Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 107

El Peruano / Viernes 1 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 155-2015-GAT-MPC de fecha 28 de diciembre, de la Gerencia de Administración Tributaria, adjunta el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 013-2015MDSA de la Municipalidad Distrital de San Antonio, que aprueba la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en Playas del litoral del distrito de San Antonio ­ provincia de Cañete ­ Temporada de Verano 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales, deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación a lo normado por la Municipalidad Provincial de Cañete, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de ratificación, remitiéndolo a vuestra Entidad con todos los actuados, y la citada Entidad en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Nº155-2015-GAT-MPC de fecha 28 de diciembre del 2015, opinando que procede la ratificación solicitada, por cumplir los requisitos exigidos y las normas aplicables, debiéndose de efectuar las publicaciones pertinentes de conformidad a la normatividad vigente y en el portal institucional; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal a) del Art. 68º del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, los arbitrios municipales son las tasas que se paga por la prestación o mantenimiento de un servicio público individualizado en el contribuyente; Que, asimismo el Art. 69º del referido Decreto Supremo, dispone que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación en función del costo efectivo del servicio a prestar. En consecuencia, estando dentro del plazo de ley, corresponde al Concejo Provincial de Cañete proceder a ratificar la ordenanza en mención, conforme a sus atribuciones; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal Nº 646-2015-GAJ-MPC, de fecha 29 de diciembre de 2015, opina porque es posible la ratificación de la Ordenanza Nº 013-2015-MDSA de la Municipalidad Distrital de San Antonio, que establece la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en Playas del litoral del distrito de San Antonio ­ provincia de Cañete ­ Temporada de Verano 2016, para el distrito de San Antonio; Que, la Comisión de Planificación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Dictamen Nº 038-2015, de fecha 30 de diciembre de 2015, recomienda ratificar la Ordenanza Nº 013-2015-MDSA establece la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en Playas del litoral del distrito de San Antonio ­ provincia de Cañete ­ Temporada de Verano 2016, para el distrito de San Antonio; Estando a lo expuesto, con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores regidores; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; SE ACORDÓ: Artículo 1º.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 013-2015MDSA de la Municipalidad Distrital de San Antonio, que establece la Tasa de Estacionamiento Temporal Vehicular en Playas del litoral del distrito de San Antonio ­ provincia de Cañete ­ Temporada de Verano 2016, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo de Concejo. Artículo 2º.- Notificar el presente acuerdo a la Municipalidad Distrital de San Antonio y a las unidades orgánicas que corresponda para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO
Autorizan viaje de Regidor y funcionaria a Colombia, en comisión de servicios
ACUERDO MUNICIPAL Nº 0114-2015-MPC.
Cusco, 10 de noviembre de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante carta de fecha 27 de octubre de 2015, con siglas Ref. ISDR / OUT / 2015 / 04767, el señor Ricardo Mena Speck, Jefe de la Oficina Regional Las Américas, Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres UNISDR, informó que en el marco de la "Convocatoria para la presentación de propuestas de intercambio de asistencia técnica entre gobiernos locales de las Américas", la propuesta presentada por la Municipalidad Provincial del Cusco, ha sido seleccionada y será apoyada por la UNISDR; Que, como parte del reconocimiento a la propuesta presentada por la Municipalidad Provincial del Cusco, la Oficina Regional Las Américas, Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres UNISDR, ha programado el viaje de un regidor y un funcionario a la ciudad de Medellín, Colombia, con el fin de participar en el evento denominado "Intercambio de asistencia técnica para gobiernos locales y fortalecimiento de capacidades para la reducción de riesgos de desastres y construcción de Resiliencia", dando a conocer la experiencia que ha desarrollado la Empresa de Desarrollo Urbano de Medellín, EDU y la Agencia de Cooperación e Inversión de Medellín y el Área Metropolitana del valle de Abura, ACI, para los días 12 y 13 de noviembre de 2015; Que, los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047 ­ 2022 ­ PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056 ­ 2013 ­ PCM, aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, independientemente del vínculo que tengan con el Estado; Que, asimismo, el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el Artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobó por Mayoría, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR, la participación de la Municipalidad Provincial del Cusco en el evento denominado "Intercambio de asistencia técnica para gobiernos locales y fortalecimiento de capacidades para la reducción de riesgos de desastres y construcción de Resiliencia", organizado por la Oficina de las Naciones Unidas para la Reducción del Riesgo de Desastres UNISDR, que se llevará a cabo los días 12 y 13 de noviembre de 2015, en la ciudad de Medellín, Colombia; Artículo Segundo.- AUTORIZAR la participación del señor Regidor Carlos Aguilar Ortiz y la Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, Luz Marina Gonzáles de la Vega, en el evento detallado precedentemente.

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