Norma Legal Oficial del día 19 de agosto del año 2018 (19/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 19 de agosto de 2018 /

El Peruano

7.5.1.2. El puntaje máximo es de cien (100) puntos. Únicamente aquellos postulantes que obtengan como mínimo setenta (70) puntos en la evaluación pueden pasar a la entrevista personal. 7.5.1.3. Al día hábil siguiente de culminada esta evaluación, se publica la relación de postulantes aprobados. 7.5.2. Entrevista Personal 7.5.2.1. En la fecha dispuesta en el cronograma se publica el lugar y la hora donde se llevarán a cabo las entrevistas a cada postulante del Concurso. 7.5.2.2. La Comisión debe determinar con antelación cuáles son las preguntas, criterios e indicadores que tomará en cuenta para valorar a los diferentes postulantes, para lo cual podrá contar con el asesoramiento de un profesional especializado en la materia. 7.5.2.3. El puntaje máximo será de cien (100) puntos. Para aprobar esta evaluación debe obtenerse setenta (70) puntos como mínimo. 7.5.3. Publicación de asignación de vacantes resultados finales y

haberse producido la designación mediante resolución suprema, se procede a declarar la nulidad de dicho acto, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que corresponda. IX. ÚNICA TRANSITORIA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

Para el concurso correspondiente al año 2018, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles contados desde la entrada en vigencia de la presente norma, cada Entidad deberá designar, mediante Resolución Ministerial, a su representante para que conforme la Comisión Multisectorial a que se refiere el artículo 60 de la Ley. La Comisión se instala conforme a los plazos previstos en la presente norma. 1682426-5

EDUCACION
Modifican la R.S. N° 014-2017-MINEDU, sobre designación de miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 012-2018-MINEDU Lima, 17 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, establece que la empresa Centro Vacacional Huampaní es una persona jurídica de derecho público interno que se encuentra comprendida en el Sector Educación; Que, el artículo 13 del Estatuto del Centro Vacacional Huampaní, aprobado mediante Decreto Supremo N° 36-95-ED, establece que su Directorio está conformado por seis (6) representantes del Ministerio de Educación, los que son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Educación. El mandato tendrá una duración de dos (2) años, pudiendo ser renovado por igual período; Que, mediante la Resolución Suprema N° 014-2017-MINEDU, se designó a los miembros del referido Directorio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; y, en el Estatuto del Centro Vacacional Huampaní aprobado mediante Decreto Supremo N° 36-95-ED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Suprema N° 014-2017-MINEDU el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2.- Designar a los miembros del Directorio del Centro Vacacional Huampaní, el cual quedará conformado por las siguientes personas: - DANIEL ALBERTO ANAVITARTE SANTILLANA, quien lo presidirá. - ODETTE GERMAINE HERBOZO NORY - SANDRA FABIOLA CACERES PAURINOTTO - KATHERINE CONSUELO ALVA TELLO - PATRICIA ALVARADO LIZARME - HUMBERTO HILDEBRANDO PEREZ LEON"

7.5.3.1. La relación de postulantes aprobados se publica al día siguiente de culminada esta etapa. 7.5.3.2. El puntaje final se obtiene de la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada una de las etapas y las bonificaciones dispuestas por Ley, en los casos que corresponda. 7.5.3.3. La asignación de vacantes se realiza en estricto orden de mérito, según el puntaje final obtenido por los postulantes, hasta que se cubra la totalidad de vacantes. 7.5.3.4. En caso de empate en los puntajes finales, el orden de mérito se establece considerando los siguientes criterios, en orden de prelación: a) Mayor puntaje en la Prueba de Conocimientos. b) Mayor puntaje en el rubro de Contrataciones del Estado de la Prueba de Conocimientos. c) Mayor puntaje en la Experiencia de la Trayectoria Profesional. 7.5.3.5. La Secretaría Técnica consolida los resultados finales y los presenta a la Comisión para su aprobación. 7.6. Resultados del Concurso y emisión de resoluciones 7.6.1 Concluido el proceso de evaluación de la Etapa Final, la Comisión entrega al Ministro de Economía y Finanzas, en el plazo previsto en el Cronograma, la relación de los postulantes seleccionados para su designación como vocales del Tribunal de Contrataciones del Estado, así como su Informe Final sobre el concurso público realizado. 7.6.2 El Ministro de Economía y Finanzas presenta al Presidente de la República la relación final con los postulantes que alcanzaron los mayores puntajes para ser designados como vocales, conjuntamente con el Informe Final de la Comisión. 7.6.3 La designación de los vocales es realizada mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, en la que se indica la fecha en que asumen el cargo. VIII. FINAL ÚNICA DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA

En cualquier estado del procedimiento, en caso se compruebe la presentación de documentación o declaración falsa por parte del postulante, se procederá con su retiro del concurso; sin perjuicio de las acciones civiles o penales que correspondan. En caso que la situación descrita anteriormente sea detectada luego de