Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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Artículo 3.- Ámbito de aplicación La presente norma es aplicable a:

NORMAS LEGALES

Jueves 11 de julio de 2019 /

El Peruano

3.1 Los órganos y unidades orgánicas de la Sunedu que emitan actos administrativos o realicen alguna actuación administrativa que requiera ser notificada en la casilla electrónica asignada por la entidad. 3.2 El usuario que brinde su autorización expresa para ser notificado en la casilla electrónica asignada por la Sunedu, de los actos o actuaciones administrativas que emitan los órganos y unidades orgánicas de la entidad. Artículo 4.- Definiciones En adelante, y para efectos de la presente norma, se entenderá por: 4.1 Casilla electrónica.- Repositorio electrónico que la Sunedu asigna al usuario, en el cual se depositan los documentos electrónicos o digitalizados que contienen los actos y actuaciones administrativas que son materia de notificación. 4.2 Código de usuario.- Identificador único que permite al usuario acceder a la casilla electrónica asignada por la Sunedu, el cual se obtiene luego de haber solicitado válidamente a la Sunedu la afiliación a la casilla electrónica. 4.3 Clave de acceso.- Serie de letras y/o dígitos aleatorios de carácter confidencial que permiten al usuario acceder a la casilla electrónica asignada por la Sunedu, la cual se obtiene luego de haber solicitado válidamente a la Sunedu la afiliación a la casilla electrónica. 4.4 Correo electrónico.- Dirección de correo electrónico consignada por el usuario en el Formulario de Afiliación, a la cual se envía las credenciales de acceso (código de usuario y clave de acceso), así como las alertas de notificación que se generen cada vez que se deposite una notificación en la casilla electrónica asignada. 4.5 Firma digital.- Es aquella firma electrónica que, utilizando una técnica de criptografía asimétrica, permite la identificación del signatario y ha sido creada por medios que este mantiene bajo su control, de manera que está vinculada únicamente al signatario y a los datos a los que refiere, lo que permite garantizar la integridad del contenido y detectar cualquier modificación ulterior. Tiene la validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita, siempre y cuando haya sido generada por un Prestador de Servicios de Certificación Digital debidamente acreditado, que se encuentre dentro de la Infraestructura Oficial de Firma Electrónica­IOFE, y que no medie ninguno de los vicios de la voluntad previstos en el Título VIII del Libro II del Código Civil. 4.6 Formulario de Afiliación.- Formulario de afiliación a la casilla electrónica de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ Sunedu, presentado por el usuario para iniciar dicho proceso de afiliación. 4.7 Formulario de Cancelación.- Formulario de cancelación de afiliación a la casilla electrónica de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ Sunedu, presentado por el usuario para iniciar dicho proceso de cancelación. 4.8 Sellado de tiempo: Es un servicio que se brinda como valor añadido en las transacciones, sirve para autenticar la fecha y hora exacta de una comunicación. 4.9 Usuario.- Persona natural o jurídica autorizada a acceder a la casilla electrónica asignada por la Sunedu, mediante el ingreso de las credenciales de acceso (código de usuario y clave de acceso). Artículo 5.- Actos administrativos y actuaciones administrativas sujetos a notificación en casilla electrónica 5.1 Resoluciones emitidas por el Consejo Directivo, la Superintendencia, la Secretaría General, y los órganos y unidades orgánicas de la Sunedu, en el marco de los procedimientos tramitados ante o por la entidad, de conformidad con sus respectivas competencias. 5.2 Cartas, oficios, proveídos, requerimientos de información, citaciones e informes emitidos por los órganos y unidades orgánicas de la Sunedu, en el marco de sus respectivas competencias.

Artículo 6.- Autorización de notificación en casilla electrónica El usuario debe brindar su autorización expresa para ser notificado en la casilla electrónica asignada por la Sunedu, a la cual se afiliará considerando lo dispuesto en el artículo 7 de la presente norma. Artículo 7.- Afiliación a la casilla electrónica 7.1 El usuario solicita la afiliación a la casilla electrónica mediante la remisión del Formulario de Afiliación (Anexo I), debidamente llenado y firmado, el cual es dirigido al Jefe de la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu. 7.2 El Formulario de Afiliación se presenta, de manera física, a través de la Mesa de Partes de la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario o, de manera virtual, a través del portal institucional de la Sunedu (www.sunedu.gob.pe), en cuyo caso dicha solicitud debe contar con la firma digital del usuario o de su representante, de corresponder. 7.3 La solicitud de afiliación debe contener, como mínimo, la siguiente información del usuario y/o de su representante, de corresponder: · Nombre completo o razón social. · Número de Documento Nacional de Identidad, Carné de Extranjería, Pasaporte o Registro Único de Contribuyente. · Domicilio legal. · Número de celular o de teléfono fijo. · Correo electrónico. · Fecha. · Firma manuscrita o firma digital. 7.4 Si el usuario es una persona natural que actúa con representante, la solicitud de afiliación, presentada de manera física o virtual, debe ir acompañada de carta poder simple, la cual no debe tener una antigüedad mayor a 60 días calendario. 7.5 Si el usuario es una persona jurídica, la solicitud de afiliación, presentada de manera física o virtual, debe ir acompañada de copia de la vigencia de poder de su representante legal, o documento equivalente, la cual no debe tener una antigüedad mayor a 60 días calendario. Artículo 8.- Asignación de la casilla electrónica 8.1 La Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu es responsable de atender las solicitudes de afiliación a la casilla electrónica. 8.2 El usuario que haya solicitado válidamente la afiliación a la casilla electrónica, recibe, en el plazo máximo de dos (2) días hábiles, las credenciales de acceso (código de usuario y clave de acceso) y la dirección web para ingresar a la casilla electrónica asignada. Dicha información es enviada al correo electrónico consignado por el usuario en el Formulario de Afiliación. Artículo 9.- Activación de la casilla electrónica 9.1 Para activar la casilla electrónica asignada, el usuario debe ingresar a la misma utilizando las credenciales de acceso (código de usuario y clave de acceso) que le fueron enviadas por correo electrónico. 9.2 Al ingresar por primera vez a la casilla electrónica asignada, el usuario debe modificar su clave de acceso, remplazándola por una de su conocimiento exclusivo. 9.3 Con la modificación de la clave de acceso, queda activada la casilla electrónica para el depósito de las notificaciones respectivas. Asimismo, se habrá confirmado que el usuario recibió de manera conforme las credenciales de acceso enviadas por la Sunedu. 9.4 El usuario recibirá un mensaje, en el correo electrónico consignado en el Formulario de Afiliación, cuando se haya activado su casilla electrónica. Artículo 10.- Obligaciones del usuario El usuario al que se le asigne una casilla electrónica tiene las siguientes obligaciones: 10.1 Señalar y mantener activo el correo electrónico consignado en el Formulario de Afiliación, a efectos de recibir las alertas de notificación que envíe la Sunedu.