Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

el RENIEC se han registrado situaciones que han influido sobre la programación de actividades consignadas en el Plan Operativo Institucional 2015; lo que originó, que a través diversas Resoluciones Secretariales se efectúen modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, en el marco de lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que a través de sendas Resoluciones Jefaturales emitidas, se han venido incorporando mayores fondos en el Presupuesto Institucional 2015 del Pliego 33: RENIEC, entre ellas los Saldos de Balance por las fuentes de financiamiento de Donación y Transferencias y Recursos Directamente Recaudados. Además, se han formalizado las modificaciones presupuestales, aprobándose la desagregación de recursos, que fueron transferidos de las partidas por fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios autorizados por los Decretos Supremos N° 002, 064, 086 y 127-2015-EF; Que las mencionadas modificaciones presupuestarias originaron el incremento de metas físicas y creación de nuevas actividades que permitieron una adecuada ejecución del presupuesto, en tal sentido, la Gerencia de Planificación y Presupuesto propone la reprogramación Plan Operativo Institucional 2015; Que la propuesta de reprogramación del Plan Operativo Institucional 2015 planteada por la Gerencia de Planificación y Presupuesto, presenta la consistencia legal y cumple con la estructura establecida en la Directiva DI386-GPP/006 "Formulación, Evaluación y Reprogramación del Plan Operativo Institucional (POI)", primera versión, aprobada con Resolución Secretarial N° 000098-2015/ SGEN/RENIEC (22DIC2015); por lo que corresponde su aprobación; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Resolución Jefatural N° 1242013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y el numeral 3 del artículo 10° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la reprogramación del Plan Operativo Institucional 2015, cuyo texto, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional, www.reniec.gob.pe el texto del Plan Operativo Institucional 2015 aprobado. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al Órgano de Control Institucional el contenido de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional

(09NOV2015) de la Gerencia de Talento Humano; el Memorando N° 004642-2015/GPP/RENIEC (23NOV2015) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000321-2015/GPP/SGR/RENIEC (23NOV2015) de la Sub Gerencia de Racionalización de la Gerencia Planificación y Presupuesto; los Memorandos Nº 0000562015/GPP/SGP/RENIEC (15JUN2015), N° 000065-2015/ GPP/SGP/RENIEC (26JUN2015), N° 000082-2015/GPP/ SGP/RENIEC (25AGO2015), N° 000107-2015/GPP/ SGP/RENIEC (15SET2015), N° 000137-2015/GPP/SGP/ RENIEC (04NOV2015) y N° 000148-2015/GPP/SGP/ RENIEC (18NOV2015), de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 001805-2015/GAJ/SGAJA/RENIEC (30NOV2015) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Administrativa de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000785-2015/GAJ/RENIEC (01DIC2015) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que por Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como organismo autónomo con personería jurídica de derecho público interno, que goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera; en tal virtud, es la entidad encargada, entre otros, de organizar y mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos relativos a su capacidad y estado civil; Que con Resolución Jefatural N° 124-2013/JNAC/ RENIEC (10ABR2013), se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica (ROF) del RENIEC; Que mediante Resolución Jefatural N° 000160-2015/ JNAC/RENIEC (06JUL2015), se aprobó el vigente Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC; Que con Resolución Jefatural N° 236-2015/JNAC/ RENIEC, (04NOV2015), se aprobó el vigente Presupuesto Analítico del Personal (PAP) del RENIEC; Que el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala; Que en ese contexto, la Gerencia de Talento Humano mediante los documentos del vistos remitió los informes de la Sub Gerencia de Asuntos Laborales, en los cuales se manifiesta que el RENIEC deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido por el órgano jurisdiccional en las siguientes sentencias: 1) La Sentencia contenida en la Resolución N° 10 de fecha 08ABR2015, emitida por el Segundo Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Arequipa declaró fundada en parte la demanda, reconociendo el vínculo laboral a plazo indeterminado sujeto al régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), existente con la servidora Jezmine Yuliana Salas Pérez desde el 01JUL2008, en consecuencia, ordenó al RENIEC cumpla con incorporar a la servidora al libro de planilla respectivo; asimismo, el referido Juzgado mediante Resolución N° 11 de fecha 28ABR2015, requiere al RENIEC dé cumplimiento a la sentencia emitida. 2) La Sentencia contenida en la Resolución N° 03 de fecha 07MAR2014, emitida por el Octavo Juzgado Especializado Permanente del Trabajo de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada en parte la demanda, reconociendo el vínculo laboral a plazo indeterminado sujeto al régimen de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), existente con el servidor Juan Carlos Orellana Gómez desde el 21JUL2003, en consecuencia, ordenó al RENIEC cumpla con incorporar al servidor al libro de planilla respectivo; igualmente, la Cuarta Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, mediante Resolución S/N de fecha 08ENE2015 confirmó la sentencia de primera instancia; en tal sentido, el referido Juzgado mediante Resolución N° 07 de fecha 25MAR2015, requiere al RENIEC dé cumplimiento a la sentencia emitida. 3) La Sentencia contenida en la Resolución N° 19 de fecha 25NOV2014, emitida por el Segundo Juzgado

1329435-1

Rectifican y aprueban Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL N° 262-2015/JNAC/RENIEC
Lima, 30 de diciembre de 2015 VISTOS: Los Memorandos N° 000612-2015/GTH/ RENIEC (04JUN2015), N° 000671-2015/GTH/ RENIEC (12JUN2015), N° 000776-2015/GTH/ RENIEC (13JUL2015), N° 000779-2015/GTH/RENIEC (13JUL2015), N° 000792-2015/GTH/RENIEC (14JUL2015), N° 000885-2015/GTH/RENIEC (03AGO2015), N° 000924-2015/GTH/RENIEC (07AGO2015), N° 0009442015/GTH/RENIEC (11AGO2015), N° 001055-2015/ GTH/RENIEC (28AGO2015), N° 001086-2015/ GTH/RENIEC (03SET2015), N° 001121-2015/GTH/ RENIEC (08SET2015), N° 001429-2015/GTH/RENIEC (20OCT2015) y N° 001563-2015/GTH/RENIEC