Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Jueves 11 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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de funcionarios públicos; y, estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU, aprobado por Decreto Supremo N°0032019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir de la fecha, al señor JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES, en el cargo de Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo de la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao ­ATU. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor JULIO CÉSAR CHÁVEZ BARDALES, y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO VALENZUELA GOMEZ Presidente Ejecutivo 1787275-1

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Formalizan la aprobación de la "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 115-2019-CONCYTEC-P Lima, 8 de julio de 2019 VISTOS: Los Informes N° 24 y 33-2019-CONCYTECDPP-SDCTT/TSPB de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos, que cuentan con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas en CTI; el Informe N° 042-2019-CONCYTEC-OGPP y Memorando N° 180-2019-CONCYTEC-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 110-2019-CONCYTEC-OGAJ-AFH que cuenta con la conformidad de la Oficina General de Asesoría Jurídica a través del Proveído N° 499-2019-CONCYTEC-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía científica, administrativa, económica y financiera, conforme a lo establecido en la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, en la Ley N° 28613, en la Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CONCYTEC) y en la ley N° 30806, que "Modifica diversos artículos de la Ley N° 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; y de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC" y en los Decretos Supremos N°s. 058-2011-PCM y Nº 067-2012-PCM; Que, mediante el Informe N° 110-2019-CONCYTECOGAJ-AFH y el Proveído N° 499-2019-CONCYTECOGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que el CONCYTEC tiene por finalidad normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica y promover e impulsar su desarrollo mediante

la acción concertada y la complementariedad entre los programas y proyectos de las instituciones públicas, académicas, empresariales, organizaciones sociales y personas integrantes del SINACYT; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica indica que de conformidad al artículo 7 de la Ley N° 28303, Ley del CONCYTEC, el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACYT) es el conjunto de instituciones y personas naturales del país, dedicadas a la Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I) en ciencia y tecnología y a su promoción, entre las que se encuentran, las universidades públicas y privadas y los institutos y escuelas de educación superior, siendo el CONCYTEC el ente rector del SINACYT; Que, asimismo, la Oficina General indicada, precisa que el artículo 11 de la Ley N° 28303, Ley del CONCYTEC, establece las funciones del CONCYTEC, entre las que se encuentran las siguientes: h) Promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de la calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país; k) Formular, aprobar y ejecutar programas especiales de CTI orientados a la formación, perfeccionamiento, retención y colaboración de científicos y tecnólogos, así como para el apoyo a la investigación universitaria, el uso de la vigilancia tecnológica y la prospectiva tecnológica, así como la promoción de la gestión y de los proyectos de innovación, transferencia, difusión, intercambio y divulgación de la CTI; x) Emitir normas en materia de ciencia, tecnología e innovación con la finalidad de que los integrantes del SINACYT alineen sus políticas, proyectos, programas y actividades a la política, plan y estrategia nacional en materia de CTI; Que, bajo dicho marco, mediante Informe N° 0242019-CONCYTEC-DPP-SDCTT/TSPB y el Proveído N° 238-2019-DPP-SDCTT de la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos que cuenta con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas de CTI a través del Proveído N° 328-2019-DPP, se propone la aprobación de una "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación", cuyo objetivo general es fortalecer la investigación de las Universidades públicas y privadas e Institutos de Educación Superior y/o Escuelas de Educación Superior públicos y privados, y orientar los esfuerzos de los investigadores a temas de interés regional, nacional o internacional, buscando ordenar las áreas de investigación que se desarrollan en cada institución; Que, a través del Acta de Sesión Ordinaria N° 96 de fecha 28 de mayo de 2019, el Consejo Directivo del CONCYTEC, aprobó por unanimidad la "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación", con cargo a que se introduzcan las observaciones y recomendaciones planteadas en dicha sesión; Que, considerando las observaciones y recomendaciones de los miembros del Consejo Directivo del CONCYTEC en la Sesión Ordinaria N° 96, la Sub Dirección de Ciencia, Tecnología y Talentos a través del Informe N° 033-2019-CONCYTECDPP-SDCTT/TSPB y el Proveído N° 332-2019-DPPSDCTT, que cuenta con la conformidad de la Dirección de Políticas y Programas de CTI mediante el Proveído N° 482-2019-DPP, elabora el texto final de la "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación", precisando que éste constituye un documento con método estándar y flexible que orientará la gestión de la investigación científica y tecnológica en las instituciones de investigación del SINACYT; Que, mediante Informe N° 042-2019-CONCYTECOGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, concluye que la "Guía práctica para la identificación, categorización, priorización y evaluación de líneas de investigación", es un documento que establece un método estándar y flexible para el manejo de las líneas de investigación, que orienta a la gestión de la investigación científica