensivos al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, conforme lo señala el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad de Tratamiento Médico Altamente Especializado; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el diario oficial "El Peruano"; Con la visación de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, del 19 de agosto al 23 de diciembre de 2018, al Estado de California ­ Estados Unidos de América, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y compensación extraordinaria que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúa con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Días Pers. Total US$ US$ Pasajes aéreos 1,489.00 X X 1 1,489.00 Compensación Extraordinaria 156.68 X 124 X 1 = 19,428.32

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por la compensación extraordinaria y los pasajes aéreos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduanero, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAURO MEDINA GUIMARAES Ministro del Interior 1682417-1

Designan Director de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección General de Gobierno Interior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 987-2018-IN Lima, 16 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo público de Director de la Dirección de Autoridades Políticas de la Dirección