Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 11 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

83

Aeronáutica Civil de cualquier cambio o modificación de accionistas, así como la variación de sus acciones y capital social. Artículo 15.- AEROLINEAS ESTELAR S.A.C. debe cumplir con los procedimientos establecidos por la Dirección General de Aeronáutica Civil para la presentación y aprobación de sus horarios de operación, debiendo cumplir con los horarios aprobados. Artículo 16.- El Permiso de Operación que por la presente Resolución Directoral se otorga a AEROLINEAS ESTELAR S.A.C., queda sujeto a la Ley N° 27261 Ley de Aeronáutica Civil del Perú, su Reglamento, las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y demás disposiciones legales vigentes, así como a las Directivas que dicte esta Dirección General. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil 1783994-1

De conformidad con la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, Ley N° 27261 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú ­ RAP 304 "Cartas Aeronáuticas" Nueva Edición, Enmienda 1, que pasará a ser Nueva Edición, Enmienda 2, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto el texto anterior materia de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú ­ RAP 304 "Cartas Aeronáuticas", Nueva Edición, Enmienda 1. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General de Aeronáutica Civil Dirección General de Aeronáutica Civil

Aprueban texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 304 "Cartas Aeronáuticas" Nueva Edición, Enmienda 1, que pasa a ser Nueva Edición, Enmienda 2
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 491-2019-MTC/12 Lima, 25 de junio del 2019 VISTO: el Informe N° 0217-2019-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9° de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, mediante Resolución Directoral N° 229-2018MTC/12, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de marzo de 2018, se aprobó el texto de la RAP 304 "Cartas Aeronáuticas" ­ Nueva Edición, Enmienda 1; Que, en el marco de la revisión permanente de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP, se propuso la modificación de la RAP 304; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modificación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral N° 320-2019-MTC/12 de fecha 30 de abril de 2019, se aprobó la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del proyecto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú ­ RAP 304 "Cartas Aeronáuticas", Nueva Edición, Enmienda 1, el cual no ha sido objeto de comentarios o aportes; Que, el texto del proyecto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú ­ RAP 304 "Cartas Aeronáuticas" cuenta con opiniones favorables de la Dirección de Regulación y Promoción y la Dirección de Seguridad Aeronáutica así como la conformidad para su aprobación de la Asesoría Legal de la Dirección General de Aeronáutica Civil, emitidas mediante Informe N° 02172019-MTC/12.08, Memorando N° 1399-2019-MTC/12.04 y Memorando N° 978-2019-MTC/12.LEG, respectivamente;

Regulaciones Aeronáuticas del Perú RAP 304 CARTAS AERONÁUTICAS NUEVA EDICION ENMIENDA 2 Referencia: Ley de Aeronáutica Civil Nº 27261 y su Reglamento Anexo 04 (OACI) - Cartas Aeronáuticas (Enmienda 60 ­ noviembre del 2018) Doc 10066 ­ PANS "Gestión de la información aeronáutica" (Primera edición) Capítulo 1: Aplicación, disponibilidad, requisitos de competencia y definiciones ... 1.3 Requisitos de competencia del personal de Cartografía Aeronáutica ... 1.3.3 El Proveedor del servicio debe implantar y aplicar un programa oficial de instrucción para el personal técnico de cartografía, capacitación continua que contemple instrucción inicial, OJT, especializada y periódica, a fin de mantener las competencias de su personal de cartografía aeronáutica, que garantice, al menos cada dos años, la actualización de sus conocimientos conforme a los adelantos tecnológicos y a las enmiendas de normas y procedimientos de la OACI y de la presente regulación. ... 1.4 Definiciones ... Altitud/altura de procedimiento. Altitud/altura publicada que se utiliza para definir el perfil vertical de un procedimiento de vuelo a la mínima altitud/altura de franqueamiento de obstáculos o sobre ella, cuando esté establecida. ... Aplicación. Manipulación y procesamiento de datos en apoyo de las necesidades de los usuarios (ISO 19104) ... Calidad de los datos. Grado o nivel de confianza de que los datos proporcionados satisfarán los requisitos del usuario de datos en lo que se refiere a exactitud, resolución e integridad. (o grado de aseguramiento equivalente), trazabilidad, puntualidad, completitud y formato. ... Resolución de los datos. Número de unidades o de dígitos con los que se expresa y se emplea un valor medido o calculado.