Norma Legal Oficial del día 11 de julio del año 2019 (11/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 104

104
NOMBRES Y APELLIDOS ITINERARIO

NORMAS LEGALES
FECHA DE VIAJE DEL 18/10/2019 AL 24/10/2019 DEL 18/10/2019 AL 24/10/2019 PRECIO DE PASAJES AEREOS

Jueves 11 de julio de 2019 /

El Peruano

PRECIO DE SEGURO DE VIAJE

VIATICO INTERNACIONAL

INSCRIPCIÓN

Luis Roberto Gamero Juarez

AREQUIPA-LIMA-CALICARTAGENA-CALI-LIMAAREQUIPA

S/ 1,747.16

S/ 157.45

S/ 4,456.88

S/ 2,164.50

Aldo Enríquez Gutiérrez

AREQUIPA-LIMA-CALICARTAGENA-CALI-LIMAAREQUIPA

S/ 1,747.16

S/ 157.45

S/ 4,456.88

S/ 2,153.45

Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada autoridad informará sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración, realizar el trámite respectivo para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y archívese. ROHEL SÁNCHEZ SÁNCHEZ Rector ORLANDO FREDI ANGULO SALAS Secretario General 1787259-1

Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Cuba, en comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 538-2019 Arequipa, 5 de julio del 2019 Vistos los escritos presentados por la DRA. MARIA DEL CARMEN CARDENAS ZUÑIGA y el MG. ADALBERTO ASCUÑA RIVERA, docentes adscritos al Departamento Académico de Psicología de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Que, según el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8º del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, mediante los documentos del visto, los mismos que cuentan con el Visto Bueno del Decano de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la UNSA, los docentes Dra. Maria del Carmen Cardenas Zuñiga y Mg. Adalberto Ascuña Rivera solicitan la contratación de servicios (pasajes aéreos, derecho de inscripción, seguro de viaje, visado y viáticos) para poder asistir al XXXVII Congreso Interamericano de Psicología a realizarse en la Habana ­ Cuba, del 15 al 19 de julio del 2019.

Que, por lo expuesto, el Consejo Universitario, en mérito a los citados documentos, en su sesión del 06 de junio de 2019 acordó autorizar el viaje de la Dra. Maria del Carmen Cardenas Zuñiga y del Mg. Adalberto Ascuña Rivera, docentes adscritos al Departamento Académico de Psicología de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la UNSA, para que participen en el XXXVII Congreso Interamericano de Psicología a realizarse en la Habana ­ Cuba, del 15 al 19 de julio del 2019, a quienes se les deberá otorgar los pasajes, seguro de viaje, derecho de inscripción, visado y viáticos respectivos, conforme lo determinen las oficinas correspondientes y en mérito a las directivas aplicables vigentes. Que, la participación de los docentes en el referido evento internacional a realizarse en el país de Cuba, cumple con el Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Universitaria Nº 30220 en concordancia con el artículo 4º del Estatuto Universitario; asimismo, se encuentra enmarcada dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades públicas y privadas dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como en su artículo 7º, que dispone: "(...) La Universidad para el cumplimiento de sus fines y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fin de crear una amplia red de cooperación científico-técnica (...)"; asimismo, se encuentra enmarcada dentro de los fines de la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Nº 30220, es decir: "6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (...) y 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)". Que, por lo tanto, la Subdirección de Logística a través del "Formato de Trámite para Pasajes Aéreos y Viáticos Internacionales" ha determinado el itinerario, monto de pasajes, seguro de viaje, viáticos e inscripción para la participación de la Dra. Maria del Carmen Cardenas Zuñiga y del Mg. Adalberto Ascuña Rivera, docentes adscritos al Departamento Académico de Psicología de la Facultad de Psicología, Relaciones Industriales y Ciencias de la Comunicación de la UNSA, en el citado evento; asimismo, la Oficina Universitaria de Planeamiento