Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 131

El Peruano / Jueves 11 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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EL ALCALDE DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria No. 12 de la fecha; y, VISTOS: El Informe Nº 318-2019-SGGRH-GAF-MDMM, de fecha 16 de mayo de 2019, emitido por la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, el Informe Nº 75-2019-GAF-MDMM, de fecha 16 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando Nº 245-2019-MDMM-GPP, de fecha 28 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 354-2019-GAJ-MDMM, de fecha 29 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 792-2019-GMMDMM, de fecha 30 de mayo de 2019, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º consagra en favor de las municipalidades provinciales y distritales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía se desarrolla en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, al indicar que aquella radica en la faculta de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Concejo Municipal cumple su función normativa fundamentalmente a través de las ordenanzas, que, según el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En concordancia con el artículo 9º, numeral 8, de la mencionada Ley, que establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Nº 046-2019-MDMM, se aprobó el Reglamento Interno de Servidores Civiles ­ RIS de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, bajo este marco normativo la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos mediante Informe Nº 318-2019-SGGRH-GAF-MDMM presenta el proyecto de modificación del Reglamento Interno de los Servidores Civiles de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, cuyo sustento técnico ha sido verificado por la Gerencia de Administración y Finanzas, conforme se desprende de la opinión favorable expresada en el Informe Nº 75-2019-GAF-MDMM de fecha 16 de mayo de 2019; Estando a los fundamentos expuestos y a las norma legales antes referidas, contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 32º DEL REGLAMENTO INTERNO DE SERVIDORES CIVILES DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR, APROBADO POR ORDENANZA Nº 046-2019-MDMM Artículo Primero.- Modificar el artículo 32º del Reglamento Interno de Servidores Civiles de Magdalena del Mar, aprobado por Ordenanza Nº 046-2019-MDMM, bajo lo siguiente: "Artículo 32º.- La entidad a través de la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, controla el ingreso y salida de sus servidores civiles a través de los medios que ésta implemente. Los servidores civiles de la entidad están obligados a registrar, personalmente, su ingreso y salida del centro de trabajo, al inicio de la jornada diaria y al término de la misma, así como la salida y regreso del refrigerio, a través de los medios que le proporcione para

tal efecto la entidad, salvo las excepciones presentadas en el presente reglamento. Con relación al control de ingreso y salida de los Gerentes, Secretaría General y Asesores; estando a la especial naturaleza de su cargo y labores; se encuentran exonerados de dicho control. No obstante, deberán registrar su ingreso a la entidad en el formato que la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos establezca para tal fin." Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar www. munimagdalena.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOMAGNO CHACÓN GÓMEZ Alcalde 1786712-1

MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA
Disponen el embanderamiento general del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 001-2019-MDPH Punta Hermosa, 3 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el artículo 6º de la Ley Nº 27972, la Alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El Alcalde es el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, la administración municipal fomenta los valores cívicos en nuestros vecinos, incentiva el amor a la patria y a nuestros símbolos patrios como lo es la bandera nacional; Que, el próximo 28 de julio del presente año se conmemora el Centésimo Nonagésimo Octavo Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, fecha propicia para embanderar el distrito por su especial significado, recordando el valor de nuestros próceres y precursores de la independencia nacional; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER, a partir de la fecha, el embanderamiento general del distrito de Punta Hermosa, con ocasión de la conmemoración del Centésimo Nonagésimo Octavo (198º) Aniversario de la Proclamación de la Independencia del Perú, hasta el día 31 de julio de 2019. Artículo Segundo.- EXHORTAR a nuestros vecinos a la limpieza de viviendas y/o pintado de fachadas, contribuyendo al ornato del distrito. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General de Concejo, la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano.