Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

PE (05NOV2014), se adicionó al numeral 4 de la precitada Directiva el numeral 4.5, en el cual se establece, que las entidades que cuenten con Cuadro para Asignación de Personal aprobado o provisional, podrán ajustarlo en el año fiscal, bajo los términos expuestos en el numeral 5 de la mencionada Directiva. Este ajuste no excederá del 5% del total de cargos aprobados por la entidad para el inicio del año fiscal. Asimismo, dicha acción, en ningún caso habilita a la entidad a requerir o utilizar mayores recursos presupuestarios para tal efecto; Que habiéndose efectuado los procedimientos establecidos en la Directiva Nº 001-2014-SERVIR/GPGSC y existiendo consistencia legal al respecto, corresponde aprobar el nuevo Cuadro para Asignación de Personal (CAP); Que por otro lado, conforme a lo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 29091 y en los artículos 3° y 5° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008PCM, el funcionario responsable a que se refiere el artículo 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, debe cumplir con la publicación de diversos documentos de gestión, entre ellos, el Cuadro para Asignación de Personal; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, al Reglamento de Organizaciones y Funciones aprobado por Resolución Jefatural N° 124-2013-JNAC-RENIEC (10ABR2013) y; al numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo N° 0012009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Rectificar con eficacia anticipada el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que como Anexo forma parte de la Resolución Jefatural N° 160-2015/JNAC/ RENIEC (06JUL2015); por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000160-2015/JNAC/RENIEC (06JUL2015), que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del RENIEC. Artículo Tercero.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Talento Humano que proponga la actualización del Presupuesto Analítico de Personal, conforme al Cuadro para Asignación de Personal que se aprueba con la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Planificación y Presupuesto que proponga la actualización del Manual de Organización y Funciones, adecuándolo al Cuadro para Asignación de Personal que se aprueba mediante la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional

RENIEC (10DIC2015), emitido por la Gerencia General; el Memorando N° 005110-2015/GPP/RENIEC (18DIC2015), emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000149-2015/GPP/SGPL/RENIEC (18DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Planificación y el Informe N° 004444-2015/GPP/SGP/RENIEC (18DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 001904-2015/GAJ/SGAJA/RENIEC (29DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000834-2015/GAJ/RENIEC (29DIC2015), emitida por la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 183° de la Constitución Política del Perú, es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir los documentos que acreditan su identidad; Que conforme a lo dispuesto en el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (DNI) es público, personal e intransferible, constituye la única cédula de identidad personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado, es el único título de derecho al sufragio de la persona a cuyo favor ha sido otorgado; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 015-98PCM, Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, otorga la facultad a la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los costos por los servicios que considere pertinente; Que en atención a ello, mediante la Resolución Jefatural N° 01-2015/JNAC/RENIEC, publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2015, se aprobó la gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten, con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015; Que a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Certificación y Registro Digital manifiesta que se encuentra próximo el término de la gratuidad para la emisión de certificados digitales durante el periodo correspondiente al año 2015; por lo cual, solicita se disponga la ampliación de la vigencia de la gratuidad para la atención de solicitudes de certificados digitales, a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten durante el año 2016; dado que ello permitirá el fortalecimiento del desarrollo del gobierno electrónico en el país, masificando el uso de los certificados digitales y permitiendo realizar transacciones electrónicas seguras; Que conforme se aprecia del documento de vistos la Gerencia General emite opinión favorable a la propuesta formulada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital a fin de dar continuidad a la gratuidad de la emisión de certificados digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten; Que en ese sentido la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad de emisión de Certificados Digitales para Entidades del Sector Público solicitada por la Gerencia de Certificación y Registro Digital, serán factibles de ser financiadas con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Entidad para el año 2016 y su afectación será en la medida que se ejecuten los requerimientos respectivos; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía, toda vez que su contenido proporciona información relativa y es de interés para los usuarios de los servicios que presta la Administración Pública; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por

1329435-2

Aprueban ampliación de la vigencia de gratuidad de la emisión de Certificados Digitales a favor de las Entidades del Sector Público en su calidad de Titular y a todos los Suscriptores que estas soliciten
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 267-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 31 de diciembre de 2015 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000158-2015/ GCRD/RENIEC (07DIC2015), emitido por la Gerencia de Certificación y Registro Digital; el Informe N° 000196-2015/ GCRD/SGRD/RENIEC (04DIC2015), emitido por la Sub Gerencia de Registro Digital de la Gerencia de Certificación y Registro Digital; el Memorando N° 001158-2015/GG/